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15/02/2013 PLENO ORDINARIO 15 DE FEBRERO DE 2013

PUNTO TERCERO.- APROBACIÓN INICIAL MODIFICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 52 Y 60 DEL REGLAMENTO ORGÁNICO MUNICIPAL REGULACIÓN DE LAS MOCIONES GRUPOS MUNICIPALES.

Por el Sr. Secretario General, se da cuenta de dictamen favorable de la Comisión Informativa de Economía, previo informe favorable del Consejo Municipal de Participación Ciudadana, por la que se propone la modificación del actual Reglamento Orgánico de funcionamiento de esta Corporación, en sus  52  y 60, y  tiene como objetivo la regulación de las mociones que presentan los grupos municipales, que no resolutorias, sobre un asunto de interés general.
 
Por el Sr. Portavoz del grupo municipal de Izquierda Unida, Don Antonio Torres Carnerero, expone que estamos modificando un Reglamento, que fue consensuado por todos los grupos políticos que componían en su momento este plenario, cuando se elaboró, debatió y votó. En el mes de junio, se nos pidió que presentásemos propuesta de modificación a este Reglamento. Pedimos y se nos aseguró que así sería que cualquier modificación que fuera de este Reglamento, sería debatido y hablado previamente por todos los grupos municipales, y por ello nos han sorprendido, una propuesta de modificación, que afecta sólo y exclusivamente a dos artículos del Reglamento, y que afecta a la regulación de las mociones. Por lo tanto, ustedes proponen una modificación unilateral, del Reglamento Orgánico que fue previamente consensuado. Por ello, considera que las modificaciones del citado texto normativo, debe hacerse del mismo modo, y con ello evitar la imposición.
 
De la lectura de su propuesta, llegamos a una conclusión, que no es otra que el intento de hurtar el debate político en este plenario. Existe una intención clara que nuestros vecinos-as de La Rinconada, no tengan conocimiento, de cual es el posicionamiento de los grupos políticos, respecto a asuntos que le interesa, pues cuando hablamos de problemas generales, al final también afectan y atañen a nuestros vecinos-as, y no solo los asuntos que le afectan exclusivamente a ellos, que también son debatidas. Son cuestiones que afectan al conjunto de los españoles, y que también evidentemente afectan a nuestros ciudadanos. Es necesario que esos asuntos se debatan aquí, y hacer partícipes a nuestros ciudadanos-as de los problemas que se reflejan en las mociones que traemos aquí todos. No nos valen los argumentos dados por el equipo de gobierno en el seno de la comisión informativa, pues se nos dice que quieren agilizar el debate, cuando lo que proponen realmente es un reducción de siete minutos, en cada una de las intervenciones de los grupos municipales, que en total serían 21 minutos menos de debate. Eso no es agilizar el funcionamiento de las sesiones plenarias. A cambio porqué no se plantean ustedes la necesaria reducción de otras intervenciones que tenemos que padecer en este plenario, pues el Sr. Presidente, cuando lo tiene a bien, nos suelta largos y extensos discursos de bastante más de veinte minutos.
 
Leo algunas de las modificaciones que ustedes traen. Plantean la reducción del primer turno de diez a cinco minutos, quitando y excluyendo la presentación de dicha moción. Cómo quieren ustedes, que tengamos capacidad y responsabilidad para defender una moción, con estas nuevas normas que ustedes se están dando. Pero además, se dice que la iniciación del debate se iniciará por parte del grupo proponente, y por orden de menor a mayor representación, interviniendo a continuación el gobierno.  Significa ello, que después de la intervención del equipo de gobierno, éste se reserva la posibilidad de una nueva intervención. Se pregunta si son esas reglas justas y equitativa o democráticas. Nosotros pensamos que no lo son.  Tienen lapsus de cómo es la democracia, pues nos dice que el orden, será de menor a mayor, empezando los grupos de la oposición y terminando el gobierno.  Y si en lugar de un grupo en el gobierno, estuviera conformado por dos grupos municipales. Por lo tanto habría que modificar esta cuestión, indicando que terminaría en orden de intervenciones  con el gobierno, o los del gobierno, en caso de coalición, al no tener ningún grupo municipal, mayoría absoluta. Nos dice, qué cómo máximo, podrán presentar tres mociones, y ahí si estamos de acuerdo, sobre la necesidad de limitar el número de mociones, pero nos gustaría puntualizar una cuestión, y se presenta por tanto una enmienda a su propuesta, que no es otra, que garantizar, que al menos una moción, por grupo se presentara si la hubiere. No sea que el grupo mayoritario traiga tres mociones, e impida que se debata las mociones del resto de grupos municipales. Eso por tanto, debe regularse y dejarlo claro en esta reforma.  Por otro lado, nos dice que los acuerdos de estas mociones, serán publicados en los medios de comunicación, tanto electrónico como en papel, y al respecto presentamos una nueva enmienda, que todos los acuerdos debatido en pleno, y no solo los aprobados, sean publicados en los medios de comunicación, tanto electrónico como en papel.  Y ello, para evitar que no solo se publique aquellas mociones que cuenten con el apoyo mayoritario de este pleno, y una vez más vuelvan a hacer uso, de los medios de comunicación locales, a su antojo.  Su propuesta, nos genera la duda de si se publicarían las mociones de los grupos de la oposición. Por ello, pedimos que se publiquen todos los acuerdos plenarios, cuenten o no con el respaldo del grupo mayoritario. Somos conscientes al igual que muchos de nuestros vecinos-as que lo que se publica en el “Toma Nota”, solo hace alusión a los grandes “logros” del equipo de gobierno, y que se omite la labor que desempeña los grupos de la oposición. Por eso nos gustaría, que ya que se está regulando la posible publicación de los puntos de acuerdos, de las mociones, esto que planteamos quede claro.
 
Por la Sra. Portavoz del grupo popular, Doña Virginia Pérez Galindo, expone que estamos ante una propuesta de modificación del Reglamento Orgánico de funcionamiento municipal, para regular un determinado tipo de moción, y su debate, que no es competencia municipal. Y esta cuestión debe ser explicada a los vecinos-as para que puedan comprender el motivo por el que se propone modificar dos artículos del vigente Reglamento Orgánico. La justificación, es la agilización del debate en el seno de esta sesión plenaria, pues no son cuestiones competenciales de este Ayuntamiento. Para esos debates, están los Parlamentos autonómicos y las Cortes Generales. Consideramos adecuado, que los grupos municipales que representamos a los ciudadanos-as de La Rinconada, nos pronunciemos de las cuestiones son de interés general, y que demanda la Sociedad, pero esto, no quiere decir, que tomemos a nuestros vecinos,como lo que no son, pues están perfectamente informados de esos asuntos por los medios de comunicación social, televisión y prensa, y por tanto conoce de primera mano lo que pensamos cada partido político sobre un asunto de interés general.  No se está por tanto hurtando el debate, sino posicionándolo al regularlo. Desde el punto de vista del grupo popular, hemos tendido no solo aquí, sino en el resto de municipios, atender todos los asuntos, pero a costa de deformar los asuntos de interés local, que son los que deben ser prioritarios en el debate plenario. No se puede dedicar a los asuntos ordinarios de interés local, menos tiempo, que debatir mociones que presentan los grupos municipales, y del que todo el mundo, conoce su postura. Para eso, es mejor que el Delegado de Seguridad Ciudadana, esté en la calle, al igual que el Delegado de Vía Pública o que la Delegada de Bienestar Social, atienda a vecinos-as. Se trata de optimizar los tiempos, y nosotros estamos ahí de acuerdo.
 
Pero a su vez, como nos manifestamos en la comisión de participación ciudadana, consideramos que esta cuestión, no es la única que tenemos que regular en el Reglamento Orgánico de Funcionamiento, y que ya hemos trabajado todos los grupos políticos, y nosotros lo remitimos al equipo de gobierno y la Secretaría Municipal, nuestra propuestas. El Reglamento data el año 1996, y que por tanto, tenemos que adaptarla a la normativa vigente, tales como la nueva regulación de la moción de censura, la articulación de la participación ciudadana, las notificaciones telemática y otros aspectos que se tienen que perfilar. Pero además en el próximo consejo de Ministros, parece ser que se va a aprobar, una modificación de la Ley de Bases de Régimen Local, que va a modificar las normas de funcionamiento de las administraciones locales. Y una vez que se informe por el Consejo Consultivo y se tramite parlamentariamente esta nueva reforma de la Ley de Bases, tendremos que adaptar nuestro Reglamento Orgánico, a dicha modificación.
 
Nuestra postura, es que nos abstuvimos en la comisión informativa de participación ciudadana, y manifestamos a la Sra. Delegada, las cuestiones que ya deberían introducirse en el Reglamento, pues este expediente, tiene una tramitación administrativa, que conlleva un tramite de participación ciudadana. Con los argumentos dados, entendemos la postura de posponer introducir determinadas cuestiones, hasta que se apruebe la nueva Ley de Bases.
 
Respecto a la intervención del Sr. Torres, considera que  habla mucho, y se escucha poco, pues en la pasada comisión de participación ciudadana, nosotros nos abstuvimos y todas las asociaciones votaron a favor de la propuesta del equipo de gobierno, de regular las mociones no resolutorias en el Reglamento, después de decirle, a los que nos dedicábamos en los plenos. Y voy a practicar hoy el ejercicio de escuchar más y hablar menos, por lo tanto votaremos a favor de esta propuesta, porque todas las asociaciones que asistieron a la comisión, nos dijeron esto y por tanto hacemos el ejercicio de responsabilidad como grupo municipal de aprobar esta propuesta.
 

Por el Sr. Concejal del grupo socialista, Don Antonio Marín Luque, expone al Sr. Torres, que nadie va a hurtar en el seno de este plenario, el debate político. Usted, quiere hablar mucho en el pleno, y después lanza mensaje concisos y concretos, que es lo que caracteriza el populismo, con la intención de engañar.  Con esta propuesta, nos estamos adaptando a lo que dice la Ley.  En junio, solicitamos, pues llevamos diecisiete años de vigencia, del actual Reglamento Orgánico, que está obsoleto, pues debemos ajustarnos a la Ley, que nos hicieran  las oportunas propuestas. Debemos recoger entre otros temas, las cuestiones relacionadas con participación ciudadana, la moción de censura, la figura del concejal no adscrito, y otras cuestiones, y nos hemos encontrado que se está tramitando por el Gobierno de la Nación, de una reforma de la Ley de Bases de Régimen Local, para avocar poderes locales, y todavía no está definida, de ahí que no nos metamos en mayor profundidad en la modificación del Reglamento Orgánico.
 
Lo que es cierto, es que las mociones que se debaten en este plenario, de la que estamos hablando,  no están reguladas por Ley.  Se hace un uso distinto de las proposiciones o mociones, que se regulan tanto en la Ley de Bases como en el Reglamento de Funcionamiento de las entidades locales. Por lo tanto, no queremos hurtar el debate, como pretende hacer ver el Sr. Torres, sino regularlo, denominándola de manera distinta, como mociones no resolutivas. Existe jurisprudencia al respecto, que nos dice que en los plenos municipales, no se tiene que debatir sobre cuestiones que no son de competencia municipal. En lo que llevamos de legislatura, se han hablado de 145 puntos distintos, de los que 22 han sido mociones no resolutivas. No puede decir que aquí no se habla de los problemas del municipio, y se le da el tiempo que le corresponde. Además hace usted el doble discurso, con una doble vara de medir, pues por otra parte, nos propone que recortemos el tiempo e intervención del Sr. Alcalde. Estamos regulando un debate sobre una mociones que tratan de asuntos que no son competencia municipal, y la que vamos a dedicar un máximo de una hora y cuarto, en cada sesión plenaria, y eso no creen ustedes, que no es hablar sobre estos temas. Lo que ustedes pretenden es reflejar en el pleno, lo que hacen en la calle, y nosotros, como equipo de gobierno, lo que priorizamos es el arreglo de los problemas que nos demandan nuestros vecinos. Usted, como profesional de las letras, le gusta con tres folios, explicar un concepto, yo, que soy de ciencias, con una formula explicamos el universo. Buscamos lo concreto, y consideramos que con una hora y cuarto, por cada pleno, es tiempo más que justificado, para hablar de asuntos que no son competencia municipal.
 
Por el Sr. Portavoz del grupo municipal de Izquierda Unida, Don Antonio Torres Carnerero, expone que esta de acuerdo con lo expuesto por la Sra. Pérez, respecto a que hablamos demasiado y escuchamos poco, pues es uno de los defectos que se caracteriza el partido popular. Hablan demasiado, para justificar lo injustificable, y escuchan muy poco a las exigencias y reclamaciones de la ciudadanía. En cuanto al hecho, de que se debatan o no mociones, se va a mermar el debate en otras cuestiones, es un argumento falso, pues no pedimos en ningún momento, que se merme el tiempo en el resto de los puntos, solo pedimos que se mantengan en las mociones.
 
Respecto a la intervención del Sr. Marín, le aconseja que no caiga en los defectos de compañeros de su grupo municipal, cual es la alusión  a descalificaciones e insultos, y se limite a intervenir, pues entre otras cosas, me califica de mentiroso, al decir mentiras. Usted, dice que no se hurta el debate, cuando se está reduciendo significativamente, y excesivamente, el tiempo del debate en las mociones. Se intenta limitar el tiempo del primer turno, a cinco minutos, y que no daría tiempo no solo a la explicación de la moción, sino incluso de la mera lectura de la moción. Eso, si es hurtar el debate, en este plenario.  Comprendo que al partido popular, en este momento, le interese apoyar esa propuesta, porque hay muchos aspectos que no quieren que se debata en este plenario. Lo que entiendo menos, es la postura, del grupo socialista, que intentan también reducir esos tiempos de debate. No entiendo que se pongan los dos grupos municipales  de acuerdo, para regular estas cuestiones.  No puede argumentar la Sra. Pérez, que esta propuesta, cuenta con la aprobación del tejido asociativo del municipio, pues en otras ocasiones, usted ha dicho, que la ciudadanía de La Rinconada, va más allá, el propio tejido asociativo que viene a esas comisiones. No se puede justificar en ese argumento, para que se reduzca el tiempo de debate en este plenario, hurtando el debate democrático, al reducir veinte minutos el tiempo de debate, por cada moción. Eso no se puede llamar agilizar el funcionamiento de las sesiones plenarias.
 
Por otro lado, el Sr. Marín, no me ha respondido algunas propuestas de enmiendas que he planteado en mi primera intervención, que va mucho más allá de la reducción del tiempo,  y que hace alusión al funcionamiento democrático de este Ayuntamiento, y es que el equipo de gobierno, intervenga además de los grupos municipales en el debate de estas mociones, o que el grupo de gobierno, presenten las tres mociones, impidiendo que el resto de grupos, presenten esas mociones. Hemos hecho pues unas propuestas concretas, con el propósito de llegar a un acuerdo o consenso. Estamos ante una aprobación inicial, y ojalá consigamos que este Reglamento, pueda ser aprobado como el anterior, por todos los grupos municipales. Están a tiempo, y mostramos nuestra predisposición al acuerdo, e incluso podemos dejar algunas cosas, sobre el camino. No conozco ningún ayuntamiento que tenga esas limitaciones de tiempo, en estas mociones, y no me pueden decir que no funciona fluidamente. A lo largo de estos años, que está vigente el actual Reglamento Orgánico, no ha habido limitación en las intervenciones de los grupos municipales, para hablar de los temas que afectan exclusivamente a los intereses de nuestros ciudadanos de La Rinconada. Al partido popular, le viene bien esa propuesta, entre otras cosas, porque no presentan mociones, y cuando la presentan, con los cinco minutos, la más de las veces, le sobra alguno. Tienen pues, tiempo para llegar a un consenso, y elaborase un Reglamento de funcionamiento, con esa unanimidad, tal como se hizo en su momento.
 
Por la Sra. Portavoz del grupo popular, Doña Virginia Pérez Galindo, expone que el Sr. Torres en sus intervenciones, me aburre, pues no viene aquí a debatir ni a llegar acuerdo, sino a pelear o discutir. Si usted dice que nos separa una coma, esa coma está por  encima de todos. Ese aburrimiento, considero que se extiende al resto de los ciudadanos. Nosotros, no tenemos problemas en debatir con usted, lo que quiera. El grupo popular, puede traer a este plenario, cuantas mociones considere oportuna, pero el grupo popular, entiende que el plenario de este Ayuntamiento, está para hablar en primer lugar, de los temas que afectan directamente al municipio y a sus vecinos. Ello, no quiere decir que se pueda debatir de otras cuestiones, y es respetable su postura, pero para eso, ya están otras instituciones públicas, como los Parlamentos. Lo que usted, pretende es ser Diputado, pues a usted le gusta escucharse, algo que le parece perfecto, pero los demás no tenemos la necesidad de escucharlo en unos debates más profundos, en cuestiones que no son competencia municipal.  Son mociones no resolutivas, y que no tenemos capacidad de modificar nada de que se plantea. Estamos en el seno de un Ayuntamiento, y no en el Congreso o Parlamento Andaluz. Es importante, que cuando uno expone de determinadas cuestiones, y le dice los representantes de los vecinos, que no los cuarenta mil vecinos, que no caben en una sala de reuniones y no sería operativa las mismas, le dijeron en el seno de la comisión de participación ciudadana, que debatan más, en los asuntos de interés local, y debatan menos de asuntos generales. Uno de ello, le dijo, que ya leían periódicos, y conocen nuestra postura en esos asuntos. Si usted no lo quiere escuchar, yo si haga practica de ese ejercicio. No tenga problemas en debatir lo que ustedes quieran.
 
Por el Sr. Concejal del grupo socialista, Don Antonio Marón Luque, expone  que llevo poco tiempo aquí, y tengo que seguir aprendiendo, pero ustedes también tiene que aprender, porque lleva mucho tiempo sin cambiar su discurso. No aprenden, pues después de una comisión extensa, donde se debatió este tema con profundidad, y que se pronunciaron las asociaciones presentes, a las cuales ustedes desconsideran al no hacerla partícipe de la sociedad local, a favor de esta propuesta de regulación. Usted me pide que no insulte, cuando realmente  no dice la verdad. Aquí no se está hurtando o robando nada del debate plenario, lo que se está haciendo es regular las mociones no resolutorias, que no estaba regulada en el actual Reglamento.  Una hora y cuarto de debate en un pleno, sobre cuestiones que no son competencia municipal, es tiempo más que suficiente, y que además puede usted estar más tiempo en la calle, para hacer participe a los vecinos de esos temas. No es este el foro, donde se tenga que hablar de estos temas.
 
Respecto a lo manifestado sobre la publicación de las mociones estás si se publican, y así mañana se retransmitirá íntegramente en Radio Rinconada, pero además los vecinos-as pueden acceder a la página web municipal, donde se publicaran las actas que redacta el Sr. Secretario, con lo cual no es cierto lo que dice, que no se publican los acuerdos adoptados por este Pleno. Siguen instalado en su discurso populista, de frases cortas, parecido al que utilizan el neoliberalismo, de mensajes cortos y directos. Siempre están sembrando dudas sobre ese gobierno.
 
En la Junta de Andalucía, esta gobernando nuestros dos partidos políticos en coalición, y hay un Portavoz, que es quien habla, y en todo caso, sabe que los turnos de debate, se pueden intercambiar entre los miembros del grupo, y se puede repartir el tiempo, como se hecho en otras ocasiones. No quieren decirlos, por eso es una media verdad y por tanto una nueva mentira.
 
La propuesta de garantizar una moción por cada grupo municipal, es una cuestión a estudiar, y tras la información pública, y podremos estudiarla a la vista de sus alegaciones. El consenso se consigue cuando todas las partes están dispuestas, pero lo que no pueden pretender, es que desde su posición de tres concejales, en un ayuntamiento de veintiuno, imponer desde su minoría esos consensos.
 
 
 
Por el Sr. Alcalde, expone que con el tiempo que llevamos debatiendo este asunto, más de treinta y cuatro minutos, no puede el Sr. Torres, que el Ayuntamiento limita, secuestra, o hurta el debate político. En los siguientes puntos, pueden tener cuarenta y cinco minutos de debate. Y al respecto pensamos que debemos regular los tiempos en estos debates. Nos preocupa, que cuando terminó la comisión de participación ciudadana de los presupuestos, que se celebró en este salón, algunos representantes de asociaciones asistentes, me dijeron que no les llamara más, o llámame cuando esto esté terminando para poder votar.  A lo mejor, esa cuestión no le preocupa a Izquierda Unida. Aquí se han debatido mociones, en una hora y diez minutos, y muchos de los ciudadanos-as no aguantan ese tiempo de debate, sobre proposiciones no resolutivas, como indica el Sr. Secretario. Lo que proponemos es que cada punto, en donde este Ayuntamiento no tenga competencia, va a tener veinticinco minutos de debate, y que  a cada pleno, se va a traer tres mociones. A los acuerdos plenarios se le debe dar publicidad, que es lo que vincula, y no a los no acuerdos plenarios. No pueden imponer sus planteamientos, desde la minoría. Las minorías prepotentes son peores que la mayoría de rodillo. Ustedes pierden toda su credibilidad cuando vienen aquí, cuando dice que el gobierno local está intentando secuestrar el debate, y en las propuestas que ha planteado Izquierda Unida para el Reglamento Orgánico, plantea que el Alcalde, no puede intervenir más allá de dos minutos. Esa es la democracia representativa de su grupo, y no dice que el Alcalde modere. El Alcalde, interviene cuando considere oportuno que tiene que intervenir en su condición de Alcalde, y con máxima libertad.
 
Respecto a lo manifestado sobre el consenso, le he pedido en dos ocasiones, propuestas sobre este tema, de la regulación de mociones, tanto en junio como en noviembre, y no lo han planteado, de ahí, que nosotros hayamos planteado esta propuesta, para su aprobación inicial. Por otro lado, estamos esperando que se culmine el proceso de redacción de la modificación de la Ley de Bases de Régimen Local, para ver como nos afecta a todo su conjunto, para ver como queda todas las cosas que tenemos pendiente, como la participación ciudadana, para que los vecinos-as puedan intervenir en cada sesión plenaria, temas de administración electrónica, etc. Esos asuntos pueden esperar a que se apruebe la nueva Ley, pero nos parece lógico que llevemos la regulación de estas mociones, y en gran parte, motivo por su uso no racional por parte de su grupo municipal, que se ha pasado de rosca. Tenemos que buscar el elemento de equilibrio entre la operatividad, el funcionamiento y el debate.  No podemos hablar aquí, en una sesión plenaria de  cuatro horas, y dediquemos hablar en una hora,  a los temas ejecutivos, que es lo a lo que nos obliga los procedimientos, y las competencias que tiene el Pleno, y dediquemos tres horas, para hablar de Afganistán. Queremos hablar de esas cuestiones, pero lo que realmente nos importa es el debate y el posicionamiento de los grupos municipales, y no que se mire usted en el espejo, y le encante escucharse.  Por tanto, de hurtar el debate nada, al disponer de veinticinco minutos por cuestión debatida, tres mociones por pleno, publicidad a los acuerdos.
 
La mayoría de los ayuntamientos, no lleva mociones, porque no está regulado en ninguna normativa, y en algún otro ayuntamiento, el Secretario lee la moción, y se vota. Nosotros en cambio, defendemos del debate, pero ordenado, y que tenemos que ser operativa este funcionamiento del Pleno.  No queremos aburrir a los ciudadanos que asisten a una sesión plenaria o lo escuchan. Tenemos pues, predisposición para alcanzar acuerdos sobre esta cuestión, y al respecto presenten cuantas propuestas estimen oportuna en el periodo de información pública.  Han tenido por dos ocasiones, tiempo para presentar sus propuestas, y no in voce al Delegado, en esta sesión plenaria. Si hay algo que proponen, que no choque con los criterios de operatividad, de funcionamiento y debate, mejores a nuestra propuesta, y nos permita conseguir esos objetivos, lo apoyaremos. Abogamos un consenso, pero desde la predisposición que ahora no tiene, pues intenta limitar el tiempo de intervención del Alcalde, en dos minutos, lo cual demuestra el concepto que tiene usted de democracia y el valor que le da a este concepto, en nuestro municipio.
 
A requerimiento del Sr. Alcalde, el Sr. Secretario informa que con independencia del periodo de alegaciones, los grupos municipales pueden presentar enmiendas en esta sesión plenaria, antes de la deliberación de los asuntos. Las mismas deben ser votadas, antes de votar la propuesta de acuerdo formulada por el equipo de gobierno.
 
 Tras el oportuno debate, se procede a la votación de las enmiendas presentadas in voce por Izquierda Unida, en el seno de esta sesión plenaria, con el siguiente resultado:
 
Votos a Favor: 3 (3 I.U)
Abstenciones: 4 ( 4 P.P)
Votos en Contra: 14 (14 PSOE)
 
Seguidamente, se procede a la votación, con el siguiente resultado:
 
Votos a Favor: 18 (14 PSOE y 4 P.P).
Votos en Contra: 3 (3 I.U).
 
Visto que los Municipios, en virtud del artículo cuarto de la Ley de Bases de Régimen Local, tiene encomendada la potestad reglamentaria. El Reglamento es una disposición administrativa de carácter general y de rango inferior a la ley, pero instrumento normativa sujeto a un procedimiento formal, regulado en los artículos 49 y 70 de la Ley de Bases de Régimen Local, y que es el siguiente:
 
Que la ordenanza o Reglamento  deberá aprobarse por el Ayuntamiento Pleno,  con trámite de información pública por plazo mínimo de treinta días hábiles, para la presentación de reclamaciones y sugerencias, aprobando definitivamente la misma, en caso de que no exista reclamaciones, o resolviéndolas expresamente en caso de que existieran.
 
 Visto que una vez aprobado con carácter definitivo, se publicará su texto íntegro en el BOP, y no entrará en vigor hasta transcurrido el plazo estipulado en el artículo 65.2 de la Ley de Bases de Régimen Local.
 
Visto que el art. 21.1.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril (BOE del 3), Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL), establece que el Alcalde tiene atribuidas las funciones de gobierno y administración municipal.
 
Visto que por otro lado, el art. 24 del Texto Refundido de Régimen Local (TRRL), aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril (BOE del 22), señala que también es competencia de este órgano unipersonal la organización de los servicios administrativos de la corporación, en el marco del reglamento orgánico.
 
Visto que por último, el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF), aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre (BOE de 22 de diciembre), en su art. 41, recoge las dos atribuciones antes indicadas, diciendo que el Alcalde dirige el gobierno y administración municipales y, en el marco del reglamento orgánico, la organización de los servicios administrativos de la Corporación.
 
Visto que el Reglamento Orgánico, tiene carácter de disposición de carácter general, requiriéndose el quórum de la mayoría absoluta de los miembros legales que conforman la Corporación, conforme lo dispuesto en el artículo 47.2.f) de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local.
 
 Visto que este Ayuntamiento dispone de un Reglamento Orgánico que regula la organización y funcionamiento del mismo. En el citado Reglamento, no se regula las mociones no resolutorias presentadas por los grupos municipales ante las sesiones plenarias para su aprobación y debate.
 
 Visto que las mociones tiene su regulación en los artículos 46 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local y artículo 97.3 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
 
 Del tenor de ambos texto normativo, las mociones pueden ser resolutivas y no resolutivas. Las primeras  son las reguladas en el artículo 97.3 del ROF, y deben cumplir varios requisitos, como no haber sido dictaminadas, no figurar en el orden del día de la convocatoria del pleno, tratar de asuntos que sean de competencia plenaria, conocerla el Pleno, por el trámite de urgencia y antes del turno de ruego y preguntas, pudiendo ser objeto de debate y votación. Estas mociones deben de figurar en la parte resolutiva del desarrollo del pleno. Estas mociones deben ser presentadas por los grupos municipales, conforme a lo dispuesto en el artículo 91.4 del ROF.
 
Visto que respecto a las mociones presentadas por los grupos municipales, que no tienen carácter resolutorio, vienen amparada por una interpretación del nuevo artículo 46 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, en la que se determina en su apartado 2.e), que en los plenos ordinarios la parte dedicada al control de los demás órganos de la Corporación deberá presentar sustantividad propia y diferenciadora de la parte resolutiva, debiéndose garantizar de forma efectiva en su funcionamiento, y en su caso, en su regulación, la participación de todos los grupos municipales en la formulación de ruegos, preguntas y mociones. Estas mociones, pueden versar sobre competencias no propias del municipio, pero en la medida que no conlleven la adopción de un acto administrativo, no conllevarían efectos jurídicos, ni crearían derechos subjetivos a favor de terceros. Según la propuesta de Alcaldía, tendrían solo el objetivo de obtener el pronunciamiento de la Corporación sobre un asunto de interés general.
 
 Visto que la propuesta de Alcaldía, se justifica en la necesidad de regular este tipo de mociones no resolutorios presentadas por los grupos municipales, en aras a racionalizar su uso, de tal manera que el tiempo de turno de presentación de cada moción, será de cinco minutos, incluido el tiempo de la lectura. Posteriormente, se establecerá un segundo turno de tres minutos. Se establece que para el caso de unifique el debate de varias moción sobre el mismo asunto, el tiempo para el primer y segundo turno se amplíe a 10 y 5 minutos respectivamente. Igualmente se regula para las mociones no resolutivas, la posibilidad de unificación del debate de estas mociones, para el caso de que guarden por su naturaleza y redacción sean de similar contenido, limitándose a tres las mociones no resolutivas, que pueden ser debatidas en el pleno.
 
Visto todo lo cual,  se acuerda por mayoría absoluta de los miembros asistentes que componen el Ayuntamiento Pleno, el siguiente acuerdo:
 
Primero. Aprobar inicialmente la modificación del Reglamento Orgánico Municipal, en sus artículos 60 y 52 , en orden a la regulación de las mociones no resolutorias que pueda presentar los grupos municipales.
 
Segundo. Someter el expediente, a trámite de información pública por plazo de treinta días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, al objeto de que se presenten reclamaciones y sugerencias al mismo.
 
Tercero. En caso de que no se presenten reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.
 
Cuarto. Publíquese texto íntegro de la Ordenanza, una vez se apruebe definitivamente la misma.

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