SAC
Servicio de Atención a la Ciudadanía

Ayuntamiento

Actividad de plenos

15/04/2014 PLENO ORDINARIO 15 DE ABRIL DE 2014

PUNTO CUARTO.- APROBACIÓN RECTIFICACÍON ERROR FICHA DE PLANEAMIENTO "MODIFICACIÓN PUNTUAL NO ESTRUCTURAL Nº 11 DE LA RINCONADA", (CAÑAMO III).

Por el Sr. Secretario se da cuenta de dictamen favorable de la Comisión Informativa de Urbanismo, por la que se propone la aprobación de la rectificación de error en la ficha de planeamiento de la modificación puntual no estructural número once del Plan General de Ordenación Urbanística de La Rinconada, aprobado de forma definitiva por acuerdo plenario, de fecha de 15 de marzo de 2012,  y referida al SUC/API-SUP4 "El Cáñamo Industrial., así como en aras a que en la publicación de en el BOP de Sevilla, de la ficha de planeamiento de esta modificación puntual número once no estructural del Plan General de Ordenación Urbanística de La Rinconada, ya corregida,  se indique que por acuerdo plenario de fecha 13 de marzo de 2013, se aprobó de forma definitiva la modificación puntual número dos del Plan Parcial de Ordenación de Uso Industrial "El Cáñamo I", y cuyo acuerdo aparece publicado en el BOP  de Sevilla numero 117, de 23 de mayo de 2013.
 
 Por la Sra. Concejal del grupo municipal de Izquierda Unida, doña Flora Rendón del Río, expone que esta modificación es fruto de un error en la elaboración de la ficha de planeamiento de esta modificación puntual no estructural que afecta al "Cáñamo I", y que fue aprobada  hace un año, y en la que en aquel momento, tuvimos la oportunidad de debatirla y aprobarla, indicando que la misma iba agrupada en otras series de modificaciones puntuales del Plan General. Este grupo no apoyó dos modificaciones puntuales que estaban vinculados a dos convenios urbanísticos. Esta modificación no estructural, que afecta a una zona del polígono industrial del "Cáñamo I", necesita ser corregida al detectarse un error en la transcripción de la normativa urbanística, según informa la Sra. Arquitecta Municipal en su informe. A la vista de ese informe, vamos a votar a favor de dicha rectificación.
 
 Por la Sra. Portavoz del grupo popular, Doña Virginia Pérez Galindo, expone que el objeto de este expediente, es la rectificación de un error que se ha detectado en la modificación puntual no estructurante que afectaba al polígono industrial "El Cáñamo I", en la ficha de planeamiento, por lo que nosotros vamos apoyar dicha rectificación.
 
 Por el Sr. Concejal delegado de Urbanismo y Medio Ambiente, Don Francisco Manuel Díez Pineda, expone que abordamos en este punto del orden del día, la corrección de una ficha de planeamiento perteneciente al expediente de la modificación puntual no estructurante que afectaba al Cáñamo I, y se circunscribe exclusivamente al error detectado en el apartado de planeamiento de aplicación, donde aparece que se aplica el Plan Parcial aprobado el 26 de enero de 2004, debe de haber dicho que hace referencia al Texto Refundido del Plan Parcial del Polígono Industrial y de Servicio del Cáñamo I, que se aprobó en octubre de 1992. Por lo tanto, estamos ante un error en el planeamiento incorporado de aplicación, que debe ser corregido en su ficha de planeamiento.
 
 Tras el oportuno debate, se procede a la votación, con el siguiente resultado:
 
 Votos a Favor: 18 (13 PSOE, 3 P.P y 2 I.U)
 
 Visto que detectado error en la ficha de la modificación puntual no estructural número once del Plan General de Ordenación Urbanística de La Rinconada, aprobado de forma definitiva por acuerdo plenario, de fecha de 15 de marzo de 2012,  y referida al SUC/API-SUP4 "El Cáñamo Industrial I" en el siguiente tenor:
 
 Donde dice:
 
 "Otras determinaciones":
 
 Planeamiento  de aplicación: Plan Parcial aprobado 26-01-1994.   
 Estudio de Detalle aprobado para las parcelas 23, 24 y 25.
     
Otras determinaciones:  Será de aplicación el artículo 14.2.4,7 del PGOU vigente.
 
 Debe decir:
 
 "Otras determinaciones":
 
Planeamiento de aplicación: Texto Refundido Plan Parcial Parque Industrial y de  Servicios "El Cáñamo", aprobado 05-10-1992.      
 Modificación nº 1 aprobada 18-12-1995.
 Estudio de Detalle aprobado para las parcelas 23, 24  y 25.
     
 Otras determinaciones: Será de aplicación el artículo 14.2., 4, 7 del PGOU vigente.
 
 Visto lo dispuesto  en el artículo 105.2 de la Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, que determina que las Administraciones Públicas, podrán, asimismo,  rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos, se formula propuesta de rectificación del error detectado por los servicios técnicos municipales.
 
 Visto que es necesario  en aras a que en la publicación de en el BOP de Sevilla, de la ficha de planeamiento de esta modificación puntual número once no estructural del Plan General de Ordenación Urbanística de La Rinconada, ya corregida,  se indique que por acuerdo plenario de fecha 13 de marzo de 2013, se aprobó de forma definitiva la modificación puntual número dos del Plan Parcial de Ordenación de Uso Industrial "El Cáñamo I", y cuyo acuerdo aparece publicado en el BOP  de Sevilla numero 117, de 23 de mayo de 2013.
 
 Visto todo lo cual, se acuerda por unanimidad de los miembros asistentes que compone el Ayuntamiento Pleno, el siguiente acuerdo:
 
 Primero. Rectificar  error en la ficha de la modificación puntual no estructural número once del Plan General de Ordenación Urbanística de La Rinconada, aprobado de forma definitiva por acuerdo plenario, de fecha de 15 de marzo de 2012,  y referida al SUC/API-SUP4 "El Cáñamo Industrial I" en el siguiente tenor:
 
Donde dice:
 
"Otras determinaciones":
Planeamiento de aplicación: Plan Parcial aprobado 26-01-1994.
Estudio de Detalle aprobado para las parcelas 23, 24 y 25.
 
Otras determinaciones:          Será de aplicación el artículo 14.2.4,7 del PGOU vigente.
 
 Debe decir:
"Otras determinaciones":
Planeamiento  de aplicación:  Texto Refundido Plan Parcial Parque Industrial y de      Servicios "El Cáñamo", aprobado 05-10-1992.
    Modificación nº 1 aprobada 18-12-1995.
    Estudio de Detalle aprobado para las parcelas 23, 24 y 25.
     
 Otras determinaciones: Será de aplicación el artículo 14.2., 4, 7 del PGOU vigente.
 
 Segundo. Publicar en el BOP de Sevilla, la ficha de planeamiento de esta modificación puntual número once no estructural del Plan General de Ordenación Urbanística de La Rinconada, ya corregida, indicando igualmente  que por acuerdo plenario de fecha 13 de marzo de 2013, se aprobó de forma definitiva la modificación puntual número dos del Plan Parcial de Ordenación de Uso Industrial "El Cáñamo I", y cuyo acuerdo aparece publicado en el BOP  de Sevilla numero 117, de 23 de mayo de 2013.
 
Tercero. Dar cuenta de este acuerdo adoptado a la Delegación Territorial de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio para su debido conocimiento y efectos oportunos.

Este sitio web usa cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y recoger información sobre su navegación. Si pulsa "aceptar" o continúa navegando consideraremos que admite el uso e instalación en su equipo o dispositivo. Encontrará más información en nuestra Política de Cookies.