24/07/2014 PLENO ORDINARIO 25 DE JULIO DE 2014
SEGUNDO.- ADJUDICACI?N HUERTOS ECOL?GICOS PARA MAYORES EN SAN JOS? Y LA RINCONADA
Por el Sr. Secretario General, se da cuenta del dictamen de la Comisión Informativa de Igualdad y Mayores, por el que se formula propuesta de adjudicación a los solicitantes que han optado al procedimiento de concesión para la ocupación especial de dominio púbico en parcelas de huertos municipales para personas mayores, tanto lo que se refiere al núcleo de San José, donde se van a asignar 35 huertos; como de La Rinconada, donde se han asignado 12 huertos.
Por el Sr. Concejal del Grupo Municipal de Izquierda Unida, D. Vicente Amador Vizuerte, se expone que en este punto se trata de la asignación de huertos ecológicos para mayores en ambos núcleos, y cuyo sorteo fue el pasado 2 de julio, en este salón de Plenos. Indicar que como sólo se asignaron 12 huertos en La Rinconada y 35 en San José, consideramos acertada la propuesta de la Sra. Delegada de agrupar las solicitudes en un espacio continuado en cada huerto, y evitar la dispersión de los huertos. Valoramos positivamente que se aceptara nuestra propuesta de no limitar el acceso a ser titular de una concesión de un huerto a los socios de los dos Centros de Mayores de Participación Activa de la localidad, pudiendo optar a estos huertos, una persona mayor de 60 años. Y aun quitando ese requisito, no se han cubierto todos los huertos disponibles. La demanda ha sido inferior a la oferta ofrecida. Nuestro voto sera favorable tanto en este proceso de asignación de huertos, como la aprobación del nuevo pliego de cláusulas administrativas para asignar los huertos vacantes de esta primera convocatoria.
Por la Sra. Concejal del Grupo Popular, doña María Luisa Galindo Fuentes, se expone que tras esta primera convocatoria para asignar huertos ecológicos, se han quedado desiertos 12 huertos en La Rinconada, y 8 en San José, y se va a aprobar una nueva convocatoria. Para el caso de que exista mas demanda que oferta, se realizará un nuevo sorteo, con lista de reserva. En el caso de que no se cubran todas las vacantes, se podrá asignar directamente por orden riguroso de llegada de la solicitud en el registro, cuestión que valoramos positivamente, para que no se tenga de nuevo que aprobar los pliegos.
Respecto a la zona reservada a jardinera en altura, durante el primer concurso, no se ha recibido ninguna solicitud, para lo cual preguntamos en la Comisión Informativa de Mayores si se sabía a qué se iba a destinar esa superficie reservada en el caso de volviera a quedarse desierto este nuevo concurso. En el nuevo pliego se amplia los casos para poder adjudicar estar jardineras, además de las personas mayores de 60 años, a cualquier persona con discapacidad, con un grado superior al 33 por ciento, siempre que sea mayor de edad y siempre que no tenga ningún tipo de trabajo remunerado. Estamos de acuerdo con este nuevo pliego para el segundo proceso de asignación de huertos para mayores.
Por la Sra. Concejala Delegada de Mayores, doña María José de La Rosa Ramírez. se explica que como consecuencia del sorteo público que se realizó el pasado 2 de julio, en este salón de plenos, en el que entraron todas las solicitudes presentadas en el plazo habilitado, se formula propuesta de asignación de los huertos para mayores. El sorteo se hizo exclusivamente para asignar parcelas, pues el número de solicitudes era inferior a los huertos disponibles. Por lo tanto ahora adjudicamos 12 huertos del núcleo de La Rinconada, y 35 en el de San José. En el sorteo estuvieron presente tanto los interesados como los Presidentes de los dos Centros de Mayores de la localidad.
Al quedar vacantes huertos ecológico para mayores en ambos núcleos, se ha propuesto la aprobación de un nuevo pliego de cláusulas administrativa para asignar esos huertos para mayores, a través de una nueva convocatoria. El plazo de presentación de solicitudes será desde el próximo lunes, hasta el día 12 de septiembre. Existe como novedad respecto al primer pliego, la eliminación del límite de edad, respecto a la jardineras en altura y respecto a las personas con discapacidad que tengan reconocido un grado superior al 33 por ciento, y siempre que no desempeñen ninguna actividad retributiva. En los huertos en superficie se mantiene los mismos requisitos que el primer pliego. Una vez terminado el plazo de presentación de solicitudes, si esta es superior a huertos disponibles, sacaremos un nuevo sorteo, en el que habrá una lista de reserva. Estamos seguro que esta vez si se podrá cubrir los huertos vacantes, a raíz de la petición de información de muchas personas.
En cuanto a la pregunta sobre los espacios que ocupan las jardineras, y su posible uso, en caso de que no se asigne ninguno en esta nueva convocatoria, esperaremos a esta nueva convocatoria, en la que hemos abierto el abanico de posibles adjudicatarios, al rebajar el límite de edad para las personas con discapacidad. Se nos ha hecho llegar por parte de algunos futuros adjudicatarios de los huertos en superficie, de poder disponer de ese suelo, para semillero .Estamos pensando en darle ese uso, pues la superficie para jardineras no es lo suficientemente grande, para ampliar los huertos disponibles.
Si quedaran pendientes algunos huertos después de la culminación de esta nueva convocatoria se autoriza al Sr. Alcalde para que proceda de forma directa a asignar esos huertos a las solicitudes por orden riguroso de entrada en el Registro Municipal, y siempre y cuando se compruebe que cumple con los requisitos dispuestos en el pliego y no habría que pasarlo por Pleno.
Una vez que se apruebe por esta sesión plenaria, esta asignación de huertos para mayores, estas personas dispondrán de la posesión de los huertos para su utilización. Confiamos en el éxito de este proyecto pionero vinculado a un programa de envejecimiento activo de nuestros mayores. Significar que las personas que asistieron al sorteo estaban muy ilusionadas con este proyecto, y espera que exista buena convivencia entre ellos. Se tendrá que constituir una comunidad de usuarios, que será la encargada del mantenimiento de todos los servicios comunes. Se les dará las llaves tanto del acceso a cada huerto como de las taquillas. El uso recuerda se establece por una duración de cuatro años.
Tras el oportuno debate, seguidamente se procede a la votación de la citada propuesta con el siguiente resultado:
Votos a Favor: 19 (13 PSOE, 3 P.P y 3 I.U).
Visto que este Ayuntamiento ha proyectado en suelo de dominio público la creación de 24 parcelas sitas en La Rinconada y de 43 parcelas situadas en San José, así como un número determinado, una vez se finalice la redacción de los proyectos básicos y de ejecución de obras por el arquitecto municipal, D. Angel Prados García, de jardineras en altura para discapacitados con movilidad reducida, a fin de ser destinadas como Huertos de Ocio Ecológicos, siendo necesario establecer las condiciones de adjudicación y uso.
Visto que por el Teniente de Alcalde, Delegado del Área de Vía Pública y Servicios Generales, D. José Manuel Romero Campos, se ha propuesto el inicio de expediente administrativo para la ocupación especial de dominio público en parcelas de huerto municipal para personas mayores de la localidad, de conformidad con las estipulaciones que se aprueben en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
Visto que mediante Providencia del Sr. Alcalde se ha ordenado la incoación del oportuno expediente para que, una vez recabados los informes y dictámenes que sean preceptivos, se eleve al órgano que corresponda para la resolución que proceda.
Visto que por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 17 de marzo de 2013, se acordó aprobar el Pliego de Condiciones Técnicas y Administrativas para la ocupación especial del dominio publico en parcelas de huerto municipal para personas mayores.
Visto que se ha procedido a la inserción de los correspondientes anuncios en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de La Rinconada, en la página web municipal, así como en los Centros de Participación Activa para Mayores de la localidad, para general conocimiento de la personas interesadas.
Visto que terminado el plazo de presentación de solicitudes, se procedió a elaborar la resolución provisional de admitidos y excluidos, y que no habiéndose producido alegaciones, se elevó dicha resolución provisional a definitiva, en la que finalmente se han presentado 12 solicitudes para La Rinconada y 35 para San José
Visto que conforme a lo establecido en el Pliego, se procedió a efectuar sorteo público, el 2 de julio de 2014, en el que ante el hecho de que finalmente hay 12 solicitantes tan solo para 24 huertos en el núcleo de La Rinconada y 35 solicitantes para 43 huertos en el núcleo de San José y a fin de que la adjudicación sea en bloque y no queden huertos vacíos o sin adjudicar en medio de otros ocupados o adjudicados, que se sorteen solamente los 12 primeros huertos correspondientes a La Rinconada y los 35 primeros de San José, según los planos técnicos obrantes en el expediente, quedando el resto fuera del sorteo.
Visto el resultado del anterior sorteo, se formula propuesta por el Área de Igualdad y Mayores, para que las listas anteriores sean elevadas al Ayuntamiento Pleno, de conformidad con el Pliego, para que se emita resolución de concesión de las correspondientes licencias.
Visto que por el Teniente de Alcalde, Delegado del Área de Vía Pública y Servicios Generales, D. José Manuel Romero Campos, se ha propuesto el inicio de expediente administrativo para la ocupación especial de dominio público en parcelas de huerto municipal para personas mayores de la localidad, de conformidad con las estipulaciones que se aprueben en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
Visto que mediante Providencia del Sr. Alcalde se ha ordenado la incoación del oportuno expediente para que, una vez recabados los informes y dictámenes que sean preceptivos, se eleve al órgano que corresponda para la resolución que proceda.
Visto que por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 17 de marzo de 2013, se acordó aprobar el Pliego de Condiciones Técnicas y Administrativas para la ocupación especial del dominio publico en parcelas de huerto municipal para personas mayores.
Visto que se ha procedido a la inserción de los correspondientes anuncios en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de La Rinconada, en la página web municipal, así como en los Centros de Participación Activa para Mayores de la localidad, para general conocimiento de la personas interesadas.
Visto que terminado el plazo de presentación de solicitudes, se procedió a elaborar la resolución provisional de admitidos y excluidos, y que no habiéndose producido alegaciones, se elevó dicha resolución provisional a definitiva, en la que finalmente se han presentado 12 solicitudes para La Rinconada y 35 para San José
Visto que conforme a lo establecido en el Pliego, se procedió a efectuar sorteo público, el 2 de julio de 2014, en el que ante el hecho de que finalmente hay 12 solicitantes tan solo para 24 huertos en el núcleo de La Rinconada y 35 solicitantes para 43 huertos en el núcleo de San José y a fin de que la adjudicación sea en bloque y no queden huertos vacíos o sin adjudicar en medio de otros ocupados o adjudicados, que se sorteen solamente los 12 primeros huertos correspondientes a La Rinconada y los 35 primeros de San José, según los planos técnicos obrantes en el expediente, quedando el resto fuera del sorteo.
Visto el resultado del anterior sorteo, se formula propuesta por el Área de Igualdad y Mayores, para que las listas anteriores sean elevadas al Ayuntamiento Pleno, de conformidad con el Pliego, para que se emita resolución de concesión de las correspondientes licencias.
Visto que conforme a los artículos 30 y siguientes de la Ley 7/1999, de Bienes de las Entidades de las Entidades Locales de Andalucía, el uso privativo de los bienes de dominio público requerirá el otorgamiento de autorización administrativa, que se formalizará en documento administrativo en el plazo de treinta días siguientes a la notificación de su adjudicación, estableciéndose en los artículos 32 y 33 las causas de extinción y revocación.
Visto que la Ley 33/2003, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, establece que puede cederse el uso de los bienes de dominio público mediante autorizaciones y concesiones. En su artículo 92 se recoge que las autorizaciones pueden otorgarse directamente a aquellos peticionarios que reúnan las condiciones requeridas, habrán de otorgarse por tiempo determinado, sin que su plazo máximo de duración, incluidas las prórrogas, sea superior a cuatro años, así como que las autorizaciones podrán ser revocadas unilateralmente por la Administración concedente en cualquier momento por razones de interés público, sin generar derecho a indemnización, cuando resulten incompatibles con las condiciones generales aprobadas con posterioridad, produzcan daños en el dominio público, impidan su utilización para actividades de mayor interés público o menoscaben el uso general. Además, las autorizaciones podrán ser gratuitas, otorgarse con contraprestación o con condiciones, y en el artículo 100 de la Ley citada se establecen las causas de extinción de las autorizaciones.
Visto que la Ley 33/2003, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, establece que puede cederse el uso de los bienes de dominio público mediante autorizaciones y concesiones. En su artículo 92 se recoge que las autorizaciones pueden otorgarse directamente a aquellos peticionarios que reúnan las condiciones requeridas, habrán de otorgarse por tiempo determinado, sin que su plazo máximo de duración, incluidas las prórrogas, sea superior a cuatro años, así como que las autorizaciones podrán ser revocadas unilateralmente por la Administración concedente en cualquier momento por razones de interés público, sin generar derecho a indemnización, cuando resulten incompatibles con las condiciones generales aprobadas con posterioridad, produzcan daños en el dominio público, impidan su utilización para actividades de mayor interés público o menoscaben el uso general. Además, las autorizaciones podrán ser gratuitas, otorgarse con contraprestación o con condiciones, y en el artículo 100 de la Ley citada se establecen las causas de extinción de las autorizaciones.
Que en cuanto al procedimiento de adjudicación de parcelas, calificado el uso como común especial de bienes de dominio público, según establece el art. 57 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, por lo que deberá someterse a licencia, precisando el apartado 2º de este precepto que las licencias se otorgarán directamente, aunque si se limitase en número de las mismas, como en este supuesto, dado que el número de parcelas es limitado, se deberán conceder mediante proceso licitatorio, y si no fuera posible, porque todos los autorizados debieran reunir las mismas condiciones -como sucede en este caso- se concederán mediante sorteo (Apartado 5º). En consecuencia, la autorización de uso para la explotación de los Huertos de Ocio Ecológicos Municipales deberá adjudicarse mediante sorteo entre todos los solicitantes.
Visto todo lo cual, se acuerda por unanimidad de los miembros asistentes que compone el Ayuntamiento Pleno, el siguiente acuerdo:
Primero.- Adjudicar las licencias para la explotación de los huertos ecológicos para mayores situados en el núcleo de población de La Rinconada, y exclusivamente para su cultivo y con el fin principal de promocionar hábitos para un envejecimiento activo y saludable, y por un plazo de cuatro años, a los siguientes solicitantes: (EL LISTADO SE OMITE EN ESTE MEDIO POR CONTENER INFORMACIÓN PROTEGIDA POR LA LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS. EL LISTADO ESTÁ DISPONIBLE EN LA SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO DE LA RINCONADA)
Segundo.- Adjudicar las licencias para la explotación de los huertos ecológicos para mayores situados en el núcleo de población de San José de La Rinconada, y exclusivamente para su cultivo, y con el fin principal de promocionar hábitos para un envejecimiento activo y saludable, y por un plazo de cuatro años, a los siguientes solicitantes: (EL LISTADO SE OMITE EN ESTE MEDIO POR CONTENER INFORMACIÓN PROTEGIDA POR LA LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS. EL LISTADO ESTÁ DISPONIBLE EN LA SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO DE LA RINCONADA)
Tercero. Autorizar al Sr. Alcalde, para que proceda a la formalización de los correspondientes contratos administrativos de la ocupación especial de dominio público de los citados huertos ecológicos, a los adjudicatarios antes reseñados.
Cuarto. Dar cuenta de este acuerdo a los interesados, al Sr. Interventor y al Sr. Tesorero, para su debido conocimiento y efectos oportunos.