15/10/2014 PLENO ORDINARIO DE 15 DE OCTUBRE DE 2014
PUNTO OCTAVO.- APROBACIÓN INICIAL DEL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA Nº 45 POR CRÉDITO EXTRAORDINARIO Y SUPLEMENTO DE CRÉDITO.
Por el Sr. Secretario General se da cuenta del dictamen favorable de la Comisión Informativa de Economía por la que se propone la aprobación inicial del Expediente de Modificación Presupuestaria número 45/2014, por créditos extraordinarios y suplementos de créditos, por una cuantía de 1.887.337,45 €, de los que 1.786.092,51 €, se corresponde al expediente por créditos extraordinarios y 101.244,94 €, por suplemento de créditos.
No habiendo debate, seguidamente, se somete a votación esta propuesta, con el siguiente resultado:
No habiendo debate, seguidamente, se somete a votación esta propuesta, con el siguiente resultado:
Votos a Favor: 19 (13 PSOE), 3 I.U y 3 P.P)
Visto lo cual, los señores miembros asistentes que componen el Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de los miembros que la componen acuerda lo siguiente:
Primero. Aprobar inicialmente el Expediente de Modificación Presupuestaria número 45/2014, por créditos extraordinarios y suplementos de créditos, por una cuantía de 1.887.337,45 €, de los que 1.786.092,51 €, se corresponde al expediente por créditos extraordinarios y 101.244,94 €, por suplemento de créditos.
El importe total del gasto derivado de este expediente, será financiado a cargo del remanente de tesorería, por importe de 70.817,05 €, bajas de crédito, por importe 152.777,89 € y nuevos o mayores ingresos no previstos inicialmente, por importe de 1.663.742,51 €.
Segundo. Someter el expediente a información Pública durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, al objeto de que pueda ser examinado, y en su caso, presentarse las reclamaciones y sugerencias que estime oportunas, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 150 en relación al artículo 158 de la Ley 39/88, de 28 de Diciembre, reguladora de las Haciendas Locales.
Tercero. En caso de que no se presente alegaciones ni sugerencias, durante el trámite de información pública, el presente acuerdo, se entenderá aprobado definitivamente.
Cuarto. Dar cuenta de este acuerdo al Sr. Interventor y al Sr. Tesorero, para su debido conocimiento y efectos oportunos.