15/07/2013 PLENO ORDINARIO 15 DE JULIO DE 2013
PUNTO CUARTO.- PROPUESTA NOMBRAMIENTO JUEZ DE PAZ SUSTITUTA.
Por el Sr. Secretario General, se da cuenta de la propuesta de la Comisión Informativa de Seguridad Ciudadana, por la que se propone para el cargo de Juez sustituta a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, a Doña Araceli Pozo Serrano.
Tres el oportuno debate, seguidamente, se procede a la votación para la elección de la Juez de Paz Sustituta, con el siguiente resultado:
-Candidatura presentada por Doña Araceli Pozo Serrano: 21 (15 PSOE, 3 P.P y 3 I.U).
-Candidatura presentada por Julia Parra Peinado: 0 .
Visto que por Resolución de Alcaldía, de 20 de mayo de 2013, se acordó iniciar el proceso de elección de Juez de Paz Sustituto, de esta localidad, aprobando las bases reguladoras de la convocatoria para la elección de Juez de Paz sustituto, por el sistema de libre elección de aquel candidato-a que el Ayuntamiento Pleno, considere más idóneo para las tareas propias del cargo, y próximo a agotarse el mandato de la actual Juez de Paz sustituto de La Rinconada.
Visto que en el BOP número 127, de 4 de junio de 2013, se publicó anuncio de la convocatoria pública para la provisión de la plaza de Juez de Paz sustituto. Que igualmente se ha expuesto anuncio de la convocatoria en los Tablones de Anuncios del Juzgado de Paz, del Juzgado Decano de primera instancia de Sevilla, y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de La Rinconada.
Visto que durante el periodo de presentación de solicitudes, se han presentado las siguientes solicitudes:
-Doña Araceli Pozo Serrano, con documento nacional de identidad número 75.375.123-Y, registro de entrada número 7028/ 2013, de 12 de Junio de 2013.
-Doña Julia Parra Peinado, con documento nacional de identidad número 49.547607-Y, registro de entrada número 7414/2013., de fecha de 21 de junio de 2013.
-Doña Julia Parra Peinado, con documento nacional de identidad número 49.547607-Y, registro de entrada número 7414/2013., de fecha de 21 de junio de 2013.
Visto que por Resolución de Alcaldía, de 26 de Junio, se ha procedido a admitir a todos los aspirantes para la elección del cargo de Juez de Paz Sustituto.
Visto que conforme a lo dispuesto en el artículo 101 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, los Jueces de Paz y sus sustitutos serán nombrados para un período de cuatro años por la sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia correspondiente. El nombramiento recaerá en las personas elegidas por el respectivo Ayuntamiento.
Visto que los Jueces de Paz y sus sustitutos serán elegidos por el pleno del Ayuntamiento, con el voto favorable de la mayoría absoluta de sus miembros, entre las personas que, reuniendo las condiciones legales, así lo soliciten. Si no hubiere solicitante, el pleno elegirá libremente.
Y que aprobado el acuerdo correspondiente, será remitido al Juez de Primera Instancia e Instrucción, quién lo elevará a la Sala de Gobierno.
Visto que podrán ser nombrados Jueces de Paz, tanto titular como sustituto, quienes, aún no siendo licenciados en derecho, reúnan los requisitos establecidos en esta Ley para el ingreso en la carrera judicial, y no estén incursos en ninguna de las causas de incapacidad o de incompatibilidad previstas para el desempeño de las funciones judiciales, a excepción del ejercicio de actividades profesionales o mercantiles.
Visto que conforme a la convocatoria, el sistema de elección, será el de elección de aquel candidato que reúna las condiciones y aptitudes personales apropiadas para ocupar el cargo de Juez de Paz Sustituto, vistas las responsabilidades que asume dicho puesto, y teniendo en cuenta el respeto al principio de imparcialidad e independencia judicial, y el reconocimiento social y humano de La Rinconada, de cada candidato. No siendo elemento determinante, el nivel de cualificación profesional y de estudios de cada aspirante.
Visto que de conformidad con la base quinta de la convocatoria, el examen de las solicitudes y de los méritos alegados se hará por la Comisión Informativa competente, que elevará su propuesta al Pleno Corporativo para la elección de Juez de Paz Sustituto.
Se da traslado de la documentación remitida por los aspirantes a Juez de Paz sustituto, en aras a que se formule propuesta al Pleno, de nombramiento de este cargo.
Vista la propuesta formulada por la Comisión Informativa de Seguridad Ciudadana, proponiendo como candidata a Juez de Paz Sustituta, a la candidatura presentada por Doña Araceli Pozo Serrano, de conformidad con la base quinta de la convocatoria, que determina que el examen de las solicitudes y de los méritos alegados se hará por la Comisión Informativa competente, que se elevará su propuesta al Pleno Corporativo para la elección de Juez de Paz.
Visto todo lo cual, se acuerda por unanimidad de los miembros asistentes que compone el Ayuntamiento Pleno, el siguiente acuerdo:
Primero. Proponer a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el nombramiento de Juez de Paz Sustituta de esta localidad, por un mandato de cuatro años, a Doña Araceli Pozo Serrano, con domicilio en calle Abeto, número 11, de La Rinconada, de profesión ama de casa, al reunir los requisitos legales para ocupar este cargo, y ser la candidata que reúne las mejores condiciones y aptitudes personales para ocupar dicho puesto.
Segundo. Dar traslado de este acuerdo a la persona designada, para su debido conocimiento y efectos oportunos; en especial, para la aceptación del cargo de Juez de Paz Sustituto.
Tercero. Dar cuenta de este acuerdo, a la persona no propuesta, para su debido conocimiento y efectos oportunos.
Cuarto. Dar cuenta de este acuerdo al Juzgado Decano de los de Sevilla, para la remisión del expediente a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.