16/09/2014 PLENO ORDINARIO 16 DE SEPTIEMBRE DE 2014
PUNTO SEXTO.- APROBACIÓN DEFINITIVA PROYECTO DE ACTUACIÓN DE INTERÉS PÚBLICO PARA LOS TERRENOS SITUADOS EN EL PARAJE DENOMINADO “MAJALOBAâ€, EN UNA SUPERFICIE DE 3.6 HECTÃREAS Y CALIFICADO COMO SUELO..
PUNTO SEXTO.- APROBACIÓN DEFINITIVA PROYECTO DE ACTUACIÓN DE INTERÉS PÚBLICO PARA LOS TERRENOS SITUADOS EN EL PARAJE DENOMINADO “MAJALOBA”, EN UNA SUPERFICIE DE 3.6 HECTÁREAS Y CALIFICADO COMO SUELO NO URBANIZABLE DE ESPECIAL PROTECCIÓN, ENTORNO DE NÚCEOS, PROMOVIDO POR LA EMPRESA MERCANTIL, “PIONNER HI-BRED AGROSERVICIOS SPAIN S.L”, PARA LA INSTALACIÓN DE UN CENTRO TECNOLOGÍCO DE INVESTIGACIÓN DE GIRASOL EN LA RINCONADA, Y SU CORRESPONDIENTE CONVENIO DE GESTIÓN.-
Por el Sr. Secretario General se da cuenta del dictamen favorable de la Comisión Informativa de urbanismo, por la que se propone la aprobación definitiva del proyecto de actuación de interés público para los terrenos situados en el paraje denominado “Majaloba”, en una superficie de 3.6 hectáreas y calificado como suelo no urbanizable de especial protección, entorno entre núcleos, promovido por la empresa mercantil “Pionner Hi-Bred Agroservicios Spain S.L., para la instalación de un centro tecnológico de investigación de Girsasol en La Rinconada, y su correspondiente convenio urbanístico de gestión.
Por el Sr. Portavoz del grupo municipal de Izquierda Unida, don Antonio Torres Carnerero, expone que estamos ante la propuesta para la aprobación definitiva de un proyecto de actuación para la instalación de una industria en el municipio. Y se instala en un suelo con calificación de suelo no urbanizable, pero que con la legislación actual, se permite, dicha ubicación, siempre y cuando se demuestre su interés público y social. Algo que está demostrado en este expediente, pues evidentemente es una industria que va a generar muchos puestos de trabajo. Nosotros valoramos positivamente, la instalación de nueva industria, en nuestro municipio, y máxime cuando se trata de un centro tecnológico puntero, y que intenta conjugar la producción agrícola con la transformación del producto, dentro del mismo territorio, lo que redunda en beneficio no solo de La Rinconada, sino de la industrialización en Andalucía.
Hicimos una observación en el seno de la comisión informativa, y nos hubiera gustado que tal como si se hace en el proyecto de actuación promovido por Tomate Andaluz, esa creación de puestos de trabajo, en la medida que sea posible, hubiera redundado en los máximo posible en el municipio. Comprendemos la especificidad de esta industria, y que buena parte de los puestos de trabajo creado, tienen unos condicionamientos técnicos, que hacen imposible que la totalidad del empleo, sea del municipio, pero si pedimos que sea el mayor número posible y que no quede este asunto a la decisión unilateral de la empresa. Así el convenio firmado con Tomate Andaluz, contempla la creación de una bolsa de empleo, en la cual tendrá prioridad en la contratación los vecinos-as de La Rinconada, siempre y cuando tengan las condiciones oportunas según el puesto de trabajo. Y esto, no se recoge en el convenio firmado con la promotora de este Proyecto de Actuación, Pionner, Pedimos, que se reflejara la misma cláusula de empleo local, aun reconociendo que ciertos puestos de trabajo, por la característica de esa industria, no pudiese cumplirse, aun cuando tengamos vecinos-as muy cualificados, como biológicos, profesión muy vinculada a la industria de investigación del cultivo del girasol. El caso de igualdad, tiene que tener preferencia nuestro vecino-a. Y ello, porque es una empresa que se va a instalar en el municipio, acogiéndose a ayudas públicas otorgadas por este Ayuntamiento.
En conclusión, a pesar de que nos hubiese gustado que se contemplase la bolsa de empleo local en el convenio de gestión, vamos apoyar la aprobación de este proyecto de actuación, de un nueva industria en el municipio, que puede posibilitar la creación de empleo en el municipio.
Por la Sra. Portavoz del grupo popular, doña Virginia Pérez Galindo, expone que desde los meses de junio a julio ya se había ofrecido información sobre este Proyecto de Actuación, y no vemos ningún inconveniente técnico para que esta industria vinculada a un centro de investigación puede ubicarse en el municipio. Y no solo es positivo, por la creación de puestos de trabajo, sino por el que se cree, será empleo técnico cualificado, y que serán empleo de calidad, pues estos programas de investigación son de duración temporal prolongada., en aras a que puedan dar sus frutos los trabajos de investigación. Espera que ese empleo aun cuando en la mayoría sea cualificado, se pueda crear en el municipio. Por otro lado, como aspecto a resaltar, es que según se nos indica por el equipo de gobierno, va a ser unos de los centros de investigación del cultivo de girasol, más importante del mundo. Este tipo de agroindustria o centro de investigación es bueno para el municipio y su economía, pues generará empleo estable y de calidad. Por todo ello, votaremos de forma favorable.
Por el Sr. Concejal delegado de Urbanismo, don Francisco Manuel Díez Pineda, expone que estamos ante la culminación de un expediente para la instalación de un proyecto de actuación por interés público y social, y cuyo promotor, es la mercantil, Pionner. Quiero poner en valor la capacidad que tiene este Ayuntamiento, para atender estos proyectos de carácter singular, y que en un periodo, de no menos de tres meses, hemos sido capaces de culminar, con esta aprobación definitiva.
La promotora traslada a este Ayuntamiento, su interés de promover un centro tecnológico para la implantación en nuestro término municipal, en suelo de la finca “Majaloba”, calificado como suelo no urbanizable, de especial protección, en el entorno de núcleos. Esta iniciativa, pretende instalar sobre una superficie total de 10 hectáreas, en 3.6 hectáreas, la instalación de oficinas, laboratorios, e invernadero, más unas 7 hectáreas aproximadamente, para la siembra y plantaciones de la semilla de girasol, experimental. Estas actividades están vinculadas a la investigación, al desarrollo, y a la innovación en torno a las semillas de girasol, mediante el cultivo, multiplicación, exportación, importación de semilla genéticamente seleccionada, mejoras sobre las mismas, análisis y ensayos en laboratorio, comercialización y gestión. A tal efecto, Pionner presenta un proyecto de actuación de interés público, para que por parte de los servicios técnicos y jurídicos, visualicen la viabilidad del mismo. En base a esos informes técnicos favorable, el Ayuntamiento, considera y reconoce el interés público y social del proyecto de actuación, su compatibilidad con el régimen urbanístico, del suelo, al reunir el carácter de utilidad pública, y a favor de la creación de empleo. Y por último esa actividad no generará molestias o perjuicio ambiental en el entorno.
Es una iniciativa que será un especial referente en la investigación y desarrollo e innovación agropecuario y en un sector económico para el municipio, que es clave, y cuya definitiva implantación, será un revulsivo para la implantación de otras iniciativas en nuestro término municipal. Es un proyecto positivo, por la generación de empleo estable y cualificado, y cuyo número de puestos de trabajo oscilará entre 60 a 80 puestos de trabajo. Es positivo, por la propia inversión, que puede alcanzar la cantidad de 5 millones de euros, lo cual puede redundar en beneficio de todos los niveles del municipio en especial el sector de la construcción.
Por esos motivos el equipo de gobierno, comprobó la viabilidad de este proyecto de actuación, y el pasado 24 de junio, decide por acuerdo de Junta de Gobierno Local, admitir este proyecto de actuación a trámite. Posteriormente fue sometido a información pública, y en la que no se han presentado alegaciones. Se han requerido informes preceptivos de distintas administraciones y compañías, y se ha informado, de forma favorable en materia de urbanismo, de inundabilidad por la parte de la Confederación Hidrográfica, de aguas, por parte de dominio público de la Junta de Andalucía, y en el que algunos aspectos técnicos serán resuelto con la presentación del proyecto constructivo.
Por todo ello, traemos a pleno, la declaración de interés público y social de este proyecto de actuación, y su aprobación definitiva, que fundamenta, esta instalación a ubicar en suelo no urbanizable. A partir de ahora este promotor, tendrá la iniciativa para poder solicitarlas oportunas licencias.
Para el equipo de gobierno, el empleo, es clave, a todos los niveles, y en este sentido, mucho más. En el convenio de gestión que se ha firmado con la promotora, en su punto sexto, se dice literalmente, “la entidad Pionner Agroservicio, se compromete a que los trabajadores necesarios, para la implantación de su actividad, sean contratados, en caso de igualdad de condiciones, procedan preferentemente del municipio de La Rinconada. A estos efectos el promotor establecerá las correspondiente relaciones con los servicios de orientación social y laboral y de formación dependiente del área de Desarrollo Económico de este Ayuntamiento, a lo que informará de los puestos de trabajo, que estime, de acuerdo con sus criterios empresariales, que pueda ser cubierto por empleo local, favoreciendo la realización de programas de formación y colaboración que considere necesario, para el desarrollo de la actividad de centro tecnológico de investigación de girasol en La Rinconada, a fin de dar cumplimiento a este compromiso”.
Es claro y convincente, lo que se manifiesta en este convenio, que a diferencia del otro promotor, que utiliza la terminología de bolsa de empleo, utiliza el procedimiento de plena colaboración entre ambas partes, y a través de nuestro servicios de orientación social y laboral y de formación dependiente del área de Desarrollo Económico y para que de la mano de ese plan de acción conjunto en materia de formación, podamos incorporar no solo a mano de obra sin cualificar, sino la cualificada, y que tenemos en el municipio, y que sin duda dará un valor añadido a esta importante iniciativa de desarrollo económico.
Por el Sr. Portavoz del grupo municipal de Izquierda Unida, don Antonio Torres Carnerero, hace hincapié que con independencia del método que se utilice, para garantizar que el mayor número posible de puestos de trabajo sea de nuestro municipio, instamos al equipo de gobierno, porque vele porque el mayor número de puestos de trabajo, sea del municipio, y que al mismo tiempo, todos y cada uno de nuestros vecinos-as tenga la misma oportunidades para acceder a esos puestos de trabajo, en igualdad de condiciones y en igualdad de preparación académica.
Por el Sr. Concejal delegado de urbanismo, don Francisco Manuel Díez Pineda, expone que nos comprometemos a ello, como no podía ser menos. Queremos resaltar la importancia de la instalación de un centro de estas características en lo que significa de desarrollo económico, y de motor, en base a la investigación, desarrollo e innovación, y nos coloca en esta materia, como referente a nivel mundial. Y lo que significa dicha implantación, en materia de empleo, desarrollo económico y dinamización del sector agropecuario, clave en la comarca de la Vega del Guadalquivir.
Tras el oportuno debate, se proceda a la votación, del citado acuerdo, con el siguiente resultado.
Tras el oportuno debate, se proceda a la votación, del citado acuerdo, con el siguiente resultado.
Votos a favor. 21 (14 PSOE, 4 P.P y 3 I.U)
Visto que PIONEER HI-BRED AGROSERVICIOS SPAIN, S.L. ha solicitado la aprobación del Proyecto de Actuación de interés público para los terrenos situados en el paraje denominado “Majaloba”, en una superficie de 3.6 hectáreas y calificado como suelo no urbanizable de especial protección, entorno entre núcleos, promovido por la empresa mercantil “Pionner Hi-bred agroservicios Spain S.L, para la instalación de un centro tecnológico de investigación de Girsasol en La Rinconada.
Visto que se admite a trámite el Proyecto de Actuación así como que se aprueba el convenio urbanístico de gestión en el que se regula los compromisos adoptados entre ambas partes para tramitar y aprobar el citado proyecto de acutación por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 24 de junio de 2014, sometiéndose a información pública mediante anuncio en BOP nº 162, de 15 de julio de 2014, con llamamiento a los propietarios de terrenos incluidos en el ámbito del proyecto.
Visto que transcurrido el plazo de información pública no se han presentado alegaciones.
Visto que con fecha 21 de agosto de 2014 (Registro de Entrada 10064/2014), se registra de entrada informe favorable de la Delegación Territorial de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Sevilla, conforme a lo estipulado en el artículo 43.1.d) de la LOUA.
Visto el informe favorable emitido por la Secretaría Municipal y por el Sr. Arquitecto Municipal.
Visto lo dispuesto en el artículo 13 del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, que dispone con carácter general que «los terrenos que se encuentren en el suelo rural se utilizarán de conformidad con su naturaleza, debiendo dedicarse, dentro de los límites que dispongan las leyes y la ordenación territorial y urbanística, al uso agrícola, ganadero, forestal, cinegético o cualquier otro vinculado a la utilización racional de los recursos naturales. Con carácter excepcional y por el procedimiento y con las condiciones previstas en la legislación de ordenación territorial y urbanística, podrán legitimarse actos y usos específicos que sean de interés público o social por su contribución a la ordenación y el desarrollo rurales o porque hayan de emplazarse en el medio rural».
Visto lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, regula las Actuaciones de Interés Público en terrenos clasificados como suelo no urbanizable, considerándose incluida la actividad propuesta en dicho precepto, no procediendo la formulación de un Plan Especial al no reunir ninguno de los requisitos del punto 4 del artículo 42, citado.
A tenor de dicho artículo, las actuaciones de Interés Público requieren la aprobación en el presente supuesto del Proyecto de Actuación presentado por el Promotor, así como el resto de licencias y autorizaciones administrativas que fueren legalmente preceptivas.
Visto que la acreditación de la utilidad pública o interés social que sustancia la actuación de interés público queda justificada, sucintamente, de la siguiente manera: Favorecerá la creación de empleo y además no se considera una actividad molesta ni perjudicial para el medio ambiente, constituyendo un revulsivo y un foco de atracción de otras empresas y actividades similares en La Rinconada, vinculadas a la investigación de productos agrícolas y al desarrollo de la I+D+I, encontrándose la justificación plena de las anteriores circunstancias en el proyecto de actuación.
Visto que la tramitación y contenido de los Proyectos de Actuación viene determinada en el artículo 43 de la Ley 7/2002, citada.
Visto todo lo cual, y en uso de las competencias atribuidas al Pleno de la Corporación para la aprobación de los Proyectos de Actuación, en virtud del artículo 43.1.e) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se acuerda por unanimidad, el siguiente acuerdo:
PRIMERO: Declarar la utilidad pública o interés social de la Actuación de Interés Público, según ha quedado justificada en la parte expositiva que antecede, promovida por PIONEER HI-BRED AGROSERVICIOS SPAIN, S.L. para la construcción e instalación de un Centro Tecnológico que tiene previstas las actividades de cultivo, importación, exportación de semillas genéticamente seleccionadas, conducción y programa de cría y mejora genética de semillas, cultivo en invernaderos, ensayos, análisis de laboratorio, conservación, caracterización, recolección y utilización de recursos genéticos, producción, comercialización y distribución de semillas híbridas, actividades de investigación y desarrollo, así como oficinas, en suelo no urbanizable de La Rinconada, en la parcela 24 del polígono 21, Paraje Majaloba, fincas registrales 8795 (parcial), 1591 (parcial) y parte de la finca de la Comunidad de Regantes del Valle Inferior del Guadalquivir de La Rinconada.
SEGUNDO: Aprobar el Proyecto de Actuación que fundamenta la declaración de utilidad pública o interés social, redactado por D. Francisco Héctor Bouzo Cortejosa, de fecha 08/09/2014, en el que se incluyen las correcciones indicadas por la Delegación Territorial de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Sevilla.
TERCERO: La declaración de interés público o social se entenderá a los únicos efectos de conllevar la aptitud de los terrenos para la implantación de la actuación, sin perjuicio de que la materialización del uso y actividad requerirá la obtención del resto de licencias y autorizaciones administrativas que fueran legalmente procedentes, determinándose en la licencia de obras correspondiente la garantía y prestación compensatoria previstas en el art. 52.4 y 5 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre.
La actuación sólo podrá hacerse efectiva mediante la obtención de todas las demás autorizaciones pertinentes y mientras subsista la situación territorial, urbanística, ambiental o de cualquier otra índole en la que se otorgó.
La duración de la actividad será la prevista en el Proyecto de Actuación, de 20 años a contar desde el otorgamiento de la licencia de apertura de la actividad, sin perjuicio de su renovación.
La actuación sólo podrá hacerse efectiva mediante la obtención de todas las demás autorizaciones pertinentes y mientras subsista la situación territorial, urbanística, ambiental o de cualquier otra índole en la que se otorgó.
La duración de la actividad será la prevista en el Proyecto de Actuación, de 20 años a contar desde el otorgamiento de la licencia de apertura de la actividad, sin perjuicio de su renovación.
CUARTO: La autorización de la actividad quedará condicionada al mantenimiento o implantación efectiva de la explotación, a solicitar licencia urbanística de obras en el plazo de un año y a la indivisibilidad de las fincas registrales en las que se emplacen, si así se deriva del planeamiento urbanístico.
QUINTO. Aprobar de forma definitiva el correspondiente convenio urbanístico regulador de la implantación de la citada actividad en suelo no urbanizable, especialmente protegido.
SEXTO: Remitir el presente acuerdo para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, a tenor del art. 43.1.f) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre.
SEPTIMO: Notifíquese al promotor de la actuación, con indicación de que el presente acto finaliza la vía administrativa, así como del régimen de recursos que con arreglo a derecho procedan.
OCTAVO. Dar cuenta de este acuerdo a la Delegación Territorial de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, para su debido conocimiento y efectos oportunos.