SAC
Servicio de Atención a la Ciudadanía

Ayuntamiento

Actividad de plenos

15/04/2011 PLENO ORDINARIO 15 DE ABRIL DE 2011

SEGUNDO. APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN PLAN PARCIAL DEL SECTOR SUP 1.04 "SECADERO DE GUTIÉRREZ" .

Por el Sr. Secretario General del Ayuntamiento de La Rinconada, se da cuenta de dictamen favorable de la Comisión Informativa de Urbanismo, a propuesta del Instituto Municipal de Planeamiento y Suelo, una propuesta para la aprobación definitiva de la modificación del Plan Parcial de ordenación SUP 1.04 "Secadero de Gutiérrez" del Plan General de Ordenación Urbana, promovido por la empresa mercantil Expo Rinconada S.L.

Por el Sr. Portavoz del grupo municipal de Izquierda Unida, Don José Guerra Moreno, expone que en relación a este punto, se plantea una modificación puntual de un Plan Parcial, para dar mayor flexibilidad y adaptación al mercado de la vivienda, y que afecta a una manzana de la urbanización Secadero de Gutiérrez. Dicha modificación fue aprobada inicialmente, el 23 de Noviembre de 2010, por acuerdo de Junta de Gobierno Local, existiendo un informe del Sr. Secretario, donde se informa que no existe alegaciones durante el tramité de información pública. El 26 de Enero de este año, se aprueba por Resolución de Alcaldía, este documento provisionalmente, Por parte de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas, se ha hecho un informe favorable, pero indicando dos matices, uno que faltaba el plano de la zona donde va a ubicada la manzana objeto de modificación puntual, y otra deficiencia, es que no se indicaba el número máximo de viviendas a edificar en dicha manzana. Existe un informe de la Sra. Arquitecta Municipal, donde se indica que dicho requerimiento hecho por la Junta de Andalucía, se ha solventado. Por todo lo expuesto, vamos a votar a favor de este punto.

Por la Sra. Portavoz del grupo popular, Doña Virginia Pérez Galindo, expone que el objeto de la modificación puntual de este Plan Parcial, es la variación de la tipología de las viviendas que van a construirse en una manzana, y es a instancia de promotor, y que solicita, que no solo puedan en ella, construirse vivienda pareadas. Vistos los informes favorables de la Secretaría Municipal y de la Sra. Arquitecta Municipal, vamos a dar nuestro voto a favor.

Por el Sr. Concejal delegado de Urbanismo, Don Cristóbal Blázquez Sánchez, indica que esta modificación puntual del Plan Parcial Secadero de Gutiérrez fue aprobada inicialmente por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha de 23 de noviembre de 2010, fue sometida a tramite de información pública, sin que se haya presentado ningún tipo de alegaciones, y también se ha recibido el informe preceptivo de la Consejería de Obras Públicas, en el que se matiza, que en ningún caso, se debe superar el número de viviendas inicialmente previsto. La modificación se plantea sobre una pequeña parcela, de 364 metros cuadrados, y posibilita el cambio de tipología a la inicialmente prevista, que eran 7 viviendas unifamiliares adosadas, pudiendo ahora construirse viviendas pareadas e incluso aisladas. El promotor lo fundamenta en la demanda del mercado, que da salida a esas viviendas. El equipo de gobierno, siempre apoya cualquier iniciativa que pueda generar movimiento económico y construcción, que generaría empleo.
Tras el oportuno debate, seguidamente, se somete a votación esta propuesta, con el siguiente resultado:
Votos a Favor: 19 (14 PSOE, 2 P.P y 3 I.U)

Visto que por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria, celebrada el día 12 de Marzo de 2004, se aprobó de forma definitiva el Plan Parcial SUP 1.04 "Secadero de Gutiérrez".

Visto que por la empresa mercantil, Expo Rinconada S.L, promueve la modificación del citado Plan Parcial, conforme al documento técnico, redactado por el arquitecto superior, Don Alberto Ballesteros Rodríguez, número de visado 10/007432-T0001.

Visto que la modificación propone la posibilidad para la implantación, exclusivamente en la manzana RUI-2, de las tipologías de viviendas unifamiliares aisladas o pareada, además de la ya determinada por el Plan Parcial vigente, unifamiliar intensivo, (adosados).

Visto que el Informe favorable de la Sra. Arquitecta Municipal, relativo al trámite de la aprobación inicial de la citada modificación puntual.

Visto que por acuerdo de Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 23 de Noviembre de 2010, se acordó, aprobar inicialmente la modificación puntual del Plan Parcial del Sector SUP-104, "Secadero de Gutiérrez",habiéndose notificado individualmente a la promotora del expediente administrativo.

Visto que el citado expediente, ha sido sometido a tramite de información pública, mediante inserción de anuncio en el BOP número 294, de fecha 22 de diciembre de 2010, y el periódico de diario de Sevilla, de fecha 3 de diciembre de 2010, y en el tablón de anuncios, sin que se hayan presentado alegaciones al expediente.

Visto que por Resolución de Alcaldía, de fecha 26 de Enero de 2011, se aprobó provisionalmente el expediente de modificación puntual del Plan Parcial del Sector SUP-104, "Secadero de Gutiérrez", habiéndose notificado individualmente a la promotora del expediente administrativo.

Visto que en virtud de lo establecido en el artículo 31.2.c) de la LOUA, por parte de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, se emitió informe preceptivo del citado expediente, siendo este favorable, salvo la indicación en relación a la legislación urbanística, de la necesidad de garantizar que, con la nueva ordenanza de aplicación a la manzana RU!-2, en ningún caso de superará el número máximo de viviendas establecido en la ordenación original del Plan Parcial.

Visto que por el Sr. Arquitecto Redactor del documento técnico, se aporta memoria modificada en el que se detalla el número máximo de viviendas, tal como exige la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas de la Junta de Andalucía.

Visto el Informe favorable de la Sra. Arquitecta Municipal, para el trámite de aprobación definitiva.

Visto que en virtud de lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 7/2003, que determina que la innovación de la ordenación establecida por los instrumentos de planeamiento se podrá llevar a cabo mediante su revisión o innovación.
Y que cualquier innovación de los instrumentos de planeamiento deberá ser establecida por la misma clase de instrumento, observando iguales determinaciones y procedimiento regulados por su aprobación, publicidad y publicación, teniendo idéntico efectos.

Visto lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 7/2003, de Ordenación Urbanística de Andalucía, que determina el procedimiento y tramitación de los instrumentos de planeamiento.

Visto que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 7/2002, en relación a lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley de Bases de Régimen local, los acuerdos de aprobación definitiva de todos los instrumentos de planeamiento se publicaran en el Boletín Oficial correspondiente y las Corporaciones Locales publicaran las normas urbanísticas en el BOP, y no entraran en vigor hasta que se haya publicado completamente su texto y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2.

Visto la competencia para la aprobación definitiva de las modificaciones puntuales de Plan Parcial corresponde al Ayuntamiento Pleno, el artículo 22.2.c) de la Ley de Bases de régimen local, se acuerda por unanimidad de los miembros asistentes que componen el Ayuntamiento Pleno, el siguiente acuerdo:

Primero. Aprobar definitivamente e la documentación técnica denominada " modificación puntual del Plan Parcial del sector SUP 1.04 del Plan General de Ordenación Urbana de la Rinconada", "Secadero de Gutiérrez", redactado por el Sr. Arquitecto Superior, Don Alberto Ballestero Rodríguez, promovido por la empresa mercantil Expo Rinconada S.L.

Segundo. Proceder a su inscripción en el Registro Municipal de Planeamiento Urbanístico, ordenándose su publicación del acuerdo de aprobación definitiva en el BOP de Sevilla.

Tercero. Dar traslado de este acuerdo a los propietarios afectados de la modificación para su debido conocimiento y efectos oportunos.
Cuarto. Dar cuenta de este acuerdo, a la Unidad de Rentas para su debido conocimiento y efectos oportunos.

Este sitio web usa cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y recoger información sobre su navegación. Si pulsa "aceptar" o continúa navegando consideraremos que admite el uso e instalación en su equipo o dispositivo. Encontrará más información en nuestra Política de Cookies.