15/03/2016 PLENO ORDINARIO 15 DE MARZO DE 2016
PUNTO TERCERO.- APROBACIÓN RECTIFICACIÓN ERROR EN EL FICHERO DOSLA-2 RELATIVO A LA ESTRUCTURA BÁSICA DEL FICHERO.-
Por el Sr. Secretario General, se da cuenta del dictamen favorable de la Comisión Informativa de Economía, Hacienda, Empleo, Formación, Desarrollo Económico, Comercio y Agroindustria, por la que se propone la rectificación de error producido en la disposición general aprobada por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 15 de julio de 2015, en el sentido de que en la estructura básica del fichero "DOSLA-2" debe figurar el dato de la firma y en base al requerimiento realizado por la Agencia Española de Protección de datos, de fecha 2 de marzo de 2016.
Por el Sr. Portavoz del grupo mixto, don Ángel Seisdedos Gavira, apoya esta propuesta, pues estamos ante un tramite de subsanación de una deficiencia observada, en uno de los ficheros de carácter personal que hemos inscrito ante la Agencia española de protección de datos.
Por el Sr. Portavoz del grupo municipal de Izquierda Unida, don Antonio Torres Carnerero, expone que esta propuesta nace del requerimiento realizado por la Agencia española de protección de datos, que ha detectado un error en la estructura básica del fichero DOSLA-2, al falta el elemento de la firma, que ahora se subsana. Por todo lo expuesto, apoyamos esta propuesta.
Por el Sr. Portavoz del grupo municipal de La Rinconada si se puede, don Luis Silva García, apoya la propuesta de rectificación de error.
Por la Sra. Concejal delegada de Innovación, doña Raquel Vega Coca, expone que estamos ante una propuesta de mejora de redacción de la disposición general del fichero DOSLA-2 en base a la sugerencia de la Agencia española de protección de datos. Con ello damos formalidad a esta subsanación.
Tras el oportuno debate, se procede a la votación de la citada propuesta, con el siguiente resultado:
Votos a Favor: 21 (15 PSOE, 3 La Rinconada, Sí se Puede, 2 I.U y 1 grupo mixto)
Visto que por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 15 de julio de 2015, se acordó aprobar crear los ficheros incluidos en el ANEXO I del citado acuerdo plenario, en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999 y el artículo 54.1 del Reglamento de desarrollo. Se indicaba en el citado acuerdo que los ficheros que se recogen en los anexos de el citado acuerdo plenario, se regirán por las disposiciones generales e instrucciones que se detallaban para cada uno de ellos, y estarían sometidos, en todo caso, a las normas legales y reglamentarias de superior rango que les sean aplicables.
Igualmente se acordó que en cumplimiento del artículo 55 del Reglamento de desarrollo de la Ley 15/1999, los ficheros serán notificados para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos en el plazo de treinta días desde la publicación de este Acuerdo de Pleno en el Boletín Oficial de la Provincia.
Visto que en el anexo I, de ficheros de nueva creación, se detallaba la disposición general que regula la creación del ficheros DOSLA 2, con las siguientes características:
Fichero: DOSLA2
a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.
a.1) Identificación del fichero: DOSLA2.
a.2) Finalidad y usos previstos:Los datos necesarios para la orientación laboral y social, mejora de competencias y formación de los ciudadanos.(Trabajo y bienestar social [Promoción y gestión de empleo - Relaciones laborales y condiciones de trabajo]).
b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.
b.1) Colectivo: Personas residentes en el municipio de La Rinconada. (ciudadanos y residentes, estudiantes, solicitantes, inmigrantes, demandantes de empleo).
b.2) Procedencia:
Entrega o comunicación por parte de los usuarios(El propio interesado o su representante legal)
Procedimiento de recogida: Formularios y entrevistas.
c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.
c.1) Estructura:
Datos identificativos: NIF / DNI, Nombre y apellidos, Dirección, Teléfono, Datos relativos a la formación, reglada y no reglada, así como datos relativos a la experiencia laboral.
Otras categorías de carácter personal:
Datos de características personales (Datos de estado civil - Datos de familia - Fecha de nacimiento - Lugar de nacimiento - Edad - Sexo - Nacionalidad)
Datos de circunstancias sociales (Características de alojamiento, vivienda)
Datos académicos y profesionales (Formación, titulaciones - Experiencia profesional)
Datos de detalles de empleo (Categoría / Grado - Puestos de trabajo)
Datos económico-financieros y de seguros (Ingresos, rentas - Créditos, préstamos, avales -
Datos económicos de nómina - Seguros - Hipotecas - Historial créditos)
c.2) Sistema de tratamiento: Fichero parcialmente automatizado.
d) Comunicaciones de los datos previstas:
No se prevén cesiones o comunicaciones de datos.
e) Transferencias internacionales previstas a terceros países:
No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.
f) Órganos responsables del fichero:
Ayuntamiento de La Rinconada.
g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:
Departamento de Orientación Socio Laboral de La Rinconada (DOSLA)
C/ Vereda de Chapatales, S/N
41.300 San José de La Rinconada.
h) Nivel de medidas de seguridad: Nivel Medio.
Visto que dicha disposición general, fue publicada en el BOP de Sevilla, número 198, de 27 de agosto de 2015.
Visto que por la Agencia Española de Protección de datos, se nos comunica de fecha 2 de marzo, que se han inscritos en el Registro General de Protección de datos, los cinco ficheros de carácter personal, aprobado por acuerdo plenario de 15 de julio de 2015, pero indicando que respecto al fichero DOSLA-2, se ha notificado en el apartado de estructura básico, el dato de “firma”, que no está recogido en la correspondiente disposición reguladora.
Visto que dicho dato de la firma, debe figurar en la citada disposición de carácter general.
Visto todo lo cual, se acuerda por unanimidad de los miembros asistentes que compone el Ayuntamiento Pleno, el siguiente acuerdo:
Primero. Rectificar el error producido en la disposición general aprobada por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 15 de julio de 2015, en el sentido de que en la estructura básica del fichero, debe figurar el dato de la firma, de tal manera que la disposición general que afecta al fichero DOSLA-2 sería la siguiente:
Fichero: DOSLA2
a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.
a.1) Identificación del fichero: DOSLA2.
a.2) Finalidad y usos previstos:Los datos necesarios para la orientación laboral y social, mejora de competencias y formación de los ciudadanos.(Trabajo y bienestar social [Promoción y gestión de empleo - Relaciones laborales y condiciones de trabajo]).
b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.
b.1) Colectivo: Personas residentes en el municipio de La Rinconada. (ciudadanos y residentes, estudiantes, solicitantes, inmigrantes, demandantes de empleo).
b.2) Procedencia:
Entrega o comunicación por parte de los usuarios(El propio interesado o su representante legal)
Procedimiento de recogida: Formularios y entrevistas.
c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.
c.1) Estructura:
Datos identificativos: NIF / DNI, Nombre y apellidos, Dirección, Teléfono, Datos relativos a la formación, reglada y no reglada, así como datos relativos a la experiencia laboral. Firma
Otras categorías de carácter personal:
Datos de características personales (Datos de estado civil - Datos de familia - Fecha de nacimiento - Lugar de nacimiento - Edad - Sexo - Nacionalidad)
Datos de circunstancias sociales (Características de alojamiento, vivienda)
Datos académicos y profesionales (Formación, titulaciones - Experiencia profesional)
Datos de detalles de empleo (Categoría / Grado - Puestos de trabajo)
Datos económico-financieros y de seguros (Ingresos, rentas - Créditos, préstamos, avales - Datos económicos de nómina - Seguros - Hipotecas - Historial créditos)
c.2) Sistema de tratamiento: Fichero parcialmente automatizado.
d) Comunicaciones de los datos previstas:
No se prevén cesiones o comunicaciones de datos.
e) Transferencias internacionales previstas a terceros países:
No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.
f) Órganos responsables del fichero:
Ayuntamiento de La Rinconada.
g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:
Departamento de Orientación Socio Laboral de La Rinconada (DOSLA)
C/ Vereda de Chapatales, S/N
41.300 San José de La Rinconada.
h) Nivel de medidas de seguridad: Nivel Medio.
Segundo. Proceder a la publicación en el Boletín oficial de la Provincia de Sevilla, la disposición general reguladora del fichero DOSLA-2, debidamente rectificada.
Tercero. Remitir a la Agencia de Protección de datos, una vez que se publique la citada rectificación, copia de la citada modificación de la disposición general publicada, en el plazo de treinta días desde la citada publicación.