SAC
Servicio de Atención a la Ciudadanía

Ayuntamiento

Actividad de plenos

15/05/2009 PLENO ORDINARIO DE 15 DE MAYO DE 2009

PUNTO NOVENO. APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR UE/R-3 "ACCESO A PAGO DE ENMEDIO"

Por la Presidencia, se formula dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, previo informe de Instituto Municipal de Planeamiento y Suelo, por la que se propone la aprobación definitiva del Plan Especial de Reforma Interior UE/R-3, "Acceso a Pago de Enmedio".

 Por el Sr. Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida, Don José Guerra Moreno, expone que el ámbito de actuación de este Plan Especial, abarca una superficie de 16.100 metros cuadrados, en la que se prevé la construcción de 112 viviendas, con algún tipo de protección, y tres viviendas de renta libre, y con los espacios libres y dotaciones, dispuesto en este Plan, y que obliga la Ley. Se va a activar una bolsa de suelo, para la construcción de viviendas protegidas, pues existía la necesidad de este ayuntamiento, de disponer de suelo, para construir estas viviendas, porque no lo había. La pregunta que planteó su grupo al equipo de gobierno, era el motivo, por la que no disponíamos de suelo para construir vivienda protegida, teniendo 135 hectáreas expropiadas, en el Pago de Enmedio, y para gestionarlo desde lo público. Cuál ha sido la visión del equipo de gobierno, y del partido socialista de La Rinconada, para que tengamos que potenciar, desde lo público, una actuación privada, según lo previsto en el Plan General. Nuestra conclusión, es que tienen usted, falta de planificación y visión política, al apostar por lo privado, dejando a un lado, lo público.

 La bolsa de suelo, que hoy activamos con este acuerdo plenario, se recogía en un documento conveniado, el 26 de Septiembre de 2008, entre Soderin Veintiuno y el Sr. Don Diego Ridao Teruel y Doña Emilia Romero Mendoza, mediante el cual, se señalaba la estructura urbanística, de la Unidad de Ejecución, R-3, y se compraba una parcela, por 1.250.200 €, porque no teníamos suelos, para construir viviendas protegidas. Se había conveniado, lo que hoy se trae aquí.

 Otra cuestión, es la forma de tramitación de este expediente administrativo. Primero, se aprueba inicialmente por Junta de Gobierno Local, por acuerdo de 4 de Noviembre de 2008. Se aprueba provisionalmente, el 20 de Marzo de 2009. Ahí, se aprueba otro convenio. Cuando ya todo el expediente está preparado, con la visión política que tienen, se manda el documento a la Junta de Andalucía, para su revisión, y comprobar que la tramitación administrativa se ha hecho correctamente. Existe un documento de la Junta, en la que indica que existen tres deficiencias técnicas. La primera, reducen la edificabilidad prevista en el Plan General, para vivienda protegida, a favor de uso comercial- hotelero. Se quitan o detraen 6.500 metros cuadrados de techo, para la construcción de vivienda con algún tipo de protección, para realizar un Hotel, en la Unidad de Ejecución. No aparecía en el Plan General, ese uso. Tampoco se justifica un coeficiente de ponderación, así como se dice en el informe, que falta aparcamientos. La Junta, le tiene que decir, cómo se debe trabajar.

 Nos trae aquí, un expediente, que viene condicionado por unos convenios previos, por lo que con independencia de lo que planteemos en la Comisión Informativo, en el Inmuplas o en este plenario, nada puede cambiar, respecto a lo que ustedes han conveniado, tanto el 26 de septiembre de 2008, y posteriormente, el 14 de Enero de 2009. Ahí, tasaron el documento que aquí traen ustedes. Finalmente, nos gustaría saber, si la reducción, de 6.500 metros cuadrados de techo, a favor de la construcción de un Hotel, que ustedes han pactado, y que va en detrimento, de las viviendas protegidas, en cuanto a sus dimensiones, si va a dar origen a menos viviendas, o a cuánto metros cuadrados se van a construir por cada vivienda protegida, y si se mantiene la distribución aprobada en su día, del 70 por ciento de vivienda de régimen especial, 15 por ciento en régimen general y 15 por ciento, en régimen VIMA. Hemos centrado el punto, y optaron por lo privado, lo cual denota su visión política.

 Por el Sr. Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida, Don José Guerra Moreno, solicita, durante su intervención, que debería convocarse una Junta de Portavoces, para regular la intervención del Sr. Alcalde, en los debates, pues entiende que interrumpe en ocasiones las intervenciones de su grupo, o no se llama al orden al Sr. Portavoz del grupo socialista, tal como lo hace, con los miembros de izquierda Unida, dando los oportunos avisos al orden, cuando no se atiene la intervención, a su juicio, al orden del día.
 Por el Sr. Alcalde, expone que no va a convocar ninguna Junta de Portavoces, pues conoce perfectamente lo que dispone el Reglamento Orgánico, sobre las funciones que le corresponde al Sr. Alcalde en esta sesión plenaria, y no va a ser usted, quien me diga, como debo actuar. No he interrumpido, en ningún momento su intervención.

 Por la Sra. Portavoz del Grupo Popular, Doña Virginia Pérez Galindo, expone que se formula propuesta de aprobación de un planeamiento, que tiene un transfondo político, en el que se firman sendos convenios, en septiembre de 2008 y enero de 2009, y en el que se pretende ejecutar viviendas protegidas. Estos convenios interviene la Sociedad Municipal, y tenemos conocimiento de ellos, porque el Portavoz de Izquierda Unida, lo ha mencionado. Nosotros, como segunda fuerza política de esta Corporación, no tenemos participación en la Sociedad Municipal de Desarrollo, porque ustedes decidieron echarnos, del consejo de administración. Lamento, que no haya tenido la información necesaria, para poder debatir estos puntos. Existe, para nosotros, opacidad, por lo que no podemos votar algo, del que desconocemos su contenido. Esto, en democracia, es frustrante, y lamentable. Todo lo que venga de la Sociedad de Desarrollo, que gestiona el cincuenta por ciento del presupuesto, este grupo no lo va a apoyar, porque lo desconocemos.

 Por el Sr. Concejal Delegado de Urbanismo, Don Cristóbal Blázquez Sánchez, expone que este Plan Especial de Reforma Interior, ha sido promovido por Construcciones EDI S.L, y redactado por el Sr. Arquitecto, Don Alberto Ballesteros Rodríguez, y que tiene por objeto, el desarrollo de las determinaciones dispuestas en el Plan General, mediante la ordenación detallada de los terrenos incluidos, en el ámbito de actuación, UE-R3, conocida como "Acceso al Pago de Enmedio".

 Este PERI, tras su aprobación inicial, ha pasado por el trámite de información pública. También se ha recabado informes de las compañías suministradoras, y se ha emitido el correspondiente informe preceptivo de la Delegación Provincial de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio. Se producen en el tiempo, dos informes, en el primero, se hace por la Sra. Técnica de la Delegación, tres matizaciones, dos de interpretación, y uno de mayor calado urbanístico, que se resuelven en el segundo informe emitido, el 6 de Mayo. Se hace referencia en los informes, al cumplimiento de los estándares en tema de aparcamientos, el segundo, hace referencia a coeficientes de ponderación, y el tercero, a la reducción de la edificabilidad residencial protegida, que afectaba a los parámetros dispuestos en el Plan General. Tras la remisión de este primer informe, se redacta por los técnicos municipales, un informe justificativo sobre estos matices, y se mantienen contactos con los técnicos de la Delegación, dando como resultado la emisión de un segundo informe por parte de la Delegación, en donde se acepta la propuesta de los aparcamientos, y en la fijación del nuevo coeficiente de ponderación del uso comercial-hotelero, que lo que hace es distribuir las cargas en el sector, y se acepta la bajada de la edificabilidad residencial protegida, al no haber tenido en cuenta el técnico informante, que con posterioridad a la aprobación definitiva de la revisión del Plan General, se había aprobado un plan de sectorización del Pago de Enmedio, con 900 viviendas protegidas, de las que gran parte de ellas, tenían algún tipo de protección, por lo que se elevaba del 33,5 al 36.9, el porcentaje de edificabilidad de vivienda protegida, y se produce ese segundo informe positivo, dando el visto bueno a este Plan Especial.

 Detrás de este Plan Especial, está la construcción de viviendas de protección oficial, dirigida a los ciudadanos de La Rinconada, existiendo pues un proyecto de inversión para la construcción de estas viviendas. Se está ultimando, tanto el proyecto de urbanización, por lo que las obras, empezaran en breve plazo, como el proyecto de ejecución de las viviendas, que está elaborando la empresa municipal de Soderin Veintiuno.

 El Sr. Guerra intenta enmarañar el debate, pues lo que tenía previsto el Plan General, en ese ámbito de actuación, era construir 112 viviendas, con una superficie útil de 90 metros cuadrados, y con un precio de mercado de 125.000 €. El equipo de gobierno, propone bajar la edificabilidad, pero manteniendo las mismas viviendas protegidas, pero con una superficie útil, de 70 metros cuadrados, y transformar el régimen de las mismas, a las necesidades de mercado. Ya no van a ejecutarse VIMAS, sino viviendas de protegidas, en un 70 por ciento, en régimen especial en alquiler, y el resto, en régimen general en venta, a un precio de venta de 90.000 €.

 El Sr. Guerra, pregunta, porqué no hay suelo, para construir viviendas protegidas, y conoce pertectamente que en el Plan General, contempla suficiente suelo para estos usos, así en Rinconada Oeste, se contempla 117 viviendas protegidas, además de dos parcelas, de 60 u 40 viviendas protegidas, o en San José Norte, 500 viviendas. Desde el Ayuntamiento, a través del área de Urbanismo, y la Sociedad Municipal se está gestionando la construcción de viviendas protegidas, cuando por razones económicas, el mercado de la vivienda de iniciativa privado se ha caído. A las viviendas protegidas que ahora están en construcción, se van a sumar próximamente, esta promoción 112 viviendas protegidas. Pero además, hemos aprobado una sectorización del Pago de Enmedio, y que las obras de urbanización, van a dar comienzo antes de que se acabe el año. Vamos a construir, desde lo público, 900 viviendas, donde el 70 por ciento de las mismas, van a tener algún tipo de protección.

 La realidad, es que el Ayuntamiento de La Rinconada, a través de su Sociedad, ha adquirido la edificabilidad residencial de una unidad de ejecución, porque ustedes conocen que las cesiones de suelos, de las actuaciones privadas previstas en el Plan General, no se han producido por las circunstancias del mercado. También va a haber actuación pública en el Pago de Enmedio.

 En el segundo informe de la Consejería, se indica que no se merma el número de viviendas protegidas previstas en el ámbito, por el Plan General, siendo más adecuada la superficie edificable, de las unidades residenciales protegidas a la demanda existente en el mercado. Nos sentimos satisfecho, con la aprobación de este PERI, incluso con las dificultades que ha tenido durante su tramitación, porque con nuestro trabajo, hemos convencido al que tenía que emitir el informe, en la Delegación Provincial, que esta actuación, se sujetaba estrictamente a la legalidad.
 Con respecto al Partido Popular, desconoce si esta de acuerdo con que se construyan 112 viviendas protegidas, reiterando en su argumentación, el tema de su participación en el consejo de administración de Soderin Veintiuno. Cuando usted, se retracte de las declaraciones que usted hizo, en la prensa, usted, nombrará a sus nuevos consejeros, que no tendrán ningún problema para su incorporación.
 Por el Sr. Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida, Don José Guerra Moreno, indica que parece que el Sr. Blázquez no ha entendido mi intervención, cuando dice usted, que este Plan, se promueve desde lo privado, está en un error, pues se promueve desde lo público, pues, ustedes firma un convenio urbanístico, firmado entre los propietarios y el Ayuntamiento por el que sustituyen la Junta de Compensación, por un convenio de gestión, y ustedes van a ayudar al privado.

 Cuando dicen, que la Junta de Andalucía, emite el primer informe, usa "matices", cuando en la realidad ese documento, indica que existen una serie de deficiencias urbanísticas, que no son matices, como ustedes exponen. No se está refiriendo al segundo informe, que se hace pronto, y en un día, está a su disposición en el Ayuntamiento, se refiere al primer informe emitido, el 7 de Abril, y que llega a aquí, el 14 de Abril. Esta en el página tercera, del punto cuarto, del citado informe.

 Después, habla del Plan General, y no expone que en el citado plan general, no se contempla en aquel ámbito, la construcción de ningún Hotel, y por eso se plantea el PERI, y los convenios urbanísticos con los propietarios, tanto el primero de 26 de septiembre de 2008, como el segundo, del mes de enero de 2009, en donde sustituyen la junta de compensación, por un convenio. No le ha contestado a la pregunta formulada, respecto a la reducción de 6.300 metros cuadrados, de techo residencial protegido, para conveniar con lo privado, la construcción de un Hotel. No ha explicado, en qué afecta esta reducción de superficie, a las viviendas protegidas, pues no se han quitado los metros cuadrados, de los tres chalet que van en esta promoción. A su juicio, el equipo de gobierno, ha tenido falta de visión política, pues ha sido el que ha promovido esta actuación, pues existen 135 hectáreas del Pago de Enmedio, que están esperando que salga el POTAUS. Si no tuviéramos este instrumento no tendríamos suelo, para construir viviendas protegidas. Usted, ha dicho, que los convenios urbanísticos que firmaron, están parados, aun cuando votamos en contra, no nos alegramos que estén parados, y no tengamos bolsa de suelo. Ustedes en su momento, optaron por los convenios, y por esto, se ha tenido, que gastar esa casa, más de un millón de euros, para tener suelo, en esta actuación, para construir vivienda protegida.

 Desde Izquierda Unida, siempre hemos apostado, por lo público, y esa la administración más cercana al ciudadano, la administración local, la que tiene que actuar, en temas básicos como el de la vivienda, y otros. Se podía, haber actuado desde otra forma. No reconocen su fracaso urbanístico, no reconociendo su equivocación.

 Nuestra posición en el consejo de administración de Soderin Veintiuno, cuando se voto la aprobación de la compra de la parcela, fue negativa, pues nos costó, 1.250.000 €. Votar a favor de aquella propuesta, era dar la razón a la mala gestión urbanística que ustedes, estaban haciendo. Se cambiaba también el régimen de protección, de VIMA, al 70 por ciento de régimen especial, y el resto a régimen general, pues este segundo régimen de protección, también tiene problemas de mercado. Por este motivo, vamos a votar a favor este punto, al considerar positivo, la construcción de estas viviendas. Pero, reiteramos, su mala gestión, al tener 135 hectáreas en el Pago de Enmedio, esperando para su desarrollo, a que salga el POTAUS, menos las viviendas que han sectorizados, porque la Junta, modificó la normativa que regulaba la ratio de personas por viviendas, para autorizar crecimientos residenciales, pues pasa, del 2.7 al 2.3.

 Para terminar, me refiero al informe emitido por el Sr. Arquitecto Municipal, cuando estudia el porcentaje de edificabilidad destinado a VPO. Parece, que ustedes usan el Pago de Enmedio, para todos. La reflexión que se hace, respecto al informe de la Junta, que luego en su segundo informe, no dice ni que si ni que no, pero como da la callada por respuesta, se entiende que está dentro de norma, la reducción de la edificabilidad. Usan el plan de sectorización, del Pago de Enmedio, para justificar ante sus mayores, que la documentación que ha tramitado este Ayuntamiento, está ajustada a la Ley. Diga usted, que porcentaje marca el Plan General para esa zona, y cuantos metros cuadrados se ha reducido las viviendas protegidas, al quitar los 6.300 metros cuadrados de techo, de uso residencial protegido. Para que la Junta de Andalucía lo admita, han tenido que justificarlo con la sectorización del Pago de Enmedio, que hace que se mantenga el porcentaje. Se va hablar mucho del Pago, porque lo van utilizar para lo que le interesen a ustedes.

 Por la Sra. Portavoz del Grupo Popular, Doña Virginia Pérez Galindo, indica que el Sr. Blázquez, ha expuesto que cuando yo me retracte, tendremos miembros del consejo de administración de Soderin Veintiuno. Al respecto, le indica que nuestra Constitución, defiende la libertad de expresión, y máxime cuando se tiene documentación por delante, y considera que su postura, es una coacción. Está condicionando dando información de la Sociedad, a cambio de una rectificación, por unas declaraciones que hice, yo. Y no voy a rectificar absolutamente nada de lo que dije, hasta que usted aporte un documento, que diga que lo que yo dije, no es cierto. Y ese documento, no lo va a tener nunca, porque si, se tuvo que actuar en las estructuras. Están cometiendo un error. Nadie puede estar orgulloso, de tener representantes en otras administraciones y entes supralocales, cuando ni siquiera le están dejando, participar en la vida pública, a sus representantes legítimos. Ustedes gobiernan, porque así lo decidió el pueblo, pero además también eligió a unas personas, para fiscalizar y controlar la gestión del equipo de gobierno. Que a ustedes no le guste, porque sea incómodo, que se hagan pública, determinadas cuestiones, cuando el dinero que maneja esta Sociedad, es de todos y todas las rinconeras, es público. Le apagaron la luz, dentro del consejo de administración de la Sociedad Municipal, que gestiona el cincuenta por ciento del total del presupuesto. Hasta que no se encienda la luz, no vamos a posicionarnos en ningún punto, en el que intervenga la Sociedad Municipal. Está cometiendo una barbaridad. Por declaraciones que se hacen en otros foros, también deberíamos estar fuera de otras sociedades de la que formamos parte. Ustedes también forman parte de otras sociedades, que gestionan desde lo público, dinero público, y la gestión se comenta. No mentí, ni cuando hablé de esas viviendas, o cuando hablo de otras cuestiones que se plantean en este pleno. Tengo la documentación, y todo se verá, cuando usted pruebe que yo he mentido, cosa que no puede hacer, porque tengo los informes sobre la estructura de las viviendas, entonces rectificaría. No nos dejan posicionarnos en estos puntos, porque así lo han decidido ustedes, al no dejarnos comprobar la documentación que se genera en la Sociedad. No nos dejan fiscalizar su gestión en la Sociedad. Tomaron una decisión unilateral, por la que nos excluyeron del consejo. Existe jurisprudencia, que entiende que la decisión adoptada por ustedes, no fue correcta, de expulsar a unas personas, por unas manifestaciones que no hicieron, y además, aunque lo hicieran ellos, tampoco, lo podían haber hecho.

 Por el Sr. Concejal delegado Urbanismo, Don Cristóbal Blázquez, expone que su concepto de libertad de expresión, es total distinto, al mismo. La suya, es que no se puede poner mordaza, para expresarse, y la mía, es que su libertad de expresión, termina cuando colisiona contra el honor, la libertad, la honorabilidad, el buen hacer, de cualquier estamento o cualquier persona. Usted, en prensa, hizo unas declaraciones, en donde indicó que se debía que tirar las estructuras de las viviendas. Las declaraciones fueron tremendistas, y no le importó que el nombre de la Sociedad, se pusiera en jaque, y que se había conseguido tras muchos años de trabajo. Tampoco, le importó llevar la incertidumbre a 58 familias del municipio, que han adquirido las viviendas en el Secadero de Gutiérrez, que tienen un sueño de toda la vida, en tener esa vivienda. El objetivo de sus declaraciones, fue deteriorar la imagen pública de la Sociedad Municipal. Usted, le decida poco tiempo, a trabajar para este ayuntamiento, y se ha dedicado a hacer este tipo de declaraciones. Dice verdades a medias, cosas que no se ajustan a la realidad. Es verdad, que las personas que estuvieron en el consejo de administración, no hicieron las declaraciones, pero también es verdad, que tampoco se desvincularon de esas declaraciones, con lo cual estaban asumiendo, lo que usted públicamente dijo. Los miembros del consejo, tienen que tener un comportamiento, por encima de otras cosas, e independientemente de quien represente, en este caso, el buen nombre de la Sociedad. Cuando usted, se retracte, volverán los consejeros del grupo popular, al consejo de administración.

 En relación al Sr. Guerra, le insiste en que enmaraña el debate, y es díficil después contestarle, lo que plantea en sus intervenciones. Insiste en que este Plan Especial, se promueve desde lo público, cuando en el informe del Sr. Secretario, se indica que este documento, ha sido promovido por el propietario mayoritario, Don Diego Ridao Teruel, y que ha sido redactado por el Sr. Arquitecto, Don Alberto Ballesteros Rodríguez. Se promueve desde lo privado, lo que ocurre, es que en esa unidad de ejecución, la Sociedad Municipal, ha adquirido edificabilidad residencial, para construir viviendas protegidas que venían en la ficha del Plan General. Ha acusado a los técnicos de la Delegación, veladamente, de prevaricación, cuando manifiesta que han emitido un informe en poco tiempo, y que no aclara nada. Usted no ha leído el informe emitido, en el que se indica textualmente, "que se ha aprobado recientemente el plan de sectorización, de la unidad urbanística integrada 1, Sureste, en el suelo urbanizable no sectorizado-1 "Pago de Enmedio", que reserva el 70 por ciento, de la edificabilidad residencial, a vivienda protegida, porcentaje muy superior a la media de reserva de vivienda protegida, establecida en el Plan General de La Rinconada, para los sectores de suelo urbanizable sectorizados, esto hace, que pese a la reducción de la edificabilidad de vivienda protegida en el ámbito del PERI, se incremente para la globalidad del suelo urbano y urbanizable, el porcenteja de la edificabilidad residencial, de vivienda protegida, del 31, 15 por ciento establecido al Plan General, al 36.37 por ciento, que es lo que hay ahora mismo en la realidad. Ese Plan de Sectorización, no se contemplaba en el PGOU.

 Por otro lado, nos dice que en el Plan General, no se contemplaba el hotel, y usted se ha contradicho, al decir que en el Plan General, se contemplaba construir viviendas VIMAS, con 90 metros cuadrados de superficie útil, y si hemos reducido la edificabilidad en la construcción de viviendas de protección oficial, es para adaptarla a las necesidades del mercado, pues lo que se iba a construir, tenía un precio de 120.000 €, todas en régimen en venta. Ahora se plantea, construir viviendas con superficie útil más reducida, que es la que se plantea como prioritaria, en el Plan Concertado de Vivienda y Suelo de Andalucía en vigor, y que el 70 por ciento, serán de régimen especial de alquiler, y el resto, de régimen general en venta, pero a un precio de 90.000 €. No se renuncia, pues a ninguna vivienda.

 Nos dice que el Pago de Enmedio, da para mucho, y le digo que sí, para que en breve se construya la Avenida de la Unión, para que en principio, en la primera fase, se pueda construir 900 viviendas, para que se construya la nueva central de seguridad, y el nuevo recinto ferial. El Pago de Enmedio, va a ser el modelo urbanístico donde la sostenibilidad va a tener mayor importancia, y no sólo de La Rinconada, sino de una parte importante de la provincia. Nos dice que debemos esperar el POTAUS, cuando ya una parte, se ha sectorizado, que es la única zona, que nos hubiera permitido desarrollar en esta legislatura, si hubiera estado contemplado en el Plan General. Por cierto el POTAUS, se aprobará el próximo 26 de Mayo.

 Nos habla, de fracaso de la política urbanística, y al respecto, le gustaría que usted gestionara el urbanismo, en una época de coyuntura económica como la actual, que todo el desarrollo urbanístico, se está gestionando desde lo público. El trabajo urbanístico de este municipio, hace que la segunda fase de la autovía acceso norte, esté en ejecución, que se haya licitado el viaducto, que en breve, comiencen las obras de urbanización del Pago de Enmedio, que se vaya a actuar de forma inminente en la ampliación del Majuelo, que se está actuando en el Parque de las Graveras, que se esté ejecutando unas obras tan importantes, como es el encauzamiento del arroyo Almonazar en San José, que se haya adelantados el desarrollo del Pago de Enmedio, con la construcción de la Central Mixta de Seguridad.

 Por el Sr. Concejal delegado de Urbanismo, Don Cristóbal Blázquez Sánchez, expone que la política urbanística del equipo de gobierno, va a permitir que en el próximo mes de Junio, haya cincuenta y cuatro obras, tuteladas, por la administración local, generando riqueza y empleo. Y eso es lo que le preocupa, pues conoce que el sector privado está clavado. Y pese a esta crisis, el equipo de gobierno, ha elaborado un plan de trabajo, para que desde lo público, se puedan acometer obras e inversiones, por importe aproximado de 90 millones de euros.

 Haciendo referencia los convenios urbanísticos, le indico que existen unidades de ejecución, donde se podía ejecutar viviendas protegidas desde lo privado, que no estaban sujeta a convenio urbanístico, y entre ellas, se encuentra la Unidad de Ejecución R-3.
 Tras el oportuno debate, se procede a la votación, con el siguiente resultado:
Votos a Favor: 18 (15 PSOE y 3 I.U)
Abstenciones: 3 (3 P.P)
 Visto que La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla, aprobó, en su sesión de 29 de Junio de 2007, con carácter definitivo la revisión del Plan General de Ordenación Urbana de la Rinconada. Por acuerdo plenario en sesión celebrada el día 17 de Septiembre, se aprobó el Texto Refundido del citado documento de revisión.
 Visto que el citado documento de la revisión del Plan General, clasifica la superficie correspondiente al ámbito de actuación del Plan Especial de Reforma Interior, como suelo urbano no consolidado, de uso residencial.
 Visto que el citado Plan Especial de Reforma Interior, ha sido promovido, por el propietario mayoritario de la actuación, Don Diego Ridao Teruel, que ha sido redactado por el Arquitecto, Don Alberto Ballesteros Rodríguez, y que tiene por objeto el desarrollo de las determinaciones establecidas en el Plan General de Ordenación Urbanística de La Rinconada, mediante la ordenación detallada de los terrenos incluidos en la Unidad de Ejecución UE/R-3, con el nombre "Acceso al Pago de Enmedio desde La Rinconada", para su posterior desarrollo.
 Visto el Informe de la Sra. Arquitecta Municipal, favorable para la aprobación inicial, con la salvedad de rectificación del punto tercero del informe.
Que el citado documento fue sometido a información pública, mediante anuncio en el BOP número 15, de 20 de Enero de 2009, y en el periódico, Diario de Sevilla de 16 de Enero de 2009,. Así mismo ha estado expuesto en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, y que no se han presentado alegaciones al mismo
 Que se han recabado informes sectoriales de la compañía suministradora de energía eléctrica, Sevillana Endesa, de abastecimiento de agua potable y saneamiento, Emasesa Metropoliana, y de la empresa suministradora de telefonía, Telefónica de España S.A,
 Que por el Sr. Arquitecto Redactor del Plan Especial, ha subsanado, las deficiencias observadas durante el trámite de aprobación inicial.
 Visto que por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 10 de marzo de 2009, se aprobó provisionalmente la documentación técnica denominado, "Plan Especial de Reforma Interior", correspondiente a la Unidad de Ejecución R-3 "Acceso al Pago de Enmedio desde La Rinconada"
 Visto el Informe emitido por la Delegación Provincial de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, de fecha 1 de Abril de 2009, en virtud de lo establecido en el artículo 31.2.c) de la LOUA, en la que se indica una serie de observaciones respecto al Plan Especial, en relación al cumplimiento de la la legislación urbanística y en relación al planeamiento superior vigente, indicándose en el mismo, que la ordenación propuesta por el PERI, supone una reducción del porcentaje en al edificabilidad residencial destinada a vivienda protegida en suelo urbano no consolidado, y que el coeficiente de homogeneización destinado a uso comercial-hotelero, no está justificado dentro de la asignación de coeficientes generales de usos establecidos en el Plan General.
 Visto que con fecha de 24 de Abril de 2009, se ha redactado por parte del Sr. Arquitecto redactor del Plan Especial, Don Alberto Ballesteros Rodríguez, documento del Plan Especial de reforma Interior, UE/R3, "Acceso al Pago de Enmedio desde La Rinconada", subsanando parcialmente el citado documento, en virtud de las indicaciones del Informe emitido por la Delegación Provincial.
 Visto que por el Sr. Arquitecto Municipal, se ha emitido informe técnico, para la justificación de la aprobación del PERI de la UE/R-3, "Acceso a Pago de Enmedio", del Plan General de Ordenación Urbana de La Rinconada, en el que se analiza la subsanación parcial del documento del PERI, a la vista del informe emitido por la Delegación Provincial de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio.
 Visto que por Resolución de Alcaldía de fecha 5 de Mayo, se aprobó ratificar la aprobación provisional adoptada por la Junta de Gobierno local, en sesión ordinaria celebrada el día 10 de Marzo de 2009, del Plan Especial de Reforma Interior, correspondiente a la Unidad de Ejecución R-3 "Acceso al Pago de Enmedio desde La Rinconada", incorporando al documento del Plan Especial de Reforma Interior, aprobado provisionalmente, las correcciones de parte de las deficiencias detectadas en el Informe de la Delegación Provincial de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, y dispuestas en el nuevo documento de Plan Especial presentado por el promotor, el día 24 de Abril de 2009.
  Visto que el Informe emitido por la Delegación Provincial de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, de fecha de 6 de Mayo de 2009, en virtud de lo establecido en el artículo 31.2.c) de la LOUA, en el que se indica que se subsana la mayor parte de las deficiencias señaladas en el informe de la Delegación Provincial, el 1 de Abril, salvo la reducción en el ámbito del porcentaje de edificabilidad de vivienda protegida, no obstante se indica en el informe que las unidades residenciales de vivienda protegida se mantienen. No obstante, por informe del Sr. Arquitecto Municipal, se justifica dicha reducción.
 Visto que el artículo 14 de Ley 7/2003, de Ordenación Urbanística de Andalucía, dispone que los Planes Especiales, tiene entre otras finalidades la de establecer la ordenación detallada de las áreas urbanas sujetas a actuaciones u operaciones integradas de reforma interior, para la renovación, mejora, rehabilitación o colmatación de las mismas.
 Visto que los Planes Especiales, tendrán por objeto, cualquiera de las finalidades del artículo 14.1 de la LOUA, cuando se formulen en desarrollo de Planes Generales de Ordenación Urbanística.
 Que los Planes Especiales desarrollan y complementan las determinaciones del Plan General de ordenación urbanística, pudiendo modificar las pertinentes a su ordenación pormenorizada potestativa.
 Que los Planes Especiales, tendrán el contenido necesario y adecuado a su objeto y deberán redactarse con el mismo grado de desarrollo, en cuanto a documentación y determinaciones, que los instrumentos de planeamiento que complementen o modifiquen.
 Que en ningún caso podrán los Planes Especiales sustituir a los Planes Generales de Ordenación Urbanística, en su función de instrumentos de ordenación integral del territorio, sin perjuicio de las limitaciones de uso que puedan establecer.
 Visto lo dispuesto en el artículo 10 LOUA, y el artículo 14.3.2 de las normas urbanística del Plan General, que determina que la ordenación pormenorizada de las distintas áreas incluidas en sectores, áreas de reforma interiores y unidades de ejecución establecidas en el Plan general podrán mantenerse en su totalidad o en parte de ella, o bien modificarse a través de los instrumentos de planeamiento de desarrollo que se determinen en virtud de la capacidad de ordenación el suelo urbano no consolidado, la ordenación urbanística detallada y el trazado pormenorizado de la trama urbana, sus espacios públicos y dotaciones comunitarias, complementando la ordenación estructural. Esta ordenación deberá determinar los usos pormenorizados y las ordenanzas de edificación para legitimar directamente la actividad de ejecución sin necesidad de planeamiento de desarrollo.
 Que el Plan Especial de Reforma Interior, contempla el uso de hotelero, no previsto en el Plan General, unificándolo con el uso comercial.
 Que el Artículo 77 del Reglamento de Planeamiento urbanístico, regula la documentación que debe tener un Plan Especial.
 Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley //2002, los Planes de desarrollo, pueden iniciarse a instancia de persona interesada acompañada del correspondiente proyecto del instrumento de planeamiento, completo en su contenido sustantivo y documental.
 Que el artículo 12 de la Ley 7/2002, establece el derecho de los propietarios de suelo urbano de completar la urbanización de los terrenos para que adquieran la condición de solares y a edificar en éstos en las condiciones que en caso se establezcan la legislación urbanística y el planeamiento.
 Visto el Artículo 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, en el que se determina el procedimiento y tramitación de los instrumentos de planeamiento:,
 Visto que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 7/2002, en relación a lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley de Bases de Régimen local, los acuerdos de aprobación definitiva de todos los instrumentos de planeamiento se publicaran en el Boletín Oficial correspondiente y las Corporaciones Locales publicaran las normas urbanísticas en el BOP, y no entraran en vigor hasta que se haya publicado completamente su texto y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2.
 Visto la competencia para la aprobación definitiva del Plan Especial, corresponde al Ayuntamiento Pleno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.2.c) de la Ley de Bases de Régimen Local, se acuerda por mayoría absoluta de los miembros que componen el Ayuntamiento Pleno, el siguiente acuerdo:
 Primero. Aprobar de forma definitiva la documentación técnica denominada "del Plan Especial de Reforma Interior, correspondiente a la Unidad de Ejecución R-3 "Acceso al Pago de Enmedio desde La Rinconada", rectificado el día 1 de Abril de 2009, al incorporar al citado documento, las correcciones de parte de las observaciones dispuestas en el Informe de la Delegación Provincial y promovido por el propietario mayoritario del sector, Don Diego Ridao Teruel, y redactado por el Sr. Arquitecto, Don Alberto Ballesteros Rodríguez.
 Segundo. Proceder a la publicación de este acuerdo, con el contenido íntegro de la Ordenanza urbanística, una vez que se proceda a su depósito en el Registro Municipal de Planeamiento Urbanístico.
 Tercero. Dar traslado de este acuerdo a los propietarios del sector afectados para su debido conocimiento y efectos oportunos.
 
 

Este sitio web usa cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y recoger información sobre su navegación. Si pulsa "aceptar" o continúa navegando consideraremos que admite el uso e instalación en su equipo o dispositivo. Encontrará más información en nuestra Política de Cookies.