15/03/2011 PLENO ORDINARIO DE 15 DE MARZO DE 2011
DÉCIMO PRIMERO.- MOCIÓN MUNICIPAL IZQUIERDA UNIDA SOBRE ANTENAS DE TELEFONÃA MÓVIL.
Por el Sr. Concejal del grupo municipal de Izquierda Unida, Don Antonio Torres Carnerero, procede a explicar el contenido de la moción presentada por su grupo, relativa a las antenas de telefonía móvil, y cuyo tenor literal es el siguiente.
"MOCIÓN SOBRE ANTENAS DE TELEFONÍA MÓVIL
Cuando examinamos la denominada sociedad de la información puede observarse el cambio espectacuñar que se ha producido en los últimos años. Actualmente disfrutamos de varios canales de TV terrestre, plataformas de satélite, una amplia oferta de canales de radio, telefonía móvil y fijas, redes de datos, Internet, etc.
Pero esta nueva revolución del siglo XXI tiene un precio, además de innumeragles ventajas de las que ya hemos empezado a disfrutar. Este aumento de servicios ha conllevado, entre otras cosas, la saturación del espectro radioeléctrico, es decir, el canal por donde transcurren las ondas que, unido a la liberalización de las telecomunicaciones, ha llevadot también a una saturación y proliferación de las infraestructuras de las telecomunicaciones.
En las zonas urbanas estas infraestrutras se encuentran en muchas azoteas de nuestras comunidades, que debido a las aportaciones económicas de las operadoras dejan su instalación sin pensar en el riesgo que corremos a causa de las radiaciones emitidas por este tipo de antenas.
En el entorno urbano esta problemática se traduce en un impacto visual y la posibilidad de producir problemas de salud y molestias a los ciudadanos. Esta problemática se agrava por el hecho constrastado de la perídad de valor inmobiliario de aquellas residencias situadas en las inmediaciones de una estación base móvil.
A todo existo hay que añadir el miedo e incertidumbre que genera entre la ciudadanía, ante el desconocimiento de los efectos negativos que para la salud puedan tener las readiaciones electromagnéticas.
La desconfianza de los ciudadanos viene motivada de un lado por la falta de información, porque no saben si las radiaciones que emiten este tipo de antenas pueden provocar a largo plazo daños a su salud debido al largo tiempo de exposición a sus radiaciones. Un factor clave en este desasosiego es la falta de homogeneidad de las recomendaciones y legislaciones aplicadas a nivel de estados europeos y en las comunidades autónomas en nuestro país.
Pero poco a poco la gente empieza a percibir un peligro en la cercanía de estas instalaciones, ya que las ondas electromagnéticas que emiten penetran fácilmente en edificios y personas (algo lógico, porque si no, no sería posible la comunicación a distancia). La potencia de estas ondas electromagnéticas va disminuyendo conforme se van alejando de la antena (alrededor de la cual se producen los niveles más altos de emisión).
Estas ondas son absorbidas fácilmente por el cuerpo humano, en el que producen unos determinados efectos biológicos. Pero el problema se plantea por la falta de acuerdo de los científicos sobre cuáles son los niveles perjudiciales, y porque, incluso respetándose los niveles legales en cada país, pueden producirse problemas pra las personas que lleven marcapasos, que pueden verse interferidos por las ondas emitidas por la antena, incluso en niveles muy bajos.
Muchos científicos advierten que este problema aumenta con las exposiciones a largo plazo, en las personas que pasan largos períodos de tiempo en un radio de hasta 300 o 500 metros de una antena (teniendo en cuenta que cuanto más cerca se esté más alta es la potencia que se está recibiendo).
Por eso muchos países como Suiza, Italia, Suecia, ciudades como Toronto (Canadá), Salzburgo (Austria) y últimamente algunas ciudades españolas, como Leganés y otras han establecido normas que obligan a situar las antenas a 100, 200 e incluso 500 metros de lugares habitados.
En todo caso, estas normas establecen niveles de exposición para seres humanos muy inferiores a los que se permiten actualmente en España y hacen especial hincapié en apartar este tipo de instalaciones de colegios y residencias geriátricas, ya que algunos científicos sugieren que niños y ancianos pueden ser los más afectados por una exposición continuada.
En estos países y ciudades, se está aplicando acutalmente una política de precaución, ya que algunas investigaciones científicas han establecido que la población expuesta de forma continuada a niveles de readiación similares a los emitidos por las antenas de telefonía móvil podrán experimentar in incremento de depresiones, insomnio, dolores de cabeza, síndromes de fatiga crónica, afección del sistema inmonológico, cáncer...
Desde Izquierda Unida queremos recordar que en función de las competencias existentes en materia urbanística, medioambiental y sobre todo de la salud pública, la intervención administrativa municipal tiene la obligación legal de ofrecer unas mínimas garantías de salubridad en las instalaciones y su área de influencia, dado el riesgo que supone que ningún estudio científico contrastado avale la total inocuidad de las estaciones emisoras.
Por ello creemos necesario que nuestra ciudad siga el ejemplo de numerosos países y ciudades y proponemos al Ayuntamiento Pleno la adopción de los siguientes acuerdos:
1.- Revisar todas las antenas de telefonía móvil instaladas en nuestra ciudad y medir periódicamente sus niveles de emisión electromagnéticos con el fin de que se mantengan por debajo de los niveles que son peligrosos para la salud de los ciudadanos.
2.- Elaborar un mapa sobre la ubicación de las antenas de telefonía móvil en nuestro municipio.
3.- Adoptar medidas preventivas para la salud y el medio ambiente mediante para evitar en la medida de lo posible, la instalación de antenas de telefonía móvil en el casco urbano mientras los estudios sobre su perniciosidad sean concluyentes y definitivos.
4.- En ningún caso se podrán instalar antenas de telefonía móvil a menos de 500 metros, de un centro educativo, de un centro infantil, hospitalario, para mayores y cualquier otro de similares características.
5.- Aprobar una ordenanza de medio ambiente en la que se regule los requisitos, formas y cuantos aspectos sean necesario pra l ubicación distancia, niveles de emisión, obligación de las operadoras de revisión periódica, información al Ayuntamiento sobre sus planes de instalación, etc. Que deberán seguirse para la implantación en el municipio.
6.- Exigir al Gobierno de la nación y a la Junta de Andalucía que legislen sobre este espinoso asunto y que realicen investigaciones que puedan ser concluyentes sobre las consecuencias que para la salud tienen las radiaciones de estas torres."
2.- Elaborar un mapa sobre la ubicación de las antenas de telefonía móvil en nuestro municipio.
3.- Adoptar medidas preventivas para la salud y el medio ambiente mediante para evitar en la medida de lo posible, la instalación de antenas de telefonía móvil en el casco urbano mientras los estudios sobre su perniciosidad sean concluyentes y definitivos.
4.- En ningún caso se podrán instalar antenas de telefonía móvil a menos de 500 metros, de un centro educativo, de un centro infantil, hospitalario, para mayores y cualquier otro de similares características.
5.- Aprobar una ordenanza de medio ambiente en la que se regule los requisitos, formas y cuantos aspectos sean necesario pra l ubicación distancia, niveles de emisión, obligación de las operadoras de revisión periódica, información al Ayuntamiento sobre sus planes de instalación, etc. Que deberán seguirse para la implantación en el municipio.
6.- Exigir al Gobierno de la nación y a la Junta de Andalucía que legislen sobre este espinoso asunto y que realicen investigaciones que puedan ser concluyentes sobre las consecuencias que para la salud tienen las radiaciones de estas torres."
Por Sr. Concejal del grupo municipal de Izquierda Unida Don Antonio Torres Carnerero, expone que me alegra de que por fin, se haya traido esa moción a plenario, y me hubiera gustado que se hubiese traído en la sesión anterior, menos densa que esta, y hubiera tenido más tiempo para el debate de esta moción.
Hace un año, en el pleno de marzo de 2010, el grupo municipal de Izquierda Unida, presentó una moción casi idéntica, las únicas modificaciones ahora introducidas, ha sido para propiciar que salga para adelante esta moción. En aquel pleno, el grupo socialista, votó en contra de aquella moción, aunque indicó la necesidad de trabajar en la elaboración de una ordenanza, que regularizase la instalación las antenas de telefonía en nuestro municipio. Se nos dijo, que contaría con nuestra colaboración, y a tal efecto mostramos nuestra colaboración para redactar la misma. Al día de hoy, no hemos recibido esa oferta de colaboración, y es más nos consta que hasta el momento, no se está trabajando en la elaboración de dicha Ordenanza.
Después de una campaña auspisada por los vecinos, que han recogido más de tres mil firmas, y después de haber recibido la demanda de los vecinos, para que nuestro grupo, vuelva a presentar a este plenario, esta moción, es por el que la traemos. En marzo de 2011, queremos dejar claro, que lo que pretendemos hacer compatible el derecho de la salud, con el desarrollo tecnólogico que implica las telecomunicaciones. En ningún momento, queremos poner en peligro, el sistema de telecomunicaciones en nuestro municipio. Por eso, pedimos de nuevo, que se elabore una Ordenanza que regule los niveles máximos de emisión de ondas electromacnética, más allá del nivel contemplado por la legislación española actual, pues este sigue siendo nocivo, para aquellas personas que se exponen a largo tiempo, a las emisiones de dichas ondas. Y esto está constatado por estudios de científicos de prestigio.
También pedimos en nuestra moción, en consonancia con lo exigido por nuestros vecinos, que en la medida de lo posible, se saque las antenas del casco urbano, como ha sucedido en varios municipios, que han sido capaces de efectuar ese traslado, sin que esto, vaya en detrimento de la calidad de la cobertura que ofrece las compañías telefónicas. Así, se aplicado en el municipio de Rivas-Vaciamadrid o en Salobreña y otras ciudades europeas-. Y aún es posible reducir los índices de inmisión, de acuerdo con las recomendacones del Congreso de Salzburgo, que contempla unas índices máximos de 0.1 microvatio por centímetro cuadrado, cuatro mil veces menos que lo contemplados en la actual legislación española. Este ha sido el índice de referencia, de la Ordenanza aprobada en Leganés, y que está en vigor desde Febrero de ese año, y de la Ordenanza aprobada en Salobreña.
Pretendemos, por otro lado, que dicha Ordenanza, ponga orden y concierto en la instalación de antenas móviles y datos wiffis, en el municipio, pues existen muchos informes que suponen un riesgo para la salud. En nuestra exposición de motivos, se habla de que son muchos los informes que señalan las perniciosidad de las ondas electromagnéticas, en la salud de las personas, tal como dice el Informe del llamamiento de Firzburgo, donde más de mil médicos alemanes, advierten del crecimiento exagerado de determinadas enfermedades asociadas al uso del microondas, y de la necesidad de revisar los niveles de protección, y de adoptar el principio de precaución. Otro informe, es el estudio "Interfone", en el que se encuentra una relación directa, entre la exposición de las radiaciones electromagnética y determinados tipos de enfermedades. Somos conscientes de que existen otros informes, que hablan de la inocuidad de estas instalaciones, y que aún no ha podido ser demostrada, respecto a las exposiciones de estas ondas a largo plazo. Por ello, desde Izquierda Unida, pedimos en nuestra moción, siguiendo las instrucciones del Defensor del Pueblo Andaluz y de la Conferencia de Expertos de Salzburgo, que se impida la instalación de más antenas de telefonía móvil, en las condiciones en la que se están instalando en estos momentos. También pedimos, que se inste a las compañías de telefonía, en la medida de lo posible, bien sacar las que hay, en el casco urbano, fuera del mismo, bien a reducir los índices de inmisión, mediante la aplicación de la ordenanza que demandamos que se apruebe, ajustándose a los índices recomendados por la Conferencia de Salzburgo. Estos índices, que son cuatro mil veces menores que los dispuesto en la legislación española, han sido aprobado en Italia, Austria o Suiza, y que son los únicos que garantiza que esas instalaciones no son perjudiciales para la salud.
Somos consciente, y así se nos dirá, de que esas medidas restrictivas, pueden suponer un litigio legal, con las compañías sumistradoras como ha sucedido en otras ocasiones, en relación a otras Ordenanzas que se han aprobado en otros municipios, en los cuales las autoridades judiciales han obligado a los ayuntamientos, a introducir modificaciones, en dichas Ordenanzas. No obstante, queremos dejar constancia que en muchas ocasiones, las resoluciones judiciales ha sido favorable, a los municipios, como ha sido la Sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia, del Juzgado de primera instancia número seis de Murcia, y de la Audiencia Provincial de Murcia, de 3 de Febrero de 2000. Queremos también recordar, que muchas de las Sentencias desfavorables, están basada en la actual legislación española, que mucho más permisiva en estos aspectos, que otras legislaciones de nuestro entorno, es por eso, por lo que solicitamos en nuestra moción, tanto a la Junta de Andalucía como el Gobierno de La Nación, que legisle al respecto, y en la que prime el principio de precaución, en tanto que se demuestre de forma rotunda, que estas instalaciones no son nocivas para la salud de los ciudadanos. Si tuviese en nuestra manos, el otorgamiento de una licencia para una antena de telefonía móvil, en el entorno de un Colegio Público, de un Hospital o de una Residencia de Ancianos, no haríamos todo lo posible para evitarlo, o bien si ya hubiese sido instalado la antena de telefonía móvil, no haríamos todo lo posible, para desmontar esa instalación. El mismo riesgo existe, mayor en caso de los niños, un enfermo o un anciano, cuando le instalan esas antenas, con los índices de emisión actuales, cerca de su domicilio. Y es mayor, porque es mayor el tiempo que está expuesto a dichas radiaciones.
Por todo lo expuesto, desde Izquierda Unida, nos instamos a aprobar esa moción, e iniciar el camino para solucionar este tema, y somos consciente que este camino no es fácil, pero para poder recorrer los caminos, aun cuando seas díficiles, lo más importante es empezar a andar, y hasta el momento el único paso que se ha dado, ha sido la firma de las tres mil firmas de los vecinos y esta moción que ha presentado Izquierda Unida.
Por la Sra. Portavoz del Grupo Popular, Doña Virginia Pérez Galindo, expone que el año pasado, Izquierda Unida, trajó una moción muy similar a la que presenta ahora, y al respecto, coincidimos que en el fondo existe una preocupación o alarma, entre los vecinos, por la instalación o presencia de las antenas de telefonía móvil, y que a tal efecto, existe un importante movimiento entre los vecinos de La Rinconada, que han recogido firmas, y que nos han traslado su preocupación por la exposición a las ondas electromagnéticas. No podemos definir si los puntos de la moción de Izquierda Unida, son los que deberían ser adoptados, pero si coincidimos, que de alguna forma, se debe regular esta cuestión, pues de alguna forma, se debe dar solución, a esta preocupación que tienen los vecinos, y quizás debe darse mayor información que la que tienen. Consideramos que debemos estudiar esta propuesta, y montar alguna Comisión Técnica, y redactar una Ordenanza, que dé respuesta a las necesidades planteadas. Si existe un riesgo para la salud, y así se constata en informes de expertos intentar prevenir estos efectos, en la parte que corresponde al Ayuntamiento.
No sabemos, sin tener informes técnicos, si la propuesta de Izquierda Unida, se ajusta a lo que sería mejor para La Rinconada, por ello, es necesario la creación de la Comisión, que nos haga las propuestas necesarias para aprobar la Ordenanza Municipal. Emplazamos a Izquierda Unida, para que proceda a rectificar las propuestas de acuerdo, en el sentido de que se puede elaborar una Ordenanza reguladora de las instalaciones de telefonía móvil, pero dejando abierto los parametros, para estudiarlos entre todos, y no porque sean reales, los reflejados en su moción, sino para que nos podamos sentar, y llegar a un acuerdo entre todos. Asumimos pues este compromiso político, que entendemos que es necesario, de desarrollar una Ordenanza que regule esta situación en nuestro municipio, y que la misma salga por el consenso de todos, y así daríamos respuesta a los vecinos, que han mostrado su preocupación, en el escrito firmado por tres mil de ellos.
Por el Sr. Portavoz del grupo municipal socialista, Don Cristóbal Blázquez Sánchez, expone tal como ha señalado el Sr. Torres, en el pleno de marzo de 2010, se llevó a pleno, idéntica moción, y que en esta legislatura, le he dedicado el mayor tiempo en prepararla, de las restantes mociones aquí debatidas. Se pretende establecer una relación directa entre las instalación de antenas de telefonía móvil, y el estado de salud de los ciudadanos, y eso, es altamente preocupante. Además somos todos los grupos, conscientes, y es bueno, que todos los vecinos que han estado cogiendo firmas, que sepan, que la información en este tema es fundamental, rogando al Sr. Secretario que nos aclare si es competente el Ayuntamiento de La Rinconada, a través de una Ordenanza, para restringir los parametros de inmisión dispuesto en legislación estatal.
Por el Sr. Secretario General, informa que en reiteradas Sentencias de Tribunales de Justicia, limita la competencia municipal en la regulación de las inmisiones derivadas de las antenas de telefonía móvil, a ser competencia exclusiva del Estado, conforme a nuestra Constitución, y que por tanto todo aquel Ayuntamiento, que ha regulado esa materia, ha sido obligado a rectificar sus Ordenanzas reguladoras.
Por el Sr. Blázquez Sánchez, expone que los Ayuntamientos, tienen que velar porque se haga una prestación sanitaria lo más eficientemente posible hacia sus vecinos, pero no tiene competencia para decir, cuándo algo, puede ser perjudicial, para la salud, así lo establece en una reciente Sentencia el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en relación a la eliminación de las Ordenanzas del municipio granadino de Cúllar, los artículos más polémicos.
Lo que es cierto, es que Izquierda Unida, vuelve a presentar la misma moción, al calor del documento que han firmado los 3.400 vecinos de la localidad, vecinos, que como mínimo, nos merece el mismo respeto que usted, y considero que es de responsabilidad política, decirle a los vecinos, que eso no se puede hacer, aunque esa verdad no le guste. No es cierto, el hecho de que ustedes, han traído la moción solamente, y que lo único que se ha hecho, es recoger firmas pues en el Plan General de La Rinconada en vigor, a través de su ordenanza, se prohíbe cualquier instalación en lo alto de cubierta una vez que se sobrepasa la cornisa, y dice el Tribunal de Justicia de Andalucía, que las limitaciones de las instalaciones en el lugar donde se debe plantear, es en los documentos urbanísticos, y no en una Ordenanza. Una Ordenanza, no tiene capacidad legal, para aplicarse con carácter retroactivo, y hacer que se desmantelen todas las antenas de telefonía móvil, pues entraríamos de inmediato en un conflicto judicial.
No soy Ingeniero de Telecomunicaciones, pero usted, Sr. Torres, como persona formada, y las reglas de la física la conoce. Los teléfonos móviles, están constantemente conectado a una antena, y cuando más baja sea la potencia con la que emita la antena, más cerca tiene que estar una antena de otra. Le insto a que me traiga a un técnico en la materia, y me rebata de que esa norma física no es así, y si se quiere instalar una antena en una finca de suelo no urbanizable del municipio, como ha intentado más de una ordenanza municipal, para que llegue la onda electromágenica a un teléfono móvil, esa antena, tiene que emitir con mayor potencia, porque si no, no llega. Lo que ocurre en este caso, es que no vemos la antena. Tan sólo existe una Ordenanza en un municipio del norte, que no ha sido impugnada, porque regula ciertos aspectos medioambientales, de la colocación de las mismas. Todas las Ordenanzas, y quizás la de Leganés, han sido impugnadas en los Tribunales de Justicia.
En el municipio de La Rinconada, existen trece antenas, mientras que en el municipio de Leganés, cuando se produce la demanda de la ordenanza, había 90 Estaciones Bases en el casco urbano. Pero si usted, quiere recoger, y atender a la demanda de los vecinos, tiene que plantear el desmantelamiento de las redes wiffis, y usted sabe, que hemos debatido la necesidad de instalar esa red en los parque públicos, en las bibliotecas, en los Colegios, en esa legislatura. Emiten a menos frecuencia que la televisión, la red wifii o que la radio convencional, o las antenas de radioaficionados, y eso debe ser informado a los vecinos.
Estamos de acuerdo, con algunas cuestiones que usted plantea en su moción, en los primeros párrafos de la misma, pero que los teléfonos móviles se han convertido en imprescindibles, en nuestra vida diaria, para hablar, enviar mensajes, acceder a internet, recibir alertas, hacer gestiones administrativas, pagos, despertador, calendario y cámaras de fotos. La red de telefonía móvil, funciona basicamente conectándolos mediante Estaciones Bases o antena. Cada Estación, tiene un área de cobertura, cuando se establece una comunicación, la central que gestiona varias antenas detecta la situación del teléfono móvil, y lo dirige a la que pueda ofrecer mejor cobertura. Los sudamericanos, le llama celular, y es el mejor término para identificar estos aparatos, pues de forma celular están conectados, todos los teléfonos móviles de nuestro país, a esas antenas de telefonía móvil.
Existen, dos razones, que deben conocer los vecinos, fundamentalmente, para que existan antenas de telefonía en las ciudades, primera, es que sin Estaciones Bases, no es posible establecer una comunicación, y porque si no existiera una red, o habría cobertura, o se produciría abundantes cortes en las llamadas telefónicas.
Las antenas, como los teléfonos móviles, tienen por ley, limitados su potencia de emisión, por lo que deben estar lo más cerca posible entre sí, para disminuir al máximo el nivel de emisión, es decir, para minimizar la potencia emitida, por la antena y el teléfono móvil. Hace usted referencia en su moción, a 0.1 microvatio por centímetro cuadrado, pero no lo ha relacionado con la distancia a las antenas, a lo mejor para que un antena pueda emitir a esa potencia, tiene que haber antena en cada edificio del municipio, al igual que sucede con las antenas de televisión. Por lo tanto, alejar de las poblaciones y del usuario es contrario, al principio de mínima inmisión posible. Me gustaría que un físico, si lo que he manifestado, no es una norma física, es decir, cuanto más alejada éste, la Estacíón Base, a más potencia debe emitir, para que se reciba la llamada en el teléfono móvil.
De otra parte, le indica que el Ministerio de Industria, controla, tanto antes como después de la instalación de una antena de telefonía móvil, las emisiones que producen, y esos niveles de emisión son públicos, y todas las antenas instaladas en nuestro municipio, tienen unos niveles de emisión son públicos, y están colgadas en la página web del Ministerio de Industria. Los niveles de emisión de las antenas de telefonía móvil en nuestro país, son muy inferiores a lo establecido en la normativa que a su vez, son las recomendadas por la organización mundial de la Salud, y que es un organismo internacional de prestigio, reconocido por todos los ciudadanos, y que realiza esos informes sobre los efectos de las antenas y que además fueron aprobados por el Consejo de Ministros de Sanidad de la Unión Europea. Y el cumplimiento de esta normativa, es una medida de protección sanitaria frente a las emisiones radioeléctrica.
Los limites de exposición a los campos electromagnéticos, están regulados por el Decreto 1066/2001, que la normativa dictada por quien tiene potestad para regularlos, y no una Ordenanza Municipal, Sr. Torres y siguiendo las recomendaciones de la organización mundial de la Salud. Todas las instalaciones de antenas de telefonía móvil, tienen que se aprobadas por el Ministerio de Industria, para lo cual tienen que presentar un proyecto para cada Estación Base, en el que se incluye un estudio de los niveles de exposición, en la que tiene en cuenta no solo la que emitirá la nueva antena, sino también el nivel de emisiones existente en la zona, procedente de otra antenas de telefonía móvil.
Las Ordenanzas municipales, siempre dentre de sus competencias, solo pueden establecer los requisitos que deben cumplir, las Estaciones Bases, condicionando su instalación y funcionamiento, a la concesión de la correspondiente licencia municipal, y es ahí, donde intervienen nuestro Plan General de Ordenación Urbana. No se ha instalado ninguna antena de telefonía móvil, en esta legislatura, y no es para apuntármelo como un logro, y ello puede deberse a que la cobertura en ambos núcleos de población, es la aceptable, y no es necesario nuevas antenas.
En conclusión, estemos temas tan sensible para la ciudadanía, tenemos que ser muy prudente, porque hasta la fecha no se ha encontrado, ninguna evidencia científica, de que la emisión radioeléctrica, asociadas a las antenas y dentro de los límites de emisión establecido en la legislación, provoque efectos perjudiciales para la salud. Tanto la ONS como el Ministerio de Salud, han estudiado los efectos de las emisiones radioeléctrica, y han determinado que los niveles de emisión, aprobados por la Ley, y aplicados por el Ministerio de Industria, no son perjudiciales.
En cuanto a los puntos, que usted propone como acuerdos resolutorio de su moción, le indica que en primer lugar, que en La Rinconada, existen instaladas 13 antenas de telefonía móvil. Las emisiones que realizan están medidas, y de esa medición se concluye que el valor de emisión de ningunas de las antenas, supera los niveles de referencia admitida, lo que significa por los estudios efectuados por un Técnico Municipal, que no llevan al valor máximo de 2.5 del nivel de refenrecia admisible. No tenemos necesidad de hacer un mapa de antenas, porque está hecho por el Ministerio de Justicia, pero además el programa es curioso, pues se conoce tanto la frecuencia o la potencia que está recibiendo en su propio domicilio, desde la antena de telefonía móvil.
Cuando, se habla de prohibir las antenas de telefonía móvil, no le quiere hacer más referencia al PGOU, y no pueden ser impugnado, porque pasó ese trámite. En la Ordenanza urbanística, se prohíbe la instalación de cualquier elemento, que no sea destinado a dar servicios propios del edificio. En el PGOU del año 2007, cuando se aprobó por Pleno, de forma definitiva ese documento, y se añadió ese condicionante, no se puso por casualidad, sino con la intención de evitar que se instalarán esas instalaciones en edificios del casco urbano.
No tenemos capacidad legal, para establecer distancias, y además le instó a que busque un científico, que determine que a mayor distancia, se puede emitir a 0.1 micro-vatio por centímetro cuadrado. Eso va en contra de las leyes de las físicas, pues a mayor distancia, se debe emitir a mayor potencia.
Las ordenanzas municipales, son reglamentos, y no pueden ser contrarias a Ley. Solo pueden ajustar el contenido de la Ley, a las circunstancias especiales de un pueblo, son disposiciones generales para el buen gobernar, y a veces haciendo un uso excesivo de ella, pues se considera que se soluciona los problemas.
Nos dice que instemos a la Consejería de Salud, y no tenemos que requerirle al efecto, pues estan permanentemente trabajando. Existe un Comité de Experto, a nivel nacional, estudiando todos los temas epidemológicos relacionados con la población o cualquier elementos de los modernos con el que se tiene que enfrentar la población.
Por todo ello, porque queremos respetar, las tres mil quinientas firmas de los vecinos, pero queremos indicarle que no podemos hacer lo que ello nos piden, porque no somos competentes para adoptar esas medidas, pero a que Izquierda Unida, se empeñe en lo contrario. Depende de leyes superiores la adopción de esas medidas, además de ir en contra de la leyes de la física. No se avanzado en la FEMP, en esta materia, solo se ha propuesta la aprobación de una Ordenanza Tipo, colgada en su pagina web, donde no se toca los temas por usted planteado.
Vamos a seguir trabajando, para ello, nos ofrecemos a todos los vecinos, pero luego no digamos que queremos instalar red wifii, en el municipio y alcemos la mano quien quiera desconectar la red wifii de los domicilios particulares, para contectarnos a internet. Díganles, lo que dice un Ingeniero de Telecomunicaciones, que emite, quinientas veces a una potencia mayor, un televisor o una radio que la propia red wifii. A lo mejor los vecinos, lo que necesitan es mayor información.
Por el Sr. Concejal del grupo municipal de Izquierda Unida, Don Antonio Torres Carnerero, expone que la relación existente entre emisión de ondas electromagnéticas y la salud de las personas, no lo hace este Concejal. En mi primera intervención, le he mencionado el Llamamiento de Frizburgo, donde mil médicos alemanes, advierten del crecimiento exagerado de determinadas enfermedades asociadas al microondas. Le pide a usted, que tenga la humildad suficiente para reconocer que los mil médicos, tendrán más información, datos y valores de juicio, a cualquier persona ajena a la materia. Me refiero al Informe Reflex, financiado por la Unión Europea, y realizado por doce laboratorios, y que está firmado por científicos de prestigio, que relacionan la emisión de ondas electromagnéticas y los efectos negativos hacia la salud.
Usted, hace alusión al tema de la competencia municipal, y su postura se basa en distintas fuentes de información que usted ha buscado, de la que nosotros hemos conseguido. A tal efecto, le informa que el Tribunal Supremo, legitima a los Ayuntamientos a imponer restricciones y condiciones, a la colocación de estos dispositivos electromágneticos. Y ello, se autoriza, en base al principio, de que es el Ayuntamiento, el que tiene que velar por la salud de sus ciudadanos, quien puede poner restricciones, más allá de lo permitido, en la normativa. Las dos resoluciones judiciales, se refiere a los municipios de San Luis (Baleares), y Alcoy (Alicante). En el último caso, el Supremo argumentó que la autoridad municipal podía poner distancias y limites de densidad de las emisiones. Cuando presentamos mociones, también nos documentamos y somos conscientes de que existen resoluciones desfavorables, pero también existen favorable, y ahí es donde debemos trabajar, y no con el único fin de oponernos a una moción que ha presentado Izquierda Unida, de buscar justificación, en aquellas resoluciones, que son favorables a nuestro argumentos. Debemos buscar aquellas otras resoluciones judiciales, que son favorables a los intereses de los vecinos. En San Luis o Leganés, tienen aprobado una Ordenanza que fija un límite de emisión no superior a o.1 microwatios por centímetro cuadrado, y en ambos municipios, las pesonas hacen uso de sus móviles y que en ambos municipios, no han llenado sus tejados de antenas. Solo han hecho uso, de las tecnología más adecuada.
Cuando desde Izquierda Unida, se habla de elaborar un mapa, no nos estamos refiriendo al que usted indica, que ha sido elaborado en función de los intereses de las compañías de comunicaciones, que han hecho la solicitud previa al Ministerio, pero ese mapa no ha sido elaborado, por el Ayuntamiento, con el fin de reducir el grado de emisión provocado por microondas. Si se hace una distribución adecuada de estas antenas posiblemente el grado de emisión sea inferior. Por eso, le ruega que se cree una Comisión formada entre todos, pues ya llevamos un año de retraso, pues el año pasado hizo el mismo ofrecimiento y ojála ahora, si podamos sentarnos, recabar información, y nos gustaría a aportar esas Resoluciones judiciales, a favor de alguno ayuntamientos que han establecido medidas restrictivas a estas antenas, que las marca la normativa nacional y autonómica.
El municipio de Leganés, se suma a otras ciudades europeas, a la hora de aplicar una Ordenanza reguladoras de las antenas de telefonía, sin empeorar la cobertura de teléfonos móviles de la localidad, según ha destacado el Sr. Alcalde de la localidad, tras la presentación de un estudio de la Facultad Politécnica de Madrid, que ratifica que el nivel máximo de emisión de la localidad, se sitúa en 0.1 microvatios por centímetro cuadrado, y no 2.5, y es el nivel que establece el Congreso de Zalsburgo, que la única emisión de ondas electromagnéticas que puede garantizar que no existe riesgo para la salud de las personas.
Existe otra Resolución favorable sobre la capacidad que tiene el Ayuntamiento, para disponer de la distancia que habrá desde la antena, a la zona sensible, en los distintos municipios. Por otra parte, una vez acreditada la existencia de un ingerencia en una propiedad ajena, como es el caso de la emisión de ondas electromagnéticas, que se meten en la propiedad de los ciudadanos y nadie tiene derecho a ello, introduciendo en nuestros contaminaciòn del tipo que sea. Y esto está sustentado por resoluciones judiciales. Existe un derecho fundamental regulado en la constitución, de la inviolabilidad del domicilio. El autor de la ingerencia de la propiedad ajena debe probar la inocuidad de la ingerencia, y no demostrar el que se siente invadido, que eso es inoquo. Hasta el momento no se ha demostrado, el que hace la ingerencia, debe demostrar la legimitidad de la intromisión.
Por último, estamos dispuesto a estudiar cualquier modificación que ustedes planteen, tal como nos ha dicho el partido popular. Sean ustedes, más abiertos, estamos dispuesto incluso de eliminar la distancia de los 500 metros, y nos sentamos, ya aprobando una moción plenaria, para realizar una Ordenanza.
Por la Sra. Portavoz del grupo socialista, Don Cristóbal Blázquez Sánchez, le ruego que comunicara la pagina de la Consejería de Innovación, que se llama "Consulta teleco", donde están los informes más avanzados, que tiene la Consejería a nivel autonómico. Dispongo del informe de control que ha realizado el Ministerio de Industria, sobre las antenas de telefonía móvil, e indican que a 20 metros la densidad de potencia es de 0.001 por ciento del nivel de referencia admisible. Los datos medios obtenidos en La Rinconada, entran dentro de los parametros medios establecidos, en la Ordenanza de Leganés, en la que existe 96 Estaciones Bases, y que creo, ha sido impugnada ante los tribunales.
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia, anula cuatro artículos, de una Ordenanza Municipal. Uno de ellos, regulaba la prohibición de instalar antenas de telefonía móvil, en las zonas sensibles, pues indica el citado Tribunal, "La Administración del Estado, y no los Ayuntamientos, es la que tiene capacidad para establecer los métodos de control, análisis y mediciones necesarios, para garantizar el control sanitario del medio ambiente. Los Ayuntamientos pueden establecer mecanismos, para el cumplimiento de estos requisitos, pero en ningún caso, establecerlos. El Tribunal Superior de Murcia, anuló artículos de la Ordenanza de Albacete, en concreto la que prohibía instalar antenas en edificios protegidos, en zonas de viviendas unifamiliares, y fachada de edificios, así como los artículos que regulaba las distancias, así como los artículos en los que el Ayuntamiento se arrogaba el derecho cambiar el lugar de ubicación de las antenas, por interés público y social. El Tribunal Supremo, en Sentencia, de Casación, interpuesta contra una Resolución del TSJ de Canarias, anula dicha sentencia.
No obstante, seguiremos trabajando, de la mano de los vecinos, y seguiremos avanzando en estas cuestiones.
Por el Sr. Alcalde, informa que tengo una cita con los vecinos que han iniciado esta iniciativa, a los que voy a atender al final de la semana que viene, con el objetivo de poder avanzar en estas cuestiones. Cada uno ha puesto sus fuentes en esta materia, en función de sus posiciones, pues existe planteamientos contradictorio. Vamos a trabajar, y nos vamos a hablar con los vecinos con total sinceridad, y sin demagogia. Evidentemente no es un problema del municipio de La Rinconada, pues la regulación de estas antenas, debe venir a través de una normativa estatal, o autonómica, en su caso, por ello, esas firmas al escrito que han planteado los vecinos, la elevaremos a la Consejería de Innovación, para que visualice la preocupación de los vecinos. Existen muchas cuestiones técnicas en este debate, que a mí se me escapan, como político, pues existe bastante controversias entre los científicos. Estoy de acuerdo en impulsar, que las administraciones superiores, que tiene la competencia en todo el territorio, quien regulen conjuntamente, con las compañías reguladoras, busquen las formular que aminoren la psicosis de muchos ciudadanos, por los efectos de la misma. No tiene dudas que algunas de las antenas de telefonía móvil, instalados en los vecinos, están ahí, por la autorización de la comunidad de propietarios, y recuerda incluso la demanda de algunos vecinos, para que una determina compañía de telefonía móvil, se instalara en el municipio con la suficiente cobertura. Denunciaban la falta de cobertura en sus móviles.
Nos reuniremos pues con los vecinos, una vez debatido esta moción en el Pleno, e intentaremos avanzar, aún cuando somos consciente de la dificultad de esta cuestión. La responsabilidad y la rigurosidad política es contar a los vecinos toda la información sobre las antenas de telefonía móvil. Tener 3.400 firmas, merecen una consideración, pero es un tema difícil y complejo, y nos vamos a sentar con ellos, como siempre. Asumimos el compromiso de elevar su preocupación a la Junta de Andalucía, e incluso hablar personalmente con Sra Delegada de Innovación, de esta cuestión.
Seguidamente, se somete a votación, esta moción, con el siguiente resultado:
Votos a Favor: 5 (2 P.P y 3 I.U).
Votos en Contra: 15 (15 PSOE)
Visto todo lo cual, se rechaza por mayoría absoluta de los miembros presentes que compone el Ayuntamiento Pleno, la moción presentada por el grupo municipal de Izquierda Unida, sobre "Antenas de Telefonía Móvil".
Votos en Contra: 15 (15 PSOE)
Visto todo lo cual, se rechaza por mayoría absoluta de los miembros presentes que compone el Ayuntamiento Pleno, la moción presentada por el grupo municipal de Izquierda Unida, sobre "Antenas de Telefonía Móvil".