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15/04/2011 PLENO ORDINARIO 15 DE ABRIL DE 2011

CUARTO. APROBACIÓN ADDENDA AL CONVENIO EXPROPIATORIO CON LOS HERMANOS MUÑOZ, PARCELA DOTACIONAL "ESCUELA INFANTIL SANTA CRUZ".

Por el Sr. Secretario General, se da cuenta del dictamen favorable de la Comisión Informativa de Urbanismo, a propuesta de Instituto Municipal de Planeamiento y Suelo, por la que se propone la aprobación de addenda al convenio expropiatorio con los Hermanos Fernández Muñoz, firmado el 8 de octubre de 2007.

Por el Sr. Portavoz del grupo municipal de Izquierda Unida, Don José Guerra Moreno, expone que esta adenda que el equipo de gobierno, nos trae para su aprobación plenaria, es la culminación de un proceso, que comenzó con la firma de un convenio de permuta, y posteriormente un convenio expropiatorio, firmado con los hermanos Fernández Muñoz y este Ayuntamiento. En la posición de ambos convenios, la postura de nuestro grupo, fue favorable, pues el fin último, era conseguir suelo dotacional, para construir una escuela infantil de titularidad municipal. En la adenda se recoge el compromiso municipal, de hacer efectivo la deuda que mantiene este Ayuntamiento con la familia, por valor de 770.000 €, así como la forma de pago, mediante por un lado, la cesión a esta familia, de una finca de titularidad municipal, cuyas características se describen en esta adenda, y que se permite su división, en cinco parcelas, cuyo valor asciende a 365.955 €. El resto de la deuda, se abonaría en metálico, a través de tres pagos de idéntica cuantía. El primer pago, sería antes del 30 octubre de este año, el otro pago, antes del 30 de octubre de 2012 y el último pago, antes del 30 de octubre de 2013. Cada pago, ascendería a 132.681 €.

Examinada la documentación obrante en el expediente, indica que estas valoraciones, están sostenidas, por un informe del Sr. Arquitecto Municipal. Vamos a seguir manteniendo el apoyo a esta adenda, al igual que se hizo con los otros dos convenios.

Por la Sra. Portavoz del grupo popular, Doña Virginia Pérez Galindo, expone que estamos ante una adenda a un convenio expropiatorio, que propició que se ejecutara la escuela infantil de la Barriada "Santa Cruz", y que debemos pagar. En este caso, los hermanos Fernández Muñoz, han alcanzado un acuerdo con este Ayuntamiento, sobre la forma de pago, que sería por un lado, con la entrega de una finca municipal, con cinco parcelas residenciales, y el resto de pago, por la monetarización a través de tres pagos, durante tres años. Ha existido buena voluntad y flexibilidad por parte de esta familia, para hacer efectivo la deuda que se mantenía, por los suelos de la guardería, y también existe voluntad del Ayuntamiento de saldar la deuda, por lo tanto apoyamos esta propuesta de adenda.

Por el Sr. Delegado de Urbanismo, Don Cristóbal Blázquez Sánchez, expone que el pasado 28 de octubre de 2007, se firmó convenio expropiatorio entre este Ayuntamiento y la familia Fernández Muñoz, por el que aportaron una finca con una superficie de 3.702 metros cuadrados, procedente de la urbanización "Santa Caridad", junto al actual recinto ferial, y en donde hoy, está construida la Escuela Infantil, "Santa Cruz". A cambio el Ayuntamiento, entregaría en especie, suelo, en el Plan Parcial, "Virgen de los Reyes", más concretamente, 780 metros cuadrados, de techo residencial, y 1463 metros de techo industrial. Y para el caso, de que este Plan Parcial, no se hubiera desarrollado, transcurrido, treinta meses, los Hermanos Fernández, tenían la posibilidad de monetarizar el precio de las fincas, que previamente habían entregados. Pues bien, este convenio, venció el 30 de abril de 2010, y se hizo una prorroga por un periodo de 6 meses, y a partir de este momento, se entablaron una serie de negociaciones entre ambas partes, y que ha dado como resultado esta adenda, que hoy llevamos a Pleno.

La parcela que se entregó a este Ayuntamiento, se han valorado a precio de mercado, y se ha hecho un estudio por parte del Sr. Arquitecto Municipal, ascendiendo su valor a 770.000 €. En esta adenda, el Ayuntamiento, en pago, va a entregar a esta familia, cinco solares., en la que se puede ejecutar cinco viviendas, y que nos viene por cesión gratuita, del proyecto de reparcelación de la Unidad de Ejecución número quince, "Vereda de Doña Luisa", y que está valorada en 365.965 para abonar el resto de la deuda, se ha establecido un calendario de pago, el primero, vence antes del 31 de octubre de este año, por importe de 134. 618 €, el segundo y tercer pago, sería la misma cantidad, y se tendría que abonar antes del 31 de octubre de 2012 y 2013.

Hemos culminado un convenio de expropiación, mediante acuerdo, que se inició en esta legislatura, y hoy en día, está funcionando esa Escuela Infantil, en la zona de Santa Cruz y Santa Caridad, y es de justicia que se reconozca en este Plenario, el comportamiento de la familia Fernández Muñoz, porque sin dudarlo en ninguna momento, pusieron a disposición del Ayuntamiento, sus suelos, y que incluso en los momentos de culminar el plazo dispuesto en el convenio, han tenido la flexibilidad suficiente, para llegar a este acuerdo. Parte se le devuelve en especie y otra parte en dinero.

Por el Sr. Alcalde, se suma a dicho reconocimiento, pues he participado directamente en dos reuniones con esta familia, y he comprobado su buena disposición. Es un buen acuerdo el que traemos a este Plenario, pues en su día, se nos cedió la parcela dotacional, y ahora se ha sido flexible a la hora de abonar nuestra deuda con esta familia. Quiero resaltar su talante en la negociación, y la predisposición positiva para alcanzar un acuerdo. No ha sido difícil ponernos de acuerdo en esta adenda al convenio firmado en su día con esta familia, que pronto verá escriturado sus solares, así como el primer pago, antes de que acabe el año. No todos los que vienen a negociar con la Administración, trae esta buena predisposición, y por ello, debemos valorarlos.

Tras el oportuno debate, seguidamente, se somete a votación esta propuesta, con el siguiente resultado:
Votos a Favor: 19 (14 PSOE, 2 P.P y 3 I.U)

Visto que el 8 de Octubre de 2.007 se firmó Convenio Expropiatorio entre el Ayuntamiento de La Rinconada y los Hermanos Fernández Muñoz por el que éstos se comprometían a otorgar escritura pública a favor del Ayuntamiento transmitiéndole la propiedad, en virtud de dicho convenio expropiatorio, de una finca urbana en la Urbanización Santa Cruz del término de La Rinconada, con una superficie aproximada de 35 áreas y 48 centiáreas.
Que la parcela les pertenecía a los Hermanos Fernández Muñoz por compra en escritura pública y figuraba inscrita en el Registro de la Propiedad Núm. 6 de Sevilla, al folio 62, libro 187 de La Rinconada, tomo 421, finca núm. 9.756. La referencia catastral de la finca es 621005TG3591N0001YZ.
Visto que ambas partes fijaron de común acuerdo, en el Convenio Expropiatorio de fecha 8 de Octubre de 2007, que el justiprecio se abonaría por el Ayuntamiento en una de las dos obligaciones alternativas a elección de los Sres. Fernández Muñoz. O parcelas inscritas a nombre del Ayuntamiento del Plan Parcial SUP 1.05" Virgen de los Reyes", una vez tramitado el correspondiente Proyecto de Reparcelación, o bien si transcurridos 30 meses desde la firma del Convenio Expropiatorio dichos terrenos no figuraran inscritos a nombre del Ayuntamiento, los Hermanos Fernández Muñoz podrían optar por prorrogar por el tiempo que estimaran oportuno el plazo anterior o bien solicitar del Ayuntamiento la monaterización de las parcelas.

Visto que el 22 de Noviembre de 2007 se elevó a público el Convenio Expropiatorio entre el Ayuntamiento de La Rinconada y los Hermanos Fernández Muñoz que previamente había sido aprobado en sesión plenaria del día 15 de marzo de 2007.
Que la Escritura se otorgó ante el Notario de La Rinconada  (Sevilla, D. Enrique Gullón Ballesteros, protocolo 2.624/2007, y en virtud de la misma se inscribió a nombre del Ayuntamiento la parcela expropiada.

Visto que en la fecha actual todavía no se ha aprobado el Proyecto de Reparcelación del Plan Parcial SUP 1.05 " Virgen de los Reyes" por lo que el Ayuntamiento no dispone de parcela alguna inscrita a su nombre en dicho Sector, por lo que ambas partes a fin de evitar gastos de tasación y dejar resuelto el pago del justiprecio es por lo que firmen la presente Addenda al Convenio Expropiatorio suscrito el día 8 de Octubre de 2007 conforme a las siguientes estipulaciones y al informe del Arquitecto Municipal ( se une como Documento 1 ) que valora en SETECIENTOS SETENTA MIL EUROS (770.000,00 EUROS) la edificabilidad total de 780 metros cuadrados de techo residencial ( 6 x 130 metros cuadrados), además de 1.463,37 metros cuadrados de techo industrial que se establecieron como abono del justiprecio del Ayuntamiento a los Hermanos Fernández Muñoz en la estipulación segunda del Convenio Expropiatorio de fecha 8 de Octubre de 2007.

Visto lo dispuesto en el artículo 30 del Texto Refundido de la Ley del Suelo, que prevé el abono en especie del justiprecio de los bienes y derechos al expropiado, siempre que exista un acuerdo al respecto.

Visto lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley de Expropiación Forzosa, que determina que tanto la Administración expropiante y el particular pueden convenir la adquisición de los bienes y derechos que son objeto de aquella libremente y por mutuo acuerdo, en cuto caso, una vez convenidos los términos de la adquisición amistosa, se dará por concluido el expediente iniciado.

Visto lo dispuesto en el artículo 120 de la Ley //2002, LOUA, que determina que el pago del justiprecio podrá producirse de acuerdo con el expropiado mediante la entrega o permuta con otras fincas, parcelas o solares, no necesariamente localizados en la Unidad de Ejecución, perteneciente a la Administración actuante o al beneficiario de la expropiación.

Visto todo lo cual se acuerda por unanimidad de los miembros asistentes que compone el Ayuntamiento Pleno, el siguiente acuerdo:
Primero. Aprobar la addenda al convenio de expropiación entre el Ayuntamiento y los Hermanos Fernández Muñoz, de abono del justiprecio del expediente expropiatorio para la adquisición de los terrenos destinado a sistema general de equipamiento, sito en la Urbanización Santa Caridad, y en la que se ha construido la Escuela Infantil, "Santa Cruz".
Segundo. Dar de baja en el Inventario de Bienes y Derechos, las parcelas objeto de Pago en Especie, una vez que se proceda a la formalización de la correspondiente escritura pública.
Tercero. Autorizar al Sr. Alcalde, para la formalización del correspondiente addenda al convenio expropiatorio.
Cuarto. Dar cuenta del acuerdo, a los expropiados, al Sr. Interventor y al Sr. Tesorero para su debido conocimiento y efectos oportunos.

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