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Actividad de plenos

24/10/2011 PLENO ORDINARIO 24 DE OCTUBRE DE 2011

PUNTO DÉCIMO TERCERO. CESIÓN DE USO DE PARCELA DOTACIONAL EDUCATICA. P.P SUP 201 "EL SANTÍSIMO".

Por el Sr. Secretario General, se da cuenta del dictamen favorable de la Comisión Informativa de Educación, por la que propone la cesión de uso, de la parcela de titularidad municipal de uso educativa, sito en el Plan Parcial "El Santísimo", a la Consejería de Educación para la ampliación del CEIP "Guadalquivir".
 
 Por el Sr. Concejal del grupo municipal de Izquierda Unida, Don Amador Martín Casquet, expone que se propone la cesión de uso de una parcela de titularidad municipal, para la construcción de una ampliación de centro escolar, ya ejecutada.  Es un tramite administrativo, que no se hizo en su día, y tratándose de un acto de tramite de subsanación, su voto será favorable.
 
 Por el Sr. Concejal del Grupo Popular, D. José Luis Prieto Molina, expone que le da las gracias a la Presidencia, por dos veces, una por nivel protocolario, y la otra a nivel personal, porque gracias a la visión que usted tuvo sobre mi persona y gracias al consejo que le dió una persona, que si quería ser político, estuviese aquí, y aquí estoy.
 
 En cuanto al expediente, se trata de la cesión de uso de parcela dotacional educativa. Desde el Ayuntamiento se han dado cuenta que esta parcela no estaba inventariada, cuando en el año 2004, se hizo una actualización del Inventario, al igual que se hizo en 2008, y así sucesivamente.  Me gustaría decir, que al igual que usted persigue durante siete días y noche, a determinados ciudadanos, para entregarle una carta, debe igualmente trabajar esos días, para poner todos los recursos disponibles, para actualizar este Inventario de Bienes y Derechos.  Nuestro voto, sera favorable.
 
 Por el Sr. Concejal delegado de Educación, D. Antonio Marín Luque, antes de entrar en el asunto del orden del día, le indica a la Sra. Rendón, que antes de hacer labores de fiscalización, nos gustaría que hiciese labores de colaboración, pues siempre lanzar un atisbo de dudas sobre la gestión del Ayuntamiento, de ocultaciones, cuando en realidad nosotros no tenemos la mínima intención de hacer censuras previas, respecto a la publicación de los plenos.  Le informo que los plenos se empezaron a publicar en la pagina web, a partir de julio de 2004, se hicieron una serie de pruebas, y en el año 2005, no se publicaron ningún acta, y  a partir del 2006, es cuando se empezaron a publicar estas actas plenarias.  Nos pondremos en contacto con la Secretaría Municipal, en aras a que nos facilite las actas de pleno, para su posterior publicación en la pagina web. Nosotros no tenemos intención de ocultar nada.
 
 En cuanto al expediente de cesión de terrenos, informa que en diciembre del año 2006, se otorgó licencia municipal de obras, al ente de infraestructuras y servicios educativos, de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, para la ejecución de las obras de ampliación del CEIP "Guadalquivir", y pasar de convertirlo de un centro C-3 a un A-3, en su primera fase, o sea la construcción de tres aulas de educación infantil.  Dicho proyecto, se ejecutó sobre una parcela de titularidad municipal, dotacional - educativa, situada en la urbanización "El Santísimo", Dicha parcela estaba incluida en el proyecto de compensación, del citado Plan Parcial, y esta anotada en el Registro de la Propiedad de La Rinconada, en el tomo 1066, Libro 424, folio 223 y finca registral número 20.221, inscripción primera.  No se procedió, a su inscripción en el Inventario de Bienes y Derechos, ni a su cesión de uso a la Junta de Andalucía. Por lo tanto, es necesaria, darla de alta como bien demanial, afecta al servicio público, en el Inventario de Bienes y Derechos, y ponerla a disposición de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, mediante expediente de mutación demania subjetiva.  Esta puesta a disposición de la parcela es afecto de ampliación del actual centro escolar, ya construida. Dicha cesión del inmueble, se considerá resuelta, si el inmueble no se destinase a la construcción de un centro educativo, algo ya cumplido, pero igualmente si dejase luego, de ser usado como centro escolar, pasaría esa parcela, de nuevo, a ser propiedad del Ayuntamiento.  Con este acuerdo, se daría por terminado el tramite administrativo que en su día, no se realizó.  En cuanto a lo manifestado por el grupo popular, no pongo en duda, en trabajo arduo que desarrolla los técnicos de esta Casa, y posiblemente el error se haya producido, al dar licencia de obras por Junta de Gobierno Local al ISE, y en la labor de coordinación con ese organismo, se haya dejado atrás este tramite de cesión de uso de la parcela. Ahora se subsana la deficiencia de este documento.
 
 Tras el oportuno debate, seguidamente, se somete a votación esta propuesta, con el siguiente resultado:
 
  - Votos a Favor:   21, (14 PSOE, 4 P.P. y 3 I.U.)
 
 Visto que con fecha 26 de diciembre de 2006, se otorgó licencia municipal de obras, al Ente Público de Infraestructura y servicio educativo de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, para la ejecución de la ampliación del CEIP "Guadalquivir", para convertir del centro C-3 a centro A-3, primera fase. Dicho proyecto, se ejecutó sobre parcela de titularidad municipal, dotacional educativa, sito en la urbanización "El Santísimo".
 
  Visto que  en la  medida que este Ayuntamiento, dispone de una parcela educativa en la parcela DOT-1, en la urbanización "El Santísimo",  y con una superficie total de 2.575  metros cuadrados, colindante por el este, con el actual CEIP "Guadalquivir", en la que se ha ejecutado el proyecto de ampliación del citado proyecto, antes referido, se hace necesaria iniciar la tramitación administrativa  para la cesión de uso o puesta a disposición de la citada parcela, a la Consejería de Educación..
 
 Visto que la parcela de terreno a ceder, está situada  en el término municipal de La Rinconada, incluida en el Proyecto de Compensación del Plan Parcial de Ordenación Urbana SUP 2.01 "Santísimo", del término municipal de La Rinconada. Tiene una superficie  de 2.575 metros cuadrados y linda: al Norte, Colegio Público Guadalquivir; Sur, parcela RUE 1, vial peatonal y parcela SGEL-1; Este, Colegio público Guadalquivir y Oeste, parcela SGEL-4. Es de uso escolar. Edificabilidad máxima 1.287,5 metros cuadrados, número máxima de plantas 2.
 
  Que esta inscrita en el Registro de la Propiedad de La Rinconada, al Tomo 1066, Libro 424, Folio 223, Finca 20201, inscripción primera.
 
 Visto que esta parcela,  no está inscrita en el Inventario de Bienes y Derechos de la Corporación, por lo que se hace necesario, darla de alta como bien demanial, afecta al servicio público.
 
 Visto todo lo cual, se acuerda por unanimidad de los miembros que componen el Ayuntamiento Pleno, el siguiente acuerdo:
 
 Primero. Dar de Alta en el Inventario de Bienes y Derechos, con la calificación jurídica de bien demanial, afecta al servicio público, parcela de terreno a ceder a la Consejería de Educación,  situada  en el término municipal de La Rinconada, incluida en el Proyecto de Compensación del Plan Parcial de Ordenación Urbana SUP 2.01 "Santísimo", como suelo dotacional-1. Tiene una superficie  de 2.575 metros cuadrados y linda: al Norte, Colegio Público Guadalquivir; Sur, parcela RUE 1, vial peatonal y parcela SGEL-1; Este, Colegio público Guadalquivir y Oeste, parcela SGEL-4. Es de uso escolar. Edificabilidad máxima 1.287,5 metros cuadrados, número máxima de plantas 2.
 
 Segundo.  Poner a disposición de la Consejería de Educación, mediante expediente de mutación demanial subjetiva, parcela de terreno en el término municipal de La Rinconada,  incluida en el Proyecto de Compensación del Plan Parcial de Ordenación Urbana SUP 2.01 "Santísimo", como suelo dotacional-1. Tiene una superficie  de 2.575 metros cuadrados y linda: al Norte, Colegio Público Guadalquivir; Sur, parcela RUE 1, vial peatonal y parcela SGEL-1; Este, Colegio público Guadalquivir y Oeste, parcela SGEL-4. Es de uso escolar. Edificabilidad máxima 1.287,5 metros cuadrados, número máxima de plantas 2.
 
  Esta inscrita en el Registro de la Propiedad de La Rinconada, al Tomo 1066, Libro 424, Folio 223, Finca 20201, inscripción primera.
 
 Esta puesta a disposición de la parcela, es a efecto de ampliación del actual CEIP "Guadalquivir".
 
 Se considerá resuelta la cesión del inmueble (mutuación demanial subjetiva), si el inmueble no se destinase a la ampliación de un centro de educación infantil y primaria, en un plazo máximo de cinco años, o dejase posteriormente de ser usado como centro escolar. .
 
 Tercera. Facultar al Sr. Alcalde, para la realización de cuantas gestiones sean necesarias para la ejecución de este acuerdo, en especial para la firma del correspondiente convenio administrativo de mutación demanial subjetiva.
 
 Cuarto. Dar cuenta de este acuerdo, al Sr. Delegado de la Consejería de Educación, para su debido conocimiento y efectos oportunos.

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