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15/10/2009 PLENO ORDINARIO DE 15 DE OCTUBRE DE 2009

TERCERO. -APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PERI UE/UR-3 "EL CASTELLÓN".

Por el Sr. Secretario General, se da cuenta del dictamen favorable de la comisión informativa de urbanismo, a propuesta del Instituto Municipal de Planeamiento y Suelo, por la que se propone la aprobación definitiva del Plan Especial UE/UR-3, "El Castellón", promovido por la comunidad de propietarios "El Castellón", y redactado por los Srs. Arquitectos, Don José Antonio Quintanilla e Isidro Quintanilla, número de visado, 08/007752-T001.
Por el Sr. Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida, Don José Guerra Moreno, expone que analizado el expediente, y al respecto no tenemos nada que alegar, en cuanto a la tramitación técnica y administrativa. Se aprobó inicialmente, el 4 de Noviembre de 2008, se aprueba provisionalmente, el día 7 de julio de 2009, y no se han producido alegaciones al expediente, según consta en un certificado del Sr. Secretario General, durante la exposición pública. También consta en el expediente, informe favorable de la Sra. Arquitecta Municipal, y por parte de la Junta de Andalucía, hay una Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, en Sevilla, favorable a la aprobación de este Plan Especial de Reforma Interior del Castellón. Nosotros vamos a mantener el voto favorable. Nos alegra de que sectores como el "Castellón", que son asignaturas pendientes, salgan para adelante, y darle la enhorabuena a los vecinos, que dan un paso más para su regularización. Espera que otras Urbanizaciones que están pendientes de legalizar, sigan este ejemplo. Es un sector, que tiene 68.000 metros cuadrados, donde van a ir 45 viviendas y 53 aparcamientos públicos.
 
Por la Sra. Portavoz del Grupo Popular, Doña Virginia Pérez Galindo, expone que analizado el expediente, vamos a votar a favor. Queremos hacer hincapié en una reflexión, felicitando en primer lugar a los vecinos del Castellón, y animar el resto de los vecinos, que se encuentran en situaciones similares, en cuestión de regularización de zonas ilegales o irregulares, que den pasos para adelante, y animarlos para que así lo hagan.

Por el Sr. Concejal delegado de Urbanismo, Don Cristóbal Blázquez Sánchez, explica que la urbanización del Castellón, se encuentra al Noroeste del núcleo de San José, forma un conglomerado, con otras urbanizaciones, como la Jarilla Residencial y la Industrial, y en el actual PGOU de La Rinconada, está clasificado como suelo urbano no consolidado, y es una de las urbanizaciones que habían iniciado su proceso de regularización. El PERI, ha sido promovido, por la comunidad de propietarios, y vecinos del Castellón, fue aprobado inicialmente en junta de gobierno, el día 4 de Noviembre de 2008, no sufrió alegaciones en el periodo abierto para las mismas, y con fecha de 24 de agosto, se emite informe perceptivo y positivo, por parte de la Delegación Provincial de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio. Por todo ello, hoy procede su aprobación definitiva. La superficie del Castellón, alcanza 68.000 metros cuadrados, de los cuales 54.900, tienen un uso residencial, y el resto, aproximadamente 13.000 metros cuadrados, son de uso público, entre viario, dotacional, y espacios libres. Mostramos nuestra satisfacción, porque es una urbanización que ha dado un paso, trabajando con los vecinos, codo con codo, y vamos a seguir trabajando, para que todo el proceso, siga su curso normal. Ahora, vendrá Junta de Compensación, proyecto de reparcelación y urbanización. Espera, que el Castellón, pueda ser urbano y que termine todo su proceso.

Seguidamente, se somete a votación, la citada propuesta con el siguiente resultado:
Votos a Favor: 21 (15 PSOE, 3 P.P y 3 I.U).

Visto que la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla, aprobó, en su sesión de 29 de Junio de 2007, con carácter definitivo la revisión del Plan General de Ordenación Urbana de la Rinconada. Por acuerdo plenario en sesión celebrada el día 17 de Septiembre, se aprobó el Texto Refundido del citado documento de revisión.
Visto que el citado documento de la revisión del Plan General, clasifica la superficie correspondiente al ámbito de actuación del Plan Especial de Reforma Interior R-3 "El Castellón", como suelo urbano no consolidado, de uso residencial.

Visto que el citado Plan Especial de Reforma Interior, ha sido promovido, por la comunidad de propietarios de la citada urbanización, que ha sido redactado por los Srs Arquitectos, Don Isidro y Don José Antonio Quintanilla, y que tiene por objeto el desarrollo de las determinaciones establecidas en el Plan General de Ordenación Urbanística de La Rinconada, mediante la ordenación detallada de los terrenos incluidos en la Unidad de Ejecución UE/UR-3, "El Castellón", para su posterior desarrollo.

Visto el Informe de la Sra. Arquitecta Municipal, favorable para la aprobación inicial, con la salvedad de rectificación del punto quinto del informe
Que el citado documento fue sometido a información pública, mediante anuncio en el BOP número 300, de 29 de Diciembre de 2008, y en el periódico, Diario de Sevilla de 25 de Noviembre de 2008,. Así mismo ha estado expuesto en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, y que no se han presentado alegaciones al mismo.

Que se han recabado informes sectoriales de la compañía suministradora de energía eléctrica, Sevillana Endesa, de abastecimiento de agua potable y saneamiento, Emasesa Metropolitana, y de la empresa suministradora de telefonía, Telefónica de España S.A.
 
Igualmente consta informe favorable emitido por la Agencia Andaluza de Agua de la Consejería de Medio Ambiente.
Visto que por parte de los Señores Arquitectos redactadores del Plan Especial, han presentado documentación complementaria al documento de aprobación inicial, en relación a la necesidad de corregir el documento aprobado inicialmente, conforme a las indicaciones del informe de la Sra. Arquitecta Municipal.

Visto que por la Sra. Arquitecta Municipal, Doña Maria del Mar Mora Gutiérrez, se emite informe favorable, de fecha 3 de Julio de 2009, para el trámite de aprobación provisional.
Visto que por la Delegación Provincial de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio de Sevilla, de fecha 24 de agosto de 2009, se ha emitido informe técnico favorable, conforme a lo establecido en el artículo 31.2.c) de la Ley 7/2002.

Visto que el artículo 14 de Ley 7/2003, de Ordenación Urbanística de Andalucía, dispone que los Planes Especiales, tiene entre otras finalidades la de establecer la ordenación detallada de las áreas urbanas sujetas a actuaciones u operaciones integradas de reforma interior, para la renovación, mejora, rehabilitación o colmatación de las mismas.
Que los Planes Especiales, tendrán por objeto, cualquiera de las finalidades del artículo 14.1 de la LOUA, cuando se formulen en desarrollo de Planes Generales de Ordenación Urbanística.

Que los Planes Especiales desarrollan y complementan las determinaciones del Plan General de ordenación urbanística, pudiendo modificar las pertinentes a su ordenación pormenorizada potestativa.

Que los Planes Especiales, tendrán el contenido necesario y adecuado a su objeto y deberán redactarse con el mismo grado de desarrollo, en cuanto a documentación y determinaciones, que los instrumentos de planeamiento que complementen o modifiquen.

Que en ningún caso podrán los Planes Especiales sustituir a los Planes Generales de Ordenación Urbanística, en su función de instrumentos de ordenación integral del territorio, sin perjuicio de las limitaciones de uso que puedan establecer.

Que el Artículo 77 del Reglamento de Planeamiento urbanístico, regula la documentación que debe tener un Plan Especial.
Visto que el Artículo 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se determina el procedimiento y tramitación de los instrumentos de planeamiento.

Visto que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 7/2002, en relación a lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley de Bases de Régimen local, los acuerdos de aprobación definitiva de todos los instrumentos de planeamiento se publicaran en el Boletín Oficial correspondiente y las Corporaciones Locales publicaran las normas urbanísticas en el BOP, y no entraran en vigor hasta que se haya publicado completamente su texto y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley Reguladoras de las Bases de Régimen Local.

Visto que en cuanto a la competencia para la aprobación definitiva del Plan Especial, corresponde al Ayuntamiento Pleno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.2.c) de la Ley de Bases de Régimen Local, se acuerda por unanimidad lo siguiente:
 
Primero. Aprobar definitivamente la documentación técnica denominada "del Plan Especial de Reforma Interior, correspondiente a la Unidad de Ejecución UE/UR-3 "El Castellón", promovido por la comunidad de propietarios "El Castellón", y redactados por los señores arquitectos, Don José Antonio Quintanilla e Isidro Quintanilla, número de visado, 08/007752-T001, así como la documentación complementaria aportada por los Sres. Arquitectos, redactadotes del Plan Especial de Reforma Interior.

Segundo. Proceder a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, del presente acuerdo, y del texto íntegro de la Ordenanza urbanística, previa inscripción en el Registro Municipal de Planeamiento y Suelo.
Tercero. Dar traslado de este acuerdo al Sr. Presidente de la Comunidad de Propietarios y a los propietarios del sector afectados para su debido conocimiento y efectos oportunos.

Cuarto. Dar cuenta de este acuerdo, a la Unidad de Rentas para su debido conocimiento y efectos oportunos.
 

 

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