15/01/2010 PLENO ORDINARIO DE 15 DE ENERO DE 2010
QUINTO.- APROBACIÓN PROVISIONAL ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE Y OTRAS ACTIVIDADES CONEXAS AL MISMO.
Por el Sr. Secretario General, se da cuenta del dictamen favorable de la Comisión Informativa de Urbanismo, por la que se propone la aprobación provisional, para modificar la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de abastecimiento de agua potable y otras actividades conexas al mismo, a propuesta del acuerdo adoptado por el consejo de administración, celebrado el día 11 de Diciembre de 2009.
Por el Sr.Portavoz del grupo municipal de Izquierda Unida, Don José Guerra Moreno, expone que en el pasado mes de Noviembre, aprobamos provisionalmente las ordenanzas fiscales de las tasas que gestiona Emasesa, pero el pasado 11 de diciembre, en el seno del consejo de administración de esta empresa metropolitana, se ha llegado a un acuerdo, donde se modifica parcialmente la ordenanza aprobada en el mes de noviembre. Se modifica el artículo 7.3 y el 10, y a su vez ampliar con un nuevo apartado, el artículo décimo. Vamos a votar a favor, porque supone un beneficio para los usuarios, pues se habilita un plazo de seis meses, en la que el importe de la fianza se reduce a 3.01 €, y a su vez se establecen nuevas bonificaciones, además de las que se hacen por el pago de los recibos a través de entidades bancarias, o por modo electrónico, se establece una bonificación de 18 €, a la factura trimestral para aquellos usuarios, que durante el año 2010, cambie su suministro de contador colectivo a individual. Por ello votamos a favor, pero pedimos que se dé la máxima publicidad, para que nuestros vecinos, conozcan estas modificaciones de la Ordenanza, y puedan beneficiarse de estas medidas.
Por la Sra. Portavoz del grupo popular, Doña Virginia Pérez Galindo, se expone que ya se ha explicado cuales son las modificaciones de esta Ordenanza Fiscal, que ya aprobamos el pasado mes de Noviembre, volviendo a apoyarlas.
Por la Sra. Concejal delegada de Hacienda, Doña Pilar García Extremera, explica que el pasado mes de Noviembre, aprobamos la modificación de estas ordenanzas fiscales, para el ejercicio económico 2010, correspondiente a las tarifas de Emasesa, a su vez, estas modificaciones fueron acompañadas por una intensiva campaña de difusión, pues era objetivo de la empresa, beneficiar a los ciudadanos que hicieran un consumo razonable de agua, aplicándoles tarifas bonificadas. Para ello, era necesario trabajar en tres aspectos, en primer lugar, se debía verificar el número de personas empadronadas en cada una de las viviendas, comunicar por parte de cada vecino, los cambios se produjesen por ese empadronamiento, y que a su vez, que la titularidad de los contratos, coincidiera con algunas de las personas empadronadas. Se ha hecho, una campaña de difusión tanto a nivel provincial como local, y en la que utilizamos nuestros medios de comunicación, que se pusieron a disposición de Emasesa, y a su vez, hubo una comunicación directa a todos los ciudadanos-as de la localidad.
Posteriormente, en el mes de diciembre, en el seno de un consejo creado para hacer el seguimiento de este proceso, planteado en el último trimestre del año, detectaron que había que incentivar que los contratos con contador colectivo, a individuales, se planteó una serie de medidas complementarias, que vienen a enriquecer más, esas bonificaciones ya contempladas en la Ordenanza. Son dos nuevas aportaciones, que no correcciones, que se incorpora a la Ordenanza, para 2010, primero, se incentiva, el cambio de titularidad de los contratos, reduciendo el importe de la fianza, para evitar que esto, suponga un elemento distorsionado, y se mantiene esta reducción de la fianza, durante seis meses. La finalidad de esta medida, es que los contratos, estén a nombre de alguna persona empadronada. Igualmente, se potencia, el pase de los contratos de contador colectivo, a individuales, estableciéndose una bonificación de 18 € trimestrales, durante un año.
Por lo tanto, con estas modificaciones, que las aprueba el Consejo de Administración de Emasesa, y nosotros posteriormente la ratificamos, para que se incorpore a las Ordenanzas Fiscales, tienen carácter incentivador, y en ningún caso, van a gravar, a los ciudadanos.
Por último, decir, que se ha dado una amplia difusión a las modificaciones de la Ordenanzas Fiscales de las tasas que gestiona Emesesa, al igual que se hará con estas nuevas bonificaciones. El cruce de datos, entre el Ayuntamiento y Emasesa, en el mes de diciembre, se encontraba en el 73 por ciento. Por lo que antes del siguiente periodo de facturación, la mayor parte de los vecinos de la localidad, tendrá ese consumo real, adaptado al número de personas empadronadas en su domicilio.
Tras el oportuno debate, se somete a votación, esta propuesta, con el siguiente resultado:
Votos a Favor: 20 (14 PSOE, 3 P.P y 3 I.U).
Visto todo lo cual, se acuerda por unanimidad de los miembros asistentes que componen el Ayuntamiento Pleno, el siguiente acuerdo:
Primero.- Aprobar Provisionalmente la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por prestación del servicio de abastecimiento domiciliario de Agua Potable y otras actividades conexas al mismo, por el que se modifica los artículos 7.3 y 10, conforme a la propuesta aprobada por el consejo de administración acordado en sesión celebrada el día 11 de diciembre de 2009.
Segundo.- Someter el expediente a trámite de información pública, durante el plazo de treinta días hábiles, mediante la inserción del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, Tablón de Edictos, y un periódico de los de mayor circulación de la provincia, al objeto de que puedan presentarse reclamaciones y sugerencias al mismo.
En caso de que no se presenten alegaciones, el acuerdo provisional se considerará aprobado definitivamente.
Tercero.- Publicar el texto íntegro de las ordenanzas con sus modificaciones, si las hubiere, en el Boletín Oficial de la Provincia, para su entrada en vigor.