En cumplimiento de lo establecido en el art. 9.º de la Orden HAP/2427/2015, de 13 de noviembre, por la que se aprueban las bases y la primera convocatoria para la selección de Estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado que serán cofinanciadas mediante el programa operativo FEDER de crecimiento sostenible 2014-2020, para que los gastos de las operaciones propuestas sean considerados elegibles, deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Sean conformes con la normativa local, autonómica, nacional y comunitaria aplicables, y en concreto, con la Orden HFP/1979/2016, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas operativos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional para el periodo 2014-2020.
- Sean reales y abonados con cargo a la operación cofinanciada.
- Se haya realizado para el desarrollo de las operaciones aprobadas en las líneas de actuación para las que se hayan concedido las ayudas.
- Sean adecuados a los objetivos y prioridades definidos en la presente convocatoria.
- Exista constancia documental sobre su realización mediante factura o documento contable de valor probatorio equivalente, de modo que puedan ser verificables.
- Estén relacionados de manera indubitada con la actividad a desarrollar y sean necesarios para el desarrollo de las operaciones seleccionadas.
- Estén efectuados durante el periodo de ejecución de la operación que en ningún caso podrá haber sido iniciada antes del 1 de enero de 2014.
- Que los pagos correspondientes se hayan hecho efectivos desde el 1 de enero de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2022. No obstante, las operaciones no deberán haber concluido antes de la fecha de la resolución de concesión de ayudas.
En todo caso, las operaciones no deberán haber concluido antes de la fecha de la presentación de la solicitud por parte del beneficiario.