Estar por debajo de 1.000 casos por cada 100.000 habitantes implica que la hostelería y el comercio no esencial pueda volver a abrir sus puertas a partir de mañana, como confirmó el Comité de Alerta de Salud Pública de la Junta de Andalucía
Visto que, en el municipio de La Rinconada, en reunión celebrada el 12 de
febrero, por el Comités Territoriales de Alerta de Salud Pública de Alto
Impacto de Sevilla, ha bajado su incidencia, pasando de municipio nivel cuatro,
grado dos, a nivel cuatro, grado uno, quedándose la incidencia acumulada en 862
contagios por 100.000 habitantes. Por lo tanto, en día de la fecha, La
Consejería de Salud, a través de la Delegación Territorial, ha aprobado que, a
partir del sábado, día 13 de febrero, a las 00:00 horas, podría abrir la
hostelería y la actividad no esencial en La Rinconada hasta las 18:00 horas,
aunque continúa el cierre perimetral del municipio, tal y como recoge el BOJA
tras la reunión del Comité de Alerta de Salud Pública de la Junta de Andalucía,
que ha resuelto dejar sin efecto las resoluciones
actualmente vigentes y valorar todos los municipios en función de la tasa de
incidencia actualizada a fecha de hoy. La vigencia de las medidas será de 7
días, hasta la noche del viernes 19 de febrero.
Visto que el pasado 25 de octubre el Gobierno de la Nación aprobó el Real
Decreto 926/2020 por el que se declara el estado de alarma para contener la
propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, con el fin de hacer
frente a la tendencia ascendente del número de contagios y casos confirmados de
coronavirus (COVID-19), así como contener la progresión de la enfermedad y reforzar
los sistemas sanitarios y sociosanitarios. De conformidad con lo dispuesto en
el artículo 2.2 del citado Real Decreto, en cada comunidad autónoma y ciudad
con Estatuto de autonomía, la autoridad competente delegada será quien ostente
la presidencia de la comunidad autónoma o ciudad con Estatuto de autonomía, en
los términos establecidos en dicho real decreto. Por su parte el apartado 3 del
referido artículo establece que las autoridades competentes delegadas quedan
habilitadas para dictar, por delegación del Gobierno de la Nación, las órdenes,
resoluciones y disposiciones para la aplicación de lo previsto en los artículos
5 a 11.
Ante la incidencia que presenta La Rinconada, los protocolos determinan las siguientes medidas: