SAC
Servicio de Atención a la Ciudadanía

Ayuntamiento

Actividad de plenos

12/12/2023 PLENO ORDINARIO 20 DE NOVIEMBRE DE 2023

CUARTO.- APROBACIÓN GASTO AMPLIACIÓN CAPITAL SOCIAL SODERINVEINTIUNO DESARROLLO Y VIVIENDA, S.L.U.

 Por el Sr. Secretario General se da cuenta de dictamen favorable de la comisión informativa de Política Económica, Desarrollo y Empleabilidad, por la que se propone la aprobación de un gasto por importe de 2.900.018,00 €, para financiar ampliación de capital social por pare del Ayuntamiento como accionista único de Soderin Veintiuno, Desarrollo y Vivienda SAU, como medida de apoyo financiero a sus inversiones en Urbanismo y Vivienda protegida en alquiler. Ello supondrá la emisión de 19.300 nuevas acciones nominativas, representadas por títulos de 150,26 euros de valor nominal, de la misma serie y clase que las anteriores y numeradas correlativamente del 127.023 al 146.322 ambos inclusive

Por el Sr. Concejal del grupo mixto Vox, Don Amador Martínez García, reitera su apoyo a esta propuesta ya debatida y aprobada con ocasión del expediente de modificación presupuestaria.

Por la Sra. Concejal del grupo municipal con IU-Podemos, Doña Sheila Guerrero Garzón expone Buenos días a todas las rinconeras y rinconeros, presentes y oyentes. Notarán que hoy la voz de este grupo se concentra en mi persona, debido a contratiempos de salud de mi compañero, al que espero una pronta mejoría. Este punto fue debatido y aprobado en el pleno del pasado mes y también por la Comisión de Participación Ciudadana compuesta por el tejido asociativo de nuestro municipio y a la que queremos agradecer su compromiso para la consecución de las necesarias prácticas de buen gobierno y transparencia.

Esta ampliación de capital consiste en la emisión de 19.300 nuevas acciones por un valor nominal de 150 € por acción y que conlleva el refuerzo de 2,9 millones de euros por parte del municipio (con recursos propios) a la empresa pública SODERIN.

La finalidad de esta ampliación es la necesidad de financiar las viviendas públicas que se están ejecutando actualmente, además de otros compromisos de la sociedad SODERIN para la puesta en marcha de la próxima fase de Pago de Enmedio.

Esta ampliación de capital por parte del Ayuntamiento, como accionista único de SODERIN está motivada como medida de apoyo financiero a sus inversiones en urbanismo, principal y prioritariamente, a vivienda protegida de alquiler social asequible.

A nadie se le escapa que, ante la emergencia habitacional, es necesario reforzar los mecanismos públicos ante el inaccesible mercado de vivienda privada, que está fuera del alcance y posibilidades de gran parte de nuestra población.

Por todo lo anterior, es prioritario para nuestro Grupo Municipal dotar de recursos a SODERIN para poder dar respuesta a muchas personas que necesitan de un lugar para vivir pero que no pueden hacer frente a los costes de una vivienda en el mercado inmobiliarios privado debido a los altos precios.

Ante estas dificultades de acceso a la vivienda, es necesario reforzar, pero también blindar SODERIN.

Aprovechamos el presente Pleno para volver a ofrecer torda nuestra colaboración para el estudio de una profunda transformación de la empresa mercantil SODERIN en agencia municipal, con el objetivo de suprimir el riesgo de esta situación que motiva las continuas ampliaciones de capital de la sociedad.

Ya hemos expresado en otras ocasiones nuestra preocupación ante la forma mercantil de SODERIN, como si de cualquier otra empresa privada se tratase y que conlleva el riesgo de intervención ante pérdidas económicas durante dos años consecutivos, al estar sujeta a la normativa aplicable a cualquier otra empresa mercantil o privada y causa, importantísima también, por la que hay que recurrir a estas continuas medidas de apoyo financiero por parte del ayuntamiento.

Por el Sr. Concejal del grupo municipal popular, Don José Enrique Soriano Baena expone, en relación con este punto, la ampliación de capital de Soderín ya ha sido ampliamente debatida entre los Grupos Municipales en las dos últimas Comisiones de Economía y en el último Pleno municipal celebrado el mes pasado. El punto que venimos a tratar es una mera formalidad para culminar el proceso de ampliación.

El Grupo Popular, sigue en la posición que hizo pública en los organismos antes mencionados y, por tanto, anuncia que votará a favor de la propuesta que se trae en este punto.

Por la Sra. Concejal delegada de Hacienda, Doña Raquel Vega Coca, expone que la propuesta consiste en la aprobación de gasto para la ampliación de capital social de la sociedad municipal, Soderin Veintiuno. Se trata de una empresa municipal viable y con una trayectoria a sus espaldas. Tiene en su haber, el haber promovido y construido más de mil viviendas protegidas en el municipio y en especial en régimen de alquiler social. A diferencia de otras empresas municipales que tiene el mismo objeto social, la nuestra sigue viva y presta un apoyo más allá del desarrollo económico y vivienda al Ayuntamiento. Tiene ideas y apoya a otras áreas municipales, como son las áreas de Hábitat Urbano, de Ordenación del Territorio y el de Agenda 20/30. Por ello indico que nuestra sociedad, tiene larga vida por delante, cumpliendo con los pagos de sus obligaciones.

Esta ampliación de capital, viene motivado por el proyecto ambicioso de seguir construyendo vivienda protegida y seguir generando oportunidades para las familias y en especial para los jóvenes.

Hemos tenido que sortear cuatro crisis económicas durante los últimos años, como fueron la crisis financiera, la crisis del sector del ladrillo, una pandemia y el impacto económico derivado de la Guerra de Ucrania, y aun así se plantea iniciativas por la sociedad municipal para seguir ejecutando proyectos de vivienda protegida, y concretamente de alquiler, que casi nadie hace actualmente en España. Por eso, se plantea una nueva promoción valorada en 3.6 millones de euros, en la que hemos recibido una subvención a través de una convocatoria de la Junta, pero que los fondos son esencialmente estatales, de cerca de un millón de euros. El resto de la financiación la hemos obtenido de una entidad financiera que plantea una serie de condiciones para que la sociedad dote de recursos a través de esta ampliación de capital social, en la fase dos de esta promoción, ya iniciada. Queremos que nuestra jóvenes y familias puedan tener oportunidades de acceso a una vivienda de alquiler con una renta mensual que puede oscilar entre 150 € a 250 €.
El resto de la ampliación del capital social, está ligado al cumplimiento de nuestras obligaciones con entidades o empresas suministradoras, como puedan ser Emasesa o Endesa para desarrollar los hitos de inversión del Pago de Enmedio y, por otro lado, con AVRA, para desarrollar el convenio, que nos permite afrontar proyectos de rehabilitación en el parque público autonómico de la propia empresa AVRA. Estamos asegurando el cumplimiento de nuestras obligaciones respecto a la segunda fase de la urbanización del Pago de Enmedio. Estamos preparándonos para en el futuro seguir generando oportunidades para adquirir la primera vivienda, que es una de las principales preocupaciones de nuestros jóvenes.

Tras el oportuno debate, seguidamente, se somete a votación esta propuesta con el siguiente resultado:

Votos a favor: 19 (15 PSOE, 2 P.P., 1 Con IU-Podemos y 1 grupo mixto)

Visto que el Ayuntamiento de La Rinconada, es titular del capital social de la Sociedad Municipal Soderin Veintiuno Desarrollo y Vivienda, S.A.U. que tiene encomendada, entre otras competencias, las relativas a vivienda, así como tiene atribuida la condición de medio propio y servicio técnico, para la realización de las prestaciones objeto del encargo.

Visto la necesidad de aumentar el capital social de la Sociedad Municipal Soderin Veintiuno de Desarrollo y Vivienda, en la cantidad de una ampliación de capital de la sociedad de 2.900.018,00 euros. Ello supondrá la emisión de 19.300 nuevas acciones nominativas, representadas por títulos de 150,26 euros de valor nominal, de la misma serie y clase que las anteriores y numeradas correlativamente del 127.023 al 146.322 ambos inclusive.

Visto que el objeto final de esta ampliación de capital se encuentra con más concreción vinculado a las siguientes cuestiones:

• Complementar la financiación para la inversión en la construcción de las 24 VPO destinadas a alquiler asequible que se está desarrollando en la UE R-5 “Rinconada Centro”.
• Hacer frente a los pagos de los compromisos derivados del Convenio con e-Distribución Redes Digitales para el desarrollo de las infraestructuras eléctricas necesarias para la puesta en carga y urbanización del SUNS/UUI-2 Pago de En medio.
• Apoyo financiero para el abono de los préstamos hipotecarios que financian las inversiones en edificios de viviendas y naves destinados al alquiler.
• Facilitar el pago final del convenio con EMASESA de las obras de conexión exterior del saneamiento Primer Sector de pago de Enmedio.
• Apoyo financiero para el abono del compromiso de pago de la próxima anualidad de 400.000,00€ derivada del acuerdo suscrito con AVRA para el abono del 50% correspondiente a SODERIN de la urbanización del Primer Sector de Pago de Enmedio.

Visto que como consecuencia de la ampliación del capital social, se hace necesario aprobar la modificación del artículo 5º de los estatutos sociales, para que proceda a ajustarse el capital social a esta ampliación que en adelante, queda redactado en la forma siguiente:

“Artículo 5º.- El capital social se fija en la cantidad de VEINTIUN MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES EUROS CON SETENTA Y DOS CÉNTIMOS (21.986.343,72 euros), dividido en 146.322 acciones nominativas de 150,26 euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 1 a la 146.322 ambas inclusive. El capital social se encuentra totalmente suscrito e íntegramente desembolsado”.

Visto que por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 16 de octubre de 2023, se acordó aprobar inicialmente el expediente de modificación presupuestaria por créditos extraordinarios GEST-DOC 17.170/2023, por cuantía total de 3.770.018,00 euros, de las que se incluía  crear  una  partida para financiar ampliación de capital social por pare del Ayuntamiento como accionista único de Soderin Veintiuno, Desarrollo y Vivienda SAU, como medida de apoyo financiero a sus inversiones en Urbanismo y Vivienda protegida en alquiler, por cuantía de 2.900.018,00 €. Aplicación Presupuestaria 0201-15210-85030. Se financia a cargo del remanente de tesorería para gastos generales.

Sometido el expediente de modificación presupuestaria a información Pública durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de 24 de octubre de 2023 al objeto de que pueda ser examinado, y en su caso, presentarse las reclamaciones y sugerencias que se estimen oportunas, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 150 en relación al artículo 158 de la Ley 39/88, de 28 de Diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, no se han presentado alegaciones, por lo que el citado acuerdo plenario se entiende aprobado de forma definitiva.

Visto que el artículo 85.ter de la Ley de Bases de Régimen Local, determina el régimen jurídico y funcionamiento de las sociedades mercantiles, determinando que podrá adoptar una de las formas de la sociedad mercantil de responsabilidad limitada, y en la escritura de constitución constará el capital que deberá ser aportado íntegramente por la entidad local o un ente público de la misma.
Visto que el artículo 38 de la Ley 5/2010 de la Autonomía local, determina que las sociedades mercantiles locales tendrán como objeto la realización de actividades o la gestión de servicios de competencia de la entidad local.
Visto que la sociedad mercantil local deberá adoptar alguna de las formas de sociedad mercantil con responsabilidad limitada y su capital social será íntegramente de titularidad directa o indirecta de una entidad local.
Visto que los estatutos deberán ser aprobados por el Pleno de la entidad local que se constituirá como Junta General de la sociedad, y publicados con carácter previo a la entrada en funcionamiento de la sociedad, en ellos se determinará la forma de designación y funcionamiento del Consejo de administración, los demás órganos de dirección de la misma y los mecanismos de control que en su caso correspondan a los órganos de la entidad local.
Visto que el Real Decreto Legislativo 1/2010 de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, en su artículo 295 establece, que el aumento del capital social podrá realizarse por creación de nuevas participaciones o emisión de nuevas acciones o por elevación del valor nominal de las ya existentes. En ambos casos, el aumento del capital podrá realizarse con cargo a nuevas aportaciones dinerarias o no dinerarias al patrimonio social, incluida la aportación de créditos contra la sociedad, o cargo a beneficios o reservas que ya figurasen en el último balance aprobado.
Visto que conforme al artículo 296 del citado texto legal, el aumento del capital social habrá de acordarse por la Junta General con los requisitos establecidos para la modificación de los estatutos sociales. En las sociedades anónimas, el valor de cada una de las acciones de la sociedad una vez aumentado el capital, habrá de estar desembolsado en una cuarta parte como mínimo.
Visto que la modificación de los Estatutos Sociales que se realice como consecuencia del aumento del capital social, deberá escriturarse conforme al artículo 158 del Reglamento del Registro Mercantil en relación con el artículo 166 del citado texto legal.
Que a tal efecto se adoptará acuerdo  por la Junta General,  en sesión  de fecha 20 de noviembre de 2023,  el siguiente acuerdo:
Aumentar el capital social en una cuantía de 2.900.018,00 euros. Ello supondrá la emisión de 19.300 nuevas acciones nominativas, representadas por títulos de 150,26 euros de valor nominal, de la misma serie y clase que las anteriores y numeradas correlativamente del 127.023 al 146.322 ambos inclusive, desembolsadas en efectivo en su totalidad en un solo plazo, por el socio único de la sociedad, el Ayuntamiento de La Rinconada.
Segundo. - Como consecuencia de ello, aprobar la modificación del artículo 5º de los estatutos sociales, que, en adelante, queda redactado en la forma siguiente:
“Artículo 5º.- El capital social se fija en la cantidad de VEINTIÚN MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES EUROS CON SETENTA Y DOS CÉNTIMOS (21.986.343,72 euros), dividido en 146.322 acciones nominativas de 150,26 euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 1 a la 146.322 ambas inclusive.
El capital social se encuentra totalmente suscrito e íntegramente desembolsado”.
Visto todo lo cual, se acuerda por unanimidad de los miembros asistentes que compone el Ayuntamiento Pleno el siguiente acuerdo:
Primero. - Aprobar un gasto para financiar la ampliación del capital social de la sociedad municipal, Soderin Veintiuno, de Desarrollo y Vivienda SAU por cuantía de 2.900.018,00 euros para. Ello supondrá la emisión de 19.300 nuevas acciones nominativas, representadas por títulos de 150,26 euros de valor nominal, de la misma serie y clase que las anteriores y numeradas correlativamente del 127.023 al 146.322 ambos inclusive, desembolsadas en efectivo en su totalidad en un solo plazo, por el socio único de la sociedad, el Ayuntamiento de La Rinconada, dentro de la anualidad 2023.
Segundo. - Dar cuenta de este acuerdo al Sr. Interventor y al Sr. Tesorero, para su debido conocimiento y efectos oportunos.

Este sitio web usa cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y recoger información sobre su navegación. Si pulsa "aceptar" o continua navegando consideraremos que admite el uso e instalación en su equipo o dispositivo. Encontrará más información en nuestra Política de Cookies.