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Actividad de plenos

17/11/2008 PLENO ORDINARIO DE 17 DE NOVIEMBRE DE 2008

PUNTO SEXTO. APROBACIÓN DEFINITIVA DE ESTUDIO DE DETALLE UE-R7 "MAESTRO MORILLO".

Por el Sr. Secretario General, se da cuenta del dictamen favorable de la Comisión Informativa de Urbanismo a propuesta del Instituto Municipal de Planeamiento y Suelo, por la que se propone la aprobación definitiva de la documentación técnica denominada "Estudio de Detalle para la Unidad de Ejecución, R-7 del documento de revisión del Plan General, redactado por el Sr. Arquitecto, Don Ángel Prado González.
 Por el Sr. Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida, Don José Guerra Moreno, indica que esta actuación, proviene de un expediente de expropiación por mutuo acuerdo alcanzado con los propietarios del sector. Los objetivos, de esta actuación, son la ejecución de un equipamiento, la apertura del callejón existente, para conectarlo con Carretera Nueva, y además es una actuación, que venía ya detallada en el documento del Plan General del año 2000, el cual votamos a favor. Consta en el expediente, que durante la exposición pública, ni ha habido ningún tipo de alegaciones al mismo.
Por la Sra. Portavoz del Grupo Popular, Doña Virginia Pérez Galindo, expone que estamos todos de acuerdo, con la dignificación de aquella zona degradada. No existe alegaciones, y los informes técnicos son favorables, por lo que nuestro voto, es favorable.
 Por el Sr. Concejal del grupo municipal socialista, Don Cristóbal Blázquez Sánchez, explica que conforme a lo dispuesto en el artículo 17 de la LOUA, los Estudios de Detalles tienen por objeto, establecer la ordenación de los volúmenes y trazado del viario secundario, la localización de las dotaciones públicas, fijar las alienaciones y rasantes de los viarios, así como reajustarlas. Estos suelos, de la trasera de este Ayuntamiento, llegan a la propiedad municipal, mediante un proceso de expropiación, mediante acuerdo con todos los propietarios del sector, y que se ha tramitado a la largo de esta legislatura.
 El Estudio de Detalle, fue aprobado inicialmente por junta de gobierno local, de fecha 8 de Julio de 2008, y tras haber pasado el trámite administrativo de exposición pública, y sin haber recibido ningún tipo de alegaciones, procede a su aprobación definitiva. Entre sus objetivos fundamentales, persigue el conectar mediante un callejón la calle Pureza con la Carretera Nueva, el dotar de nuevos espacios para dotaciones, en este caso para la ampliación de este Ayuntamiento, y hace una reserva para la construcción de cinco viviendas en renta libre. El ámbito de actuación de la unidad, tiene una extensión de 1838 metros cuadrados, de los que la parcela dotacional para ampliar este Ayuntamiento, ocupa 508 metros cuadrados. Existe otra parcela dotacional, para plaza pública, de 328 metros cuadrados, y una parcela residencial, de 612 metros cuadrados y viarios con una superficie de 390 metros cuadrados.
 Detrás de este Estudio de Detalle, existe unas connotaciones políticas, pues se pretende dotar al casco histórico, con una serie de dotaciones y espacios públicos, que lo consoliden y lo hagan atractivo, y cambie la realidad que históricamente había tenido las traseras de Carretera Nueva. Se pretende ampliar las actuales dependencias municipales, ante la necesidad de los servicios que se prestan desde este edificio. También es necesario conectar el callejón existente con la carretera nueva, así como ejecutar una nueva plaza, para el casco histórico. Frente a esta nueva ampliación del Ayuntamiento, se pretende, ubicar la biblioteca, en las dependencias que ocupa el centro de salud, una vez se traslade al nuevo equipamiento, que se está construyendo. En definitiva, se está trabajando para cambiar el modelo de ciudad, y que vemos que se está haciendo realidad.
 Seguidamente, se somete a votación, el citado acuerdo, con el siguiente resultado:
Votos a Favor: 20 (15 PSOE, 3 P.P y 3 I.U)
 Visto que la a Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla, aprobó, en su sesión de 29 de Junio de 2007, con carácter definitivo la revisión del Plan General de Ordenación Urbana de la Rinconada. Por acuerdo plenario en sesión celebrada el día 17 de Septiembre, se aprobó el Texto Refundido del citado documento de revisión.
 Visto que el citado documento de la revisión del Plan General, clasifica la superficie correspondiente a la Unidad de Ejecución, R-7, como suelo urbano no consolidado, uso y tipología, Unifamiliar en manzana cerrada.
 Visto que el citado Estudio de Detalle, ha sido promovido, por el Ayuntamiento de La Rinconada, y ha sido redactado por el Sr. Arquitecto del Ayuntamiento, Don Angel Prado González, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, y lo dispuesto en el documento de la revisión del Plan General, y que tiene por objeto completar y adaptar las determinaciones establecidas por el Texto Refundido del Plan General, para la zona denominada "Maestro Morillo". Se persigue entre sus objetivos, la apertura del callejón existente hacia la Carretera Nueva, como prolongación de la calle Pureza y la construcción de nuevos equipamientos.
 Visto que el expediente, ha estado sometido a trámite de información pública, mediante la inserción de los correspondientes anuncios en el BOP número 201, de 29 de Agosto de 2008, y en el periódico "Diario de Sevilla", de fecha 20 de Octubre de 2008, y en el Tablón de Anuncios Municipal, sin que se haya producido reclamaciones ni alegaciones al expediente.
 Visto que el artículo 15 de Ley 7/2003, de Ordenación Urbanística de Andalucía, dispone que el objeto de los Estudios de detalle, tienen por objeto completar o adaptar algunas determinaciones del planeamiento en áreas de suelos urbanos de ámbito reducido, y para ello podrán:
a) establecer, en desarrollo de los objetivos definidos por los Planes Generales, la ordenación de los volúmenes, el trazado local del viario secundario y la localización del suelo dotacional público.
b) Fijar las alineaciones y rasantes de cualquier viario, y reajustarlas, así como las determinaciones de ordenación referidas en la letra anterior, en caso de que estén establecidas en dichos instrumentos de planeamiento.
 Visto que el Artículo 66 del Reglamento de Planeamiento urbanístico, regula la documentación que debe tener un Estudio de Detalle.
 Visto lo dispuesto en el Artículo 32 de la Ley 7/2003, de Ordenación Urbanística de Andalucía, que determina el procedimiento y tramitación de los instrumentos de planeamiento.
 Visto que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 7/2002, en relación a lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley de Bases de Régimen local, los acuerdos de aprobación definitiva de todos los instrumentos de planeamiento se publicaran en el Boletín Oficial correspondiente y las Corporaciones Locales publicaran las normas urbanísticas en el BOP, y no entraran en vigor hasta que se haya publicado completamente su texto y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2. Los Estudios de Detalle carecen, de normas urbanísticas, por lo que sólo será necesaria la publicación del acuerdo aprobatorio.
 Visto la competencia conferida al Ayuntamiento Pleno, en virtud de lo dispuesto en el artículo 22.2.c) de la Ley de Bases de Régimen Local, para la aprobación definitiva del Estudio de Detalle, se acuerda por unanimidad de los miembros que componen el Ayuntamiento Pleno, el siguiente acuerdo:
 Primero. Aprobar de forma definitiva la documentación técnica denominada "Estudio de Detalle para la Unidad de Ejecución, R-7 del documento de revisión del Plan General, redactado por el Sr. Arquitecto, Don Ángel Prado González.
 Segundo. Inscribir en el Registro Municipal de Planeamiento y Convenios Urbanísticos, el citado acuerdo.
 Tercero. Procédase a la publicación en el BOP, del presente acuerdo, a los efectos prevenidos en el artículo 70.2 de la Ley Reguladoras de las Bases de Régimen Local..

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