15/07/2011 PLENO ORDINARIO DE 15 DE JULIO DE 2011
PUNTO SEGUNDO. APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR, "LOS LABRADOS".
Por el Sr. Secretario General se da cuenta del dictamen favorable de la Comisión Informativa a propuesta del Instituto Municipal de Planeamiento y Suelo, por la que se propone la aprobación de forma definitiva del Plan Especial de Reforma Interior UE/UR-1, "Los Labrados".
Por la Sra. Concejal del grupo municipal de Izquierda Unida, Doña Flora Rendón del Río, expone que estamos ante la propuesta de aprobación definitiva del Plan Especial de Reforma Interior de Los Labrados, y ubicada al este del núcleo de San José, y en que se contempla catalogada 54 viviendas, y que según nuestro plan general, tiene la clasificación de suelo urbano no consolidado. Este proyecto, es promovido por la comunidad de propietarios, y el sistema de gestión urbanístico elegido, es de la compensación. Por este sistema, los propietarios constituído en Junta de Compensación desarrollarán esta urbanización, asumiendo los costes que se deriven.
El documento técnico del PERI, ha dado cobertura a distintas alegaciones habidas en el periodo de información pública, por algunos propietarios. Consta igualmente el informe emitido por la Consejería de Obras Públicas, en el mismo, se indicaba que existía un desajuste en el cómputo de los metros cuadrados que ocupa la vía pecuaria que afecta a la zona, y según se nos informó por la Sra. Arquitecta Municipal en la Comisión Informativa, esta cuestión ha sido ya resuelta.
El objetivo del PERI, es la regularización de aquella urbanización, mejorando las infraestructuras y servicios de aquella zona, para su posterior desarrollo urbanístico. Se da por otra parte cobertura a la voluntad de los propietarios, y que serán protagonistas tanto de los actos como de los beneficios que dé este Plan Especial. En definitiva, su puesta en practica representará una mejora de la calidad de vida, de estos vecinos.
Desde Izquierda Unida, recuerda, que lo que hoy se aprueba, no es la primera vez que se hace, pues antes se han aprobado otros PERI que afectaban a otras urbanizaciones, de similares características, y en la que se han gestionado por compensación. Estos procesos de regularización no han estado exento de escollos y problemas, con desajustes técnicos y económicos, y nosotros desde Izquierda Unida, deseamos y esperamos que vea la luz y no tenga ningún tipo de problema, en su recorrido. El sistema urbanístico elegido por los propietarios, tiene su respaldo, pero esperamos que aprendamos de los sucedido anteriormente, en otras urbanizaciones, para evitar caer en los mismos errores. Por lo expuesto, vamos a apoyar la tramitación de este PERI, en aras a que pueda desarrollarse lo antes posibles.
Por la Sra. Portavoz de grupo popular, Doña Virginia Pérez Galindo, expone que ahora se trae este punto, para la aprobación definitiva de este PERI, en aras a la regularización de la urbanización de los Labrados, y que está apoyada por los 54 vecinos propietarios de aquella zona. Por lo tanto, entendemos que existe una voluntad clara de llevar a cabo la urbanización, y que su ejecución conllevará una mejora en la calidad de vida de aquellos vecinos. Estos procesos de regularización se llevan a cabo en otras urbanizaciones, que no están exenta de obstáculos y problemas que se complica con el mayor número de vecinos afectados. Tenemos experiencia en estos procesos, y entendemos que no tiene porque darse aquí, ningún tipo de problemas, en regularizar este tipo de urbanizaciones. Nuestro voto, será pues favorable.
Por la Sra. Concejal delegado de Urbanismo, Don Francisco Manuel Díez Pineda, expone que se trae a pleno, la aprobación definitiva de este Plan Especial de Reforma Interior, “Los Labrados”, promovido por la comunidad de propietarios, y que afecta a una superficie total de 148.300 metros cuadrados, clasificados en nuestro Plan General, como suelo urbano no consolidado, de uso residencial. La Unidad de Ejecución, es la UE/R1. Llegamos a este tramite de aprobación definitiva, tras un proceso largo, que se inicia con la aprobación inicial del documento, por parte de la Junta de Gobierno Local, de 2 de Junio de 2009, y tras ser sometido a la obligada información pública, recabarse los informes sectoriales de los órganos y administraciones que tutelan los intereses púbicos, los arquitectos redactores de este PERI, presentan una nueva documentación, para la aprobación provisional, en donde queda analizada todas las alegaciones, incluidas, las afecciones sobre vía pecuaria, así como de carreteras. Este documento, se aprueba provisionalmente, por acuerdo de Junta de Gobierno Local, de fecha 20 de Mayo de 2011, donde se incluye el Informe favorable de la Sra. Arquitecta Municipal, y posteriormente se remite expediente completo a la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas, y en cuyo análisis, se considera adecuado al objeto y finalidad del mismo. Para que este documento siga su curso, y se pueda aprobar de forma definitiva en este Pleno, se emite informe favorable de la Sra. Arquitecta Municipal, con fecha del 11 de Julio de 2011.
Con este documento, se facilita toda la regularización de la Urbanización de Los Labrados, donde la comunidad de propietarios, deberá convertirse próximamente, en Junta de Compensación, aprobando sus estatutos y bases de actuación, y seguidamente iniciar los tramites para aprobar el proyecto de reparcelación y urbanización, afín de solventar las carencias de servicios e infraestructuras básicas, dotaciones , equipamientos y conexiones a las redes municipales de agua y alcantarillado, y cuya terminación, permitan y favorezcan una mejora en la calidad de vida de los vecinos-as de Los Labrados.
Tras el oportuno debate, se procede a la votación de esta propuesta, con el siguiente resultado:
- Votos a Favor: 20, (13 PSOE, 4 P.P. y 3 I.U.).
Visto que la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla, aprobó, en su sesión de 29 de Junio de 2007, con carácter definitivo la revisión del Plan General de Ordenación Urbana de la Rinconada. Por acuerdo plenario en sesión celebrada el día 17 de Septiembre, se aprobó el Texto Refundido del citado documento de revisión.
Visto que la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla, aprobó, en su sesión de 29 de Junio de 2007, con carácter definitivo la revisión del Plan General de Ordenación Urbana de la Rinconada. Por acuerdo plenario en sesión celebrada el día 17 de Septiembre, se aprobó el Texto Refundido del citado documento de revisión.
Visto que el citado documento de la revisión del Plan General, clasifica la superficie correspondiente al ámbito de actuación del Plan Especial de Reforma Interior AR/UR-1 " Los Labrados”, como suelo urbano no consolidado, de uso residencial.
Visto que el citado Plan Especial de Reforma Interior, ha sido promovido, por la comunidad de propietarios de la citada urbanización, que ha sido redactado por los Sres. Arquitectos, D. Isidro Quintanilla y D. José Antonio Quintanilla, y que tiene por objeto el desarrollo de las determinaciones establecidas en el Plan General de Ordenación Urbanística de La Rinconada, mediante la ordenación detallada de los terrenos incluidos en la Unidad de Ejecución UE/UR-1, “Los Labrados”, para su posterior desarrollo.
Visto que el citado Plan Especial de Reforma Interior, ha sido promovido, por la comunidad de propietarios de la citada urbanización, que ha sido redactado por los Sres. Arquitectos, D. Isidro Quintanilla y D. José Antonio Quintanilla, y que tiene por objeto el desarrollo de las determinaciones establecidas en el Plan General de Ordenación Urbanística de La Rinconada, mediante la ordenación detallada de los terrenos incluidos en la Unidad de Ejecución UE/UR-1, “Los Labrados”, para su posterior desarrollo.
Visto el Informe de la Sra. Arquitecta Municipal, favorable para la aprobación inicial, con la salvedad de rectificación del punto quinto del informe
Visto que por acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 2 de junio de 2009, se aprobó inicialmente la documentación técnica denominada, "Del Plan Especial de Reforma Interior" correspondiente a la Unidad de Ejecución UR-1 "Los Labrados".
Que el citado documento fue sometido a información pública, mediante anuncio en el BOP número 165, de 18 de julio de 2009, y en el periódico, Diario de Sevilla de 13 de julio de 2009,. Así mismo ha estado expuesto en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, y se ha procediendo a la notificación individualizada a los propietarios del sector.
Que el citado documento fue sometido a información pública, mediante anuncio en el BOP número 165, de 18 de julio de 2009, y en el periódico, Diario de Sevilla de 13 de julio de 2009,. Así mismo ha estado expuesto en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, y se ha procediendo a la notificación individualizada a los propietarios del sector.
Que durante el periodo de información pública, se han producido las siguientes alegaciones:
-Alegación presentada por D. José Manuel García Berbel, de fecha 10 de agosto de 2009.
-Alegación presentada por D. Manuel López Fernández, de fecha 11 de agosto de 2009.
-Alegación presentada por D. Antonio Sánchez Caro, de fecha 12 de agosto de 2009.
-Alegación presentada por D. Manuel García Rodríguez, de fecha 28 de Octubre de 2009.
-Alegación presentada por D. Diego Nieblas y otros,
-Alegación presentada por D. Rogelio Merchán Ignacio
Que se han recabado informes sectoriales de la compañía suministradora de energía eléctrica, Sevillana Endesa, de abastecimiento de agua potable y saneamiento, Emasesa Metropolitana, de la empresa suministradora de telefonía, Telefónica de España S.A y al servicio de Carreteras de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda. También se ha recabado informe a la Empresa Pública del Suelo de Andalucía..
-Alegación presentada por D. Manuel López Fernández, de fecha 11 de agosto de 2009.
-Alegación presentada por D. Antonio Sánchez Caro, de fecha 12 de agosto de 2009.
-Alegación presentada por D. Manuel García Rodríguez, de fecha 28 de Octubre de 2009.
-Alegación presentada por D. Diego Nieblas y otros,
-Alegación presentada por D. Rogelio Merchán Ignacio
Que se han recabado informes sectoriales de la compañía suministradora de energía eléctrica, Sevillana Endesa, de abastecimiento de agua potable y saneamiento, Emasesa Metropolitana, de la empresa suministradora de telefonía, Telefónica de España S.A y al servicio de Carreteras de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda. También se ha recabado informe a la Empresa Pública del Suelo de Andalucía..
Que se ha informado por parte de las siguientes empresas suministradoras y administraciones afectadas:
-Informe de Emasesa Metropolitana red de abastecimiento y red de saneamiento, de fecha de 21 de diciembre de 2009.
-Informes del servicio de Carreteras de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de f echa 9 de octubre de 2009, .26 de noviembre de 2010 y 20 de diciembre de 2010.
-Informe de la compañía suministradora de Sevillana Endesa, de 13 de Julio de 2009.
-Informe de la Empresa Pública del Suelo de Andalucía, de fecha 23 de Julio de 2009
-Informes del servicio de Carreteras de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de f echa 9 de octubre de 2009, .26 de noviembre de 2010 y 20 de diciembre de 2010.
-Informe de la compañía suministradora de Sevillana Endesa, de 13 de Julio de 2009.
-Informe de la Empresa Pública del Suelo de Andalucía, de fecha 23 de Julio de 2009
Que por parte de los Señores Arquitectos redactadores del Plan Especial, han presentado nuevo documento del citado PERI, para su aprobación provisional, número de visado 08/004420-T004, donde se analiza las alegaciones presentadas durante el periodo de información pública y se emite informe sobre afección vía pecuaria y zona de carreteras.
Que por la Sra. Arquitecta Municipal, Doña María del Mar Mora Gutiérrez, se emite informe favorable, de fecha 13 de Mayo de de 2011, para el trámite de aprobación provisional.
Que por acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 20 de Mayo de 2011, se aprobó provisionalmente el citado Plan Especial de Reforma Interior "Los Labrados".
Que por la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, se ha emitido informe favorable para la tramitación de este Plan Especial, conforme a lo estipulado en el artículo 31.2c) de la LOUA.
Visto que el artículo 14 de Ley 7/2003, de Ordenación Urbanística de Andalucía, dispone que los Planes Especiales, tiene entre otras finalidades la de establecer la ordenación detallada de las áreas urbanas sujetas a actuaciones u operaciones integradas de reforma interior, para la renovación, mejora, rehabilitación o colmatación de las mismas.
Visto que los Planes Especiales, tendrán por objeto, cualquiera de las finalidades del artículo 14.1 de la LOUA, cuando se formulen en desarrollo de Planes Generales de Ordenación Urbanística.
Visto que los Planes Especiales, tendrán por objeto, cualquiera de las finalidades del artículo 14.1 de la LOUA, cuando se formulen en desarrollo de Planes Generales de Ordenación Urbanística.
Que los Planes Especiales desarrollan y complementan las determinaciones del Plan General de ordenación urbanística, pudiendo modificar las pertinentes a su ordenación pormenorizada potestativa.
Que los Planes Especiales, tendrán el contenido necesario y adecuado a su objeto y deberán redactarse con el mismo grado de desarrollo, en cuanto a documentación y determinaciones, que los instrumentos de planeamiento que complementen o modifiquen.
Que en ningún caso podrán los Planes Especiales sustituir a los Planes Generales de Ordenación Urbanística, en su función de instrumentos de ordenación integral del territorio, sin perjuicio de las limitaciones de uso que puedan establecer.
Visto lo dispuesto en el Artículo 77 del Reglamento de Planeamiento urbanístico, regula la documentación que debe tener un Plan Especial.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 7/2002, los Planes de desarrollo, pueden iniciarse a instancia de persona interesada acompañada del correspondiente proyecto del instrumento de planeamiento, completo en su contenido sustantivo y documental.
Visto lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 7/2002, establece el derecho de los propietarios de suelo urbano de completar la urbanización de los terrenos para que adquieran la condición de solares y a edificar en éstos en las condiciones que en caso se establezcan la legislación urbanística y el planeamiento.
Visto que el Artículo 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se determina el procedimiento y tramitación de los instrumentos de planeamiento.
Visto que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 7/2002, en relación a lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley de Bases de Régimen local, los acuerdos de aprobación definitiva de todos los instrumentos de planeamiento se publicaran en el Boletín Oficial correspondiente y las Corporaciones Locales publicaran las normas urbanísticas en el BOP, y no entraran en vigor hasta que se haya publicado completamente su texto y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley Reguladoras de las Bases de Régimen Local.
Visto que en cuanto a la competencia para la aprobación definitiva del Plan Especial, corresponde al Ayuntamiento Pleno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.2.c) de la Ley de Bases de Régimen Local, se acuerda por unanimidad de los miembros que componen el Ayuntamiento Pleno el siguiente acuerdo:
Primero. Aprobar de forma definitiva la documentación técnica denominada “del Plan Especial de Reforma Interior, correspondiente a la Unidad de Ejecución UE/UR-1 “Los Labrados”, promovido por la comunidad de propietarios “Los Labrados y redactados por los señores arquitectos, Don José Antonio Quintanilla e Isidro Quintanilla, número de visado,08/004420-T004,. estimando o desestimando las alegaciones presentadas por los interesados, en virtud del Informe de alegaciones obrantes en el Plan Especial de Reforma Interior.
Segundo- Dar cuenta de este acuerdo a la Consejería de Obras Pública y Viviendas, para la inscripción en el Registro Autonómico de Planeamiento.
Tercero. Proceder a su inscripción en el Registro Municipal de Planeamiento Urbanístico, ordenándose su publicación del acuerdo de aprobación definitiva en el BOP de Sevilla, para su publicación.
Cuarto. Dar cuenta de este acuerdo, a la Unidad de Rentas para su debido conocimiento y efectos oportunos.
Quinto.- Dar traslado de este acuerdo a los propietarios afectados de la modificación, incluido los alegantes para su debido conocimiento y efectos oportunos.