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Actividad de plenos

15/10/2009 PLENO ORDINARIO DE 15 DE OCTUBRE DE 2009

QUINTO.- APROBACIÓN INICIAL REGLAMENTO GENERAL QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE INSRIPCIÓN A LAS DISTINTAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS, ORGANIZADOS POR EL PATRONATO DE DEPORTES DEL AYUNTAMIENTO

Por el Sr. Secretario General, se da cuenta del acuerdo del consejo de gobierno del Patronato Municipal de Deportes, en sesión celebrada el día 27 de enero de 2009, por la que se aprobó el Reglamento General del procedimiento de inscripción a las distintas actividades y servicios, y que ha sido informada favorablemente por la Comisión Municipal de Participación Ciudadana.

Por la Sra. Concejal del grupo municipal de Izquierda Unida, Doña Flora Rendón del Río, expone que el pasado 27 de Enero del presente año, se debatió este Reglamento de Inscripción de las actividades del Patronato de Deportes. Esta propuesta de Reglamento, tiene aspectos positivos y negativos, de nuestro punto de vista. Así valoramos positivo el objetivo del Reglamento, como herramienta para todo el proceso de inscripciones y para clarificar cuál tiene qué ser el proceso en materia de organización de todos los trámites, en posibilidades y opciones de pagos, listados de altas y bajas, la confección de listas de esperas. Consideramos que todos estos aspectos justifican que exista un Reglamento. Pero no coincidimos en el hecho de que este Reglamento, se sustenta sobre la base de la Ordenanza fiscal de los precios públicos, que luego debatiremos. No estamos pues de acuerdo con la distinción entre abonado o no abonado y la existencia del carnet de abonado. En este sentido, tal como nos posicionamos en el consejo de gobierno del patronato de deportes, nos vamos a abstener, en la aprobación inicial del Reglamento que regula el procedimiento de inscripción.
 
Por la Sra. Concejal del grupo popular, Doña Antonia María Mestre Romero, expone que este Reglamento, fue visto en el consejo de gobierno del patronato de deportes, entendemos que todas las actividades que se van a desarrollar durante largo tiempo, y que va a llegar a infinidad de personas, deben de estar reguladas, y deben tener un procedimiento formal por el que se pueda inscribir, para que no existan dudas, cuando se planteen problemas. Alguna de las novedades más importantes, es la emisión de la tarjeta, que tendría una validez de fecha a fecha, y no por años naturales, o que se va a comunicar a todos los abonados, vía sms una información sobre su renovación, y quizá lo más destacado de este Reglamento, es el tema de las bajas temporales, si una persona prevé, que va a durar más de un mes, una baja, y con el límite temporal de seis meses, puede tener una baja temporal, y durante este tiempo, otra persona puede ocupar esa plaza. Por lo todo lo expuesto, votamos a favor de este Reglamento.

Por el Sr. Concejal delegado de Deportes, Don José Antonio Ruiz Dorado, expone que este Reglamento, tiene un objetivo más amplio, que ser un reglamento meramente regulador, pues en él se define, cuáles van a ser los derechos y las obligaciones de todas las personas que van a ser uso de las instalaciones deportivas municipales que gestiona el Patronato de Deportes. En él, queda definido, cómo obtener la condición de abonado o no abonado, cuál será el procedimiento de inscripción, cómo va a ser las distintas formas de pago de esos servicios, cómo se renueva la actividad, cómo se regula la lista de espera, la cuestión de las bajas temporales, etc. En definitiva, estamos garantizando los derechos de los vecinos-as de La Rinconada, para que reciban unos servicios deportivos de calidad que presta el Patronato.
En cuanto a las cuestiones negativas que indica la Sra. Rendón, nos dice que está sustentada sobre los precios públicos, de los que no están de acuerdo, es cierto, como ocurre con todas las políticas que emanan de esta Casa. Están sustentadas por un lado por unos presupuestos, y por los precios públicos, que abonan los vecinos, cuando usan las instalaciones deportivas o reciben un servicio. Tenemos que hacer una distinción entre abonado y no abonados, pues el primero, es aquella persona, que regularmente hace uso de los servicios que presta el Patronato, a diferencia de aquella otra persona, que esporádicamente pudiera hacer uso de los servicios, y nosotros entendemos que quien usa más asiduamente las instalaciones, tiene que tener unas consideraciones y ventajas respecto a los que no usan las instalaciones con asiduidad. El abonado, tiene unos derechos, en beneficio de su fidelidad, no solo al servicio, sino al deporte, en detrimento a quien no hace práctica deportiva habitual, por diversos motivos.

Por la Sra. Concejal del grupo municipal de Izquierda Unida, Doña Flora Rendón del Río, expone que nosotros siempre dejamos claro nuestro posicionamiento político, y no intentarle sacarle punto a todo, y máxime en un Reglamento auspiciado por el Patronato de Deportes, que tiene a nuestro juicio, cuestiones positivas, y otras que discrepamos en su planteamiento. Consideramos necesario regular las cuestiones relacionadas con las inscripciones, para que todo quede claro, de cara al ciudadano, de cara al Patronato. Pero existen cuestiones, que estamos en desacuerdo, y por eso, no apoyamos este Reglamento, como por ejemplo la obtención de abonado de las instalaciones deportivas, que a nuestro juicio, es una afán recaudatorio, y desde Izquierda Unida, solicita, es que se regule de forma unitaria los precios del Patronato, pues en ocasiones se recauda más allá de los gastos previsibles. No podemos votar un Reglamento, del que no estamos de acuerdo, por ello, nos abstenemos.

Por el Sr. Concejal delegado de Deportes, Don José Antonio Ruiz Dorado, expone que en mi opinión Izquierda Unida, saca punta, de lo que sea, considerando que a veces, se pierde el rumbo del debate real. Estamos aquí, debatiendo sobre un Reglamento, que regula el procedimiento de inscripción de las actividades del Patronato, y donde va a regular unos derechos y deberes para los usuarios, y considero que este debate se ha distorsionado, con cuestiones propias de las ordenanzas fiscales, que luego se debatirá en otro punto del orden del día.

No tenemos un afán recaudatorio, pues considero que Izquierda Unida, tiene una falsa solidaridad con los pueblos del entorno. Las instalaciones deportivas municipales, se han sufragados, en la mayoría de los casos, a través de unos convenios que se han firmados, por la Junta de Andalucía, donde el cincuenta por ciento, lo `pone la Junta de Andalucía y el otro cincuenta por ciento, lo pone el Ayuntamiento. El dinero que pone el Ayuntamiento, sale del dinero que pone los vecinos, de sus impuestos. Y los vecinos de este municipio, son los que tienen que tener cierta preferencia, en detrimento de los precios que tienen que pagar los vecinos de otros municipios. El dinero que se pone por otras administraciones, para financiar estos convenios, está a disposición de todos los municipios, pero algunos priorizan en algunos temas, y otros municipios, en otras cuestiones. Nosotros hemos apostado por el deporte, cosa que no han hechos municipios del entorno, por ello es lógico, que beneficiemos a nuestros vecinos. No le prohibimos a ninguna persona por razón de su residencia, a que practiquen deporte en nuestras instalaciones, pero es cierto, que nuestros vecinos, han pagado para que se construya la instalación deportiva, y que también paga para el mantenimiento, tenga unos mejores precios. No podemos exigir al vecino de La Rinconada, que pague más de dos veces, para hacer uso de sus instalaciones y que el vecino de Brenes o Alcalá, solo va a colaborar una sola vez, en el uso de las mismas. Eso, a mi juicio, es una falsa solidaridad. La Solidaridad, debe empezar por nosotros mismos, para aprender a ser más solidario. En definitiva, Izquierda Unida, confunde de nuevo el debate, y no es prueba de solidaridad el argumento de Izquierda Unida, pues dónde deja al vecino de La Rinconada, cuando defiende que tiene que pagar todos por igual. Le ruego que reflexionen, y dejen cada cosa en su sitio, que es que cada uno pague lo que tenga que pagar. Las instalaciones y su mantenimiento, lo pagan los vecinos de La Rinconada, con sus impuestos.

Seguidamente, se somete a votación, esta propuesta, con el siguiente resultado:
Votos a Favor: 17 (15 PSOE y 2 P.P) 
Abstención: 3 (3 I.U).

Visto que el Municipio para la gestión de sus intereses y el ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunicad vecinal, Artículo 25 de la Ley de Bases de Régimen local. En su apartado segundo letra m) atribuye la competencia al municipio para las actividades e instalaciones deportivas. A tal efecto el Ayuntamiento tiene creado un Patronato Municipal de Deportes, que gestiona de forma directa, la citada competencia.

Visto que los Municipios, en virtud del artículo cuarto de la Ley de Bases de Régimen Local, tiene encomendada la potestad reglamentaria. El Reglamento es una disposición administrativa de carácter general y de rango inferior a la ley, pero instrumento normativa sujeto a un procedimiento formal, regulado en los artículos 49 y 70 de la Ley de Bases de Régimen Local, y que es el siguiente:

Visto que la ordenanza o Reglamento deberá aprobarse por el Ayuntamiento Pleno, con trámite de información pública por plazo mínimo de treinta días hábiles, para la presentación de reclamaciones y sugerencias, aprobando definitivamente la misma, en caso de que no exista reclamaciones, o resolviéndolas expresamente en caso de que existieran. El Consejo de Gobierno del Patronato Municipal, aprobó por acuerdo adoptado el 27 de enero de 2009, por mayoría absoluta, el citado Reglamento, en aras a que el propio Ayuntamiento, conforme a lo dispuesto en el artículo 49 de la LRBRL; apruebe esta disposición de carácter general.

Visto que una vez aprobado con carácter definitivo, se publicará su texto íntegro en el BOP, y no entrará en vigor hasta transcurrido el plazo estipulado en el artículo 65.2 de la Ley de Bases de Régimen Local.

Visto que el objeto de este Reglamento, es regular el procedimiento de inscripción de las distintas actividades y servicios prestados por el Patronato de Deporte. Consta de siete artículos.

Visto todo lo cual, se acuerda por mayoría absoluta de los miembros que componen el Ayuntamiento Pleno, el siguiente acuerdo:

Primero. Aprobar inicialmente el Reglamento General que regula el procedimiento de inscripción a las distintas actividades y servicios, organizados por el Patronato de Deportes del Ayuntamiento de La Rinconada.

Segundo. Someter el expediente, a trámite de información pública por plazo de treinta días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, al objeto de que se presenten reclamaciones y sugerencias al mismo.
 
Tercero. En caso de que no se presenten reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.
Cuarto. Publíquese texto íntegro de la Ordenanza, una vez se apruebe definitivamente la misma.
 
 

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