15/10/2015 PLENO ORDINARIO 15 DE OCTUBRE DE 2015
PUNTO QUINTO.- APROBACIÓN MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS DEL CONSORCIO METROPOLITANO DE TRANSPORTES DE SEVILLA.
Por el Secretario General, se da cuenta del dictamen favorable de la Comisión Informativa de Urbanismo, Movilidad, Medio Ambiente, Vivienda, Vía Pública, Parques y Jardines, Servicios Generales, Seguridad Ciudadana, Bomberos y Protección Civil, por la que se propone la aprobación inicial la modificación de los Estatutos del “Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Sevilla”, de conformidad con el acuerdo adoptado por el Consejo de Administración en sesión extraordinaria celebrada el 29 de julio de 2015. Esta aprobación inicial devendrá definitiva si en el plazo de información pública aludido en el siguiente dispositivo no se presentaran alegaciones.
Por el Sr. Portavoz del grupo municipal de Izquierda Unida, don Antonio Torres Carnerero, expone que la propuesta que se debate en este punto, es la modificación de los estatutos del Consorcio Metropolitano del Transportes de Sevilla, y cuya justificación se debe a la adaptación de los estatutos a dos leyes, la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local y la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del sector público y otras medidas de reforma administrativas. Esa adaptación es necesaria. Valoramos positivamente que así se haya hecho, y por ello apoyamos esa propuesta en el seno del propio Consorcio. Y lo apoyamos pues en el proceso de modificación de los estatutos, se ha permitido la participación de los propios Ayuntamientos que la integran, y por tanto se han recogido todas las observaciones que tenían que afectaban al propio funcionamiento del Consorcio, lo cual supone una mejora del mismo.
Con los antiguos estatutos, la Junta de Andalucía tenía el 45 por ciento de la representación en el consejo de Administración, Diputación el 5 por ciento y el 50 por ciento restante correspondía a los ayuntamientos que lo integraban. Dicho reparto de representación se mantiene con estos nuevos estatutos, pero la financiación para el funcionamiento del Consorcio, se incrementa para la Junta y disminuye para los entes locales, con lo que supone de alivio económico para las arcas municipales.
Otra novedad significativa de los estatutos, es que se establecen dos vicepresidencias, con lo cual se elimina uno de los condicionantes para el correcto funcionamiento de los consejos de administración, pues su ausencia impedía que se celebraran las sesiones. Son pues mejoras que son pues necesarias, pues aparte de adaptarnos a la nueva normativa, mejora el funcionamiento del propio Consorcio. Por todo lo expuesto, vamos a votar a favor de esta propuesta de modificación de los Estatutos del Consorcio Metropolitano del Transporte de Sevilla.
Por el Sr. Concejal del grupo municipal de La Rinconada si se puede, Don Fernando La Chica Mera, apoya la propuesta de modificación de los Estatutos del Consorcio Metropolitano del Transporte de Sevilla.
Por el Sr. Concejal delegado de Servicios Generales, don José Manuel Romero Campos, expone que proponemos la aprobación inicial de la modificación de los Estatutos del Consorcio Metropolitano del Transporte de Sevilla, cuya sesión celebrada el 29 de julio, por parte del consejo de administración adoptó el acuerdo de aprobación inicial de la modificación de sus Estatutos sociales.
Esta modificación de los Estatutos, tiene dos objetivos, el primero mejorar el funcionamiento del propio Consorcio, pues en la actualidad, era necesario la presencia del cargo de Vicepresidente para celebrar consejo de administración, lo cual ha conllevado que se haya obstaculizado en muchos Consorcios, el funcionamiento del mismo. La otra finalidad de dicha modificación, ha sido la adaptación de los estatutos a la nueva normativa de racionalización y sostenibilidad de las Administraciones Públicas, y que entre otras medidas, se ha tenido que adscribir el Consorcio, a la Junta de Andalucía, y que conlleva que se siga su régimen jurídico y contable en su funcionamiento.
En la sesión en que se vieron este borrador de estatutos, surgieron dos debates, uno cómo va quedar la participación de los Ayuntamientos en el seno del consejo de administración y cual va a ser la financiación que van a tener. Con este borrador, la participación de los municipios va a seguir siendo la misma, es decir, la Junta va a tener el 45 por ciento de la representación en el consejo de Administración, Diputación el 5 por ciento y el 50 por ciento restante corresponderá a los ayuntamientos que lo integraban. El otro tema, queda también resuelto, pues la financiación municipal al funcionamiento del Consorcio disminuye considerablemente, a partir dela año 2017. la aportación del año 2016 será la misma que los años anteriores, a excepción del año 2104, donde hubo una derrama extraordinaria. Valora entre el 60 al 70 por ciento la bajada de las aportaciones municipales a partir del año 2017.
Tras el oportuno debate, se procede a la votación de la citada propuesta, con el siguiente resultado:
- Votos a Favor: 20 (15 PSOE, 3 La Rinconada, Sí se Puede 2 IU-CA).
Visto que el Consejo de Administración del Consorcio de Transportes Metropolitano del área de Sevilla, en sesión extraordinaria celebrada el día 29 de julio de 2015, adoptó el acuerdo de aprobación de los estatutos del Consorcio del Transportes Metropolitano del área de Sevilla, siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 43 de los estatutos.
Se ha remitido por la Secretaría del Consorcio certificación del citado acuerdo, en aras a que se apruebe por el Ayuntamiento Pleno de cada uno de los entes locales consorciados, para la aprobación inicial de la modificación propuesta.
Visto que la entrada en vigor de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local introdujo en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, una nueva Disposición adicional, vigésima, relativa al régimen jurídico de los consorcios, estableciendo la Disposición transitoria sexta de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, que los consorcios que estuvieran ya creados en el momento de la entrada en vigor de dicha Ley deben adaptar sus estatutos a lo en ella previsto en el plazo de un año desde su entrada en vigor. Con posterioridad, mediante la Ley Orgánica 6/2015, de 12 de junio, de modificación de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de financiación de las Comunidades Autónomas y de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, se ha modificado a su vez el apartado 5º de la D.A. 20ª de la Ley 30/1992 en la redacción dada por la referida Ley 27/2013 ya aludida.
Así mismo, el 18 de septiembre de 2014, entró en vigor la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa. En dicha ley se introdujo una nueva regulación sobre el régimen de disolución de los Consorcios y ejercicio del derecho de separación de sus miembros. En el artículo 15 de la citada ley se recogía el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la misma, para que los estatutos que rigen los Consorcios ya creados, fueran adaptados.
Visto que de conformidad, pues, con lo establecido en las leyes anteriormente mencionadas, y a la vista del texto modificado de Estatutos que se adjunta, sobre la base del informe emitido el 4 de diciembre de 2014 por el Servicio Jurídico Provincial que complementa a su vez a otros anteriores de la Consejería de Administración Local y de Fomento y Vivienda, de 2 de junio y 3 de julio de 2014, respectivamente, el Consejo de Administración del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Sevilla en sesión extraordinaria celebrada el pasado 29 julio de 2015, aprobó la propuesta de modificación de los Estatutos del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Sevilla para su adaptación a la Ley 27/2013 de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local y a la Ley 15/2014 de racionalización del Sector Público.
Visto que a tal efecto, de conformidad con lo establecido en el art. 43 de los propios Estatutos del Consorcio, los artículos 22 y 47.2 g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 74 y 82 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía; y demás normativa de general aplicación, le corresponde al Excmo. Ayuntamiento Pleno el acuerdo de la modificación de los Estatutos del Consorcio, con el quórum de la mayoría absoluta de los miembros que las componen.
Visto lo cual, se aprueba por unanimidad de los miembros asistentes que componen este Ayuntamiento Pleno, el siguiente acuerdo:
Primero: Aprobar inicialmente la modificación de los Estatutos del “Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Sevilla”, de conformidad con el acuerdo adoptado por el Consejo de Administración en sesión extraordinaria celebrada el 29 de julio de 2015. Esta aprobación inicial devendrá definitiva si en el plazo de información pública aludido en el siguiente dispositivo no se presentaran alegaciones.
Segundo: Autorizar al Sr. Secretario del Consorcio para centralizar, a través de la inserción de un único anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, el trámite de sometimiento a información pública de las distintas Administraciones Locales consorciadas para la modificación de los Estatutos del Consorcio, sin perjuicio de insertar el anuncio en sus respectivos tablones para general conocimiento.
Tercero: Dar traslado de este Acuerdo a la Secretaría General del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Sevilla.
Cuarto: Facultar al Alcalde, tan ampliamente como en derecho fuera necesario, para adoptar cuantas decisiones resulten precisas para el mejor desarrollo del presente acuerdo.